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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2025 (31/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Jueves 31 de julio de 2025 El Peruano / N° ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES DNI 11INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO - SAN BORJAGOMEZ CASAICO MAX ARTURO46027338 12INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL HONORIO DELGADO - HIDEYO NOGUCHIOLIVARES COSTA CARLOS ALFONSO10280870 13SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUDCHINO SALAS XIMENNA MARCELA45417824 (*) De conformidad con la Resolución de Contraloría N° 223-2022-CG, de 30 de mayo de 2022. Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional a los/as profesionales que se detallan a continuación: N° ENTIDAD (*) APELLIDOS Y NOMBRES DNI 1CENTRO NACIONAL DE ABASTECIMIENTO DE RECURSOS ESTRATÉGICOS EN SALUD - CENARESCALIZAYA DE LA SOTA LIVIA MILITZA29648086 2DIRECCIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA NORTERIOS CHUQUINAUPA ELIZABETH RUTH41480545 3DIRECCIÓN DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA SURCHINO SALAS XIMENNA MARCELA45417824 4HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZGUEVARA SOTO MARCO ANTONIO09329810 5HOSPITAL DE EMERGENCIAS PEDIÁTRICASKONG RAMIREZ ROBERTO ALDO06241195 6HOSPITAL DE EMERGENCIAS VILLA EL SALVADORDIAZ CHAÑA LIANA VALERIA 46392599 7 HOSPITAL HERMILIO VALDIZANGOMEZ CASAICO MAX ARTURO46027338 8HOSPITAL NACIONAL CAYETANO HEREDIAALIAGA PONCE NELA 04059988 9HOSPITAL NACIONAL DOS DE MAYONALVARTE ESTRADA OMAR ENRIQUE00435575 10HOSPITAL NACIONAL HIPÓLITO UNANUEOLIVAS OCAÑA DANIEL ADOLFO09603686 11HOSPITAL NACIONAL SERGIO E. BERNALESCHAVEZ ROSALES JADE RUTH22486203 12HOSPITAL VÍCTOR LARCO HERRERAODICIO RIVERA MERY ANGIE07264735 13INSTITUTO NACIONAL DE CIENCIAS NEUROLÓGICASDAVILA BRICEÑO YURY HUGO06512652 14INSTITUTO NACIONAL DE OFTALMOLOGÍA “DR. FRANCISCO CONTRERAS CAMPOS”GOMEZ HIDALGO ERICKA ANDREA10796327 15INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑOGONZALES ALBORNOZ PAOLA ROSSANA42467733 16INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO - SAN BORJALUJAN CALVO JULIA SOLEDAD17939148 17INSTITUTO NACIONAL DE SALUD MENTAL HONORIO DELGADO - HIDEYO NOGUCHIRIVERA HUAMAN RONAL ANTONIO08607862 18INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN “DRA. ADRIANA REBAZA FLORES” AMISTAD PERÚ - JAPÓNBALBIN MENDOZA JULIO CESAR10287036 19SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUDSALAS MANRIQUE ALONSO FORTUNATO29522851 (*) De conformidad con la Hoja Informativa N° 000044-2025-CG/SALUD y el Memorando N° 001069-2025-CG/SALUD. Artículo 3.- Las acciones de personal dispuestas en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrán efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que el personal de la Contraloría General de la República, a mérito de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente resolución, deberá presentarse al órgano o unidad orgánica que corresponda.Artículo 5.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 6.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Gerencia de Administración y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 7.- Publicar la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (https:// www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.CÉSAR ENRIQUE AGUILAR SURICHAQUI Contralor General de la República 2423254-1 Designan Jefe del Órgano de Control Institucional de la Municipalidad Distrital de Olmos RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 316-2025-CG Lima, 30 de julio de 2025 VISTOS: La Hoja Informativa N° 000159-2025-CG/VCST, de la Vicecontraloría de Control Sectorial y Territorial; la Hoja Informativa N° 000053-2025-CG/GRLA, de la Gerencia Regional de Control de Lambayeque; el Memorando N° 000844-2025-CG/GCH, de la Gerencia de Capital Humano; el Memorando N° 001226-2025-CG/POLDEH, de la Subgerencia de Políticas y Desarrollo Humano; la Hoja Informativa N° 000538-2025-CG/PER, de la Subgerencia de Personal y Compensaciones; la Hoja Informativa N° 000537-2025-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorando N° 000758-2025-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias, el Jefe del Órgano de Control Institucional mantiene una vinculación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República, en su condición de ente técnico rector del Sistema, sujetándose a sus lineamientos y disposiciones; Que, el artículo 19 de la citada Ley N° 27785 dispone que esta Entidad Fiscalizadora Superior, aplicando el principio de carácter técnico y especializado del control, designa a los Jefes de los Órganos de Control Institucional de las entidades sujetas a control; asimismo, establece que las entidades sujetas a control proporcionarán los medios necesarios para el ejercicio de la función de control en dichas entidades, de acuerdo con las disposiciones que sobre el particular dicte la Contraloría General de la República; Que, el numeral 7.1.3 de la Directiva N° 020-2020-CG/ NORM “Directiva de los Órganos de Control Institucional”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 392- 2020-CG, y sus modi fi catorias, en adelante la Directiva de los OCI, establece que la designación en el cargo de Jefe del Órgano de Control Institucional es una competencia exclusiva y excluyente de la Contraloría General de la República, la cual se efectúa mediante Resolución de Contraloría publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, el numeral 7.1.3.1 de la citada Directiva establece que el Jefe del Órgano de Control Institucional designado por la Contraloría General de la República ejercerá sus funciones en una entidad por un periodo de tres (3) años; y que, por convenir a las necesidades del servicio y al