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77 NORMAS LEGALES Jueves 31 de julio de 2025 El Peruano / Tercero.- ENCARGUESE a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicación la implementación de la presente Ordenanza en el Sistema Tributario, así como su publicación en el Portal Institucional: (www.munisantanita.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OLIMPIO ALEGRIA CALDERON Alcalde 2422877-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 730- MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Beneficios” DECRETO DE ALCALDÍA Nº 016-2025-MSS Santiago de Surco, 18 de julio de 2025 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCOVISTO: El Memorándum Nº 1052-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 513-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 334-2025-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 730-MSS denominada: “Tributa Fácil con Bene fi cios”; y CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por las Leyes de Reforma Constitucional Nº 28607 y Nº 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el segundo párrafo del artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, el artículo 42º de la precitada Ley, señala que los decretos de alcaldía son normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 730-MSS denominada “Tributa Fácil con Bene fi cios”, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 01.07.2025, se otorga un bene fi cio temporal y extraordinario para la regularización del pago de deudas tributarias vencidas anteriores al año 2025, a través del pago al contado o mediante un fraccionamiento fl exible, cualquiera fuera el estado de cobranza en que se encuentren; conforme la Primera Disposición Final de la norma, esta tendrá vigencia hasta el 31 de julio de 2025. Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza Nº 730-MSS faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, pueda efectuar la prórroga del plazo establecido en dicha norma y dictar las disposiciones para su mejor cumplimiento; Que, mediante Memorándum Nº 334-2025-GAT- MSS de fecha 16.07.2025, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS hasta el 29 de agosto de 2025, con la fi nalidad que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias vencidas, a través de mecanismos que aligeren la carga tributaria, accediendo de esta forma a ciertos descuentos en el pago de sus deudas tributarias, y a la condonación de multas tributarias, intereses moratorios, costas y gastos vinculados a la deuda tributaria; Que, con Informe Nº 513-2025-GAJ-MSS del 17.07.2025, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es procedente prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Bene fi cios” norma que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación, y regirá hasta el 29 de agosto de 2025; Que, a través del Memorándum N° 1052-2025-GM- MSS, la Gerencia Municipal con fecha 18.07.2025, solicita se emita el respectivo Decreto de Alcaldía que prorrogue el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 730-MSS; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del artículo 20° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 730-MSS, que aprueba el régimen de incentivos tributarios “Tributa Fácil con Bene fi cios”, hasta el 29 de agosto de 2025. Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día 01 de agosto del 2025. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General de la Municipalidad de Santiago de Surco, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en del Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional de la Municipalidad www.munisurco.gob.pe y en el Portal de Transparencia Estándar www.transparencia.gob.pe así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su difusión. POR TANTO Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. CARLOS BRUCE MONTES DE OCA Alcalde 2421452-1 Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 720- MSS, que otorga beneficio extraordinario por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 017-2025-MSS Santiago de Surco, 18 de julio de 2025 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Memorándum Nº 1049-2025-GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe N° 512-2025-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 333-2025-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, sobre el Decreto de Alcaldía que prorroga la vigencia de la Ordenanza N° 720-MSS que otorga un bene fi cio extraordinario por pronto pago aplicado a las cuotas pendientes de los arbitrios municipales del año 2025; y