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72 NORMAS LEGALES Jueves 31 de julio de 2025 El Peruano / Electoral de la Gerencia de Control Político Institucional y Económico, de conformidad con la propuesta elevada por la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial, disponiendo las acciones de personal necesarias; En uso de las facultades conferidas por el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, y de conformidad a lo dispuesto en la Directiva N° 020-2020-CG/NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 392-2020-CG, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por terminada la designación de la señora Vilma Victoria Zarate Bances en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Artículo 2.- Designar a la señora Carmen Roxana Anchay Durán en el cargo de Jefa del Órgano de Control Institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI. Artículo 3.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda. Artículo 5.- Disponer que el Instituto Nacional de Estadística e Informática-INEI proporcione los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 7.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2423569-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Ordenanza que declara de interés distrital la conservación y protección del ecosistema frágil denominado “Lomas costeras de Pamplona en el sector correspondiente al distrito de San Juan de Miraflores” ORDENANZA N° 560/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 17 de julio de 2025 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN JUAN DE MIRAFLORES VISTO: En sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de ordenanza que declara de interés distrital la conservación y protección del ecosistema frágil denominado “lomas costeras de pamplona en el sector correspondiente al distrito de san juan de Mira fl ores”; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo Único de la Ley N° 30305 - de Reforma Constitucional - establece que las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; Que, la Ley N° 28611 - General del Ambiente, establece en su artículo IV, Título Preliminar, que la gestión ambiental tiene como objetivo prioritario prevenir, vigilar y evitar la degradación ambiental; y su artículo 99°, numeral 99.1, precisa: “…en el ejercicio de sus funciones, las autoridades públicas adoptan medidas de protección especial para los ecosistemas frágiles, tomando en cuenta sus características y recursos singulares, y su relación con las condiciones climáticas especiales y con los desastres naturales”; Que, con Ordenanza N° 1853-MML se establece los principios de la estructura ecológica de Lima Metropolitana, reconociendo al sistema de lomas costeras metropolitanas como ecosistemas que se sustentan en las neblinas invernales, conformando un cinturón verde que rodea a la ciudad de Lima, albergando fl ora y fauna silvestres; y la Ordenanza N° 2427-MML establece medidas para el fortalecimiento de la conservación de los ecosistemas de la provincia de Lima, señalando que es importante promover la conservación, protección y aprovechamiento sostenible de los ecosistemas y sus componentes, manteniendo la integridad de su diversidad biológica y los servicios ecosistémicos; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° 016-2025-MINAGRI-SERFOR-DE, el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR) aprueba la incorporación del Ecosistema ubicado en el distrito de San Juan de Mira fl ores y Santiago de Surco, denominado “Lomas costeras de Pamplona”, con una super fi cie aproximadamente de 38.70 hectáreas, en la Lista Sectorial de Ecosistemas Frágiles, aperturada mediante Resolución Ministerial N° 0274-2013-MINAGRI; Que, las “Lomas Costeras de Pamplona” son ecosistemas estacionales generados sobre cadena de cerros con orientación al mar, constituyendo una de las principales expresiones de verde urbano en la ciudad, conservando un gran valor ecológico, cultural y paisajista que requiere un tratamiento especial con fi nes de conservación local, bajo una dirección estratégica y especializada que armonice la gestión sostenible del ecosistema y su interrelación con el entorno urbano a largo plazo; Que, con Memorándum N° 288-2025-GGA/ MDSJM, la Gerencia de Gestión Ambiental presenta el proyecto de ordenanza que declara de interés distrital la conservación y protección del ecosistema frágil denominado “Lomas costeras de Pamplona en el sector correspondiente al distrito de San Juan de Mira fl ores”; lo que cuenta con recomendación favorable de la O fi cina de Planeamiento, Modernización y Cooperación Técnica (Informe N° 161-2025-OPMyCT-OGPP/MDSJM), O fi cina de Presupuesto y Programación de Inversiones (Informe N° 1841-2025-OPI-OGPP/MDSJM), O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum N° 566-2025-OGPP/MDSJM), así como la opinión legal favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica (Informe N° 255-2025-OGAJ/MDSJM) y la conformidad de la Gerencia Municipal (Memorándum N° 616-2025-GM/MDSJM); De conformidad con los artículos 9°, numerales 7) y 8); 40° y 73°, numeral 3, de la Ley N° 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley N° 28611 - General del Ambiente; con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con el Voto UNÁNIME de los señores regidores, el Concejo Distrital de San Juan de Mira fl ores ha aprobado la siguiente: