Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE JULIO DEL AÑO 2025 (31/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 61

61 NORMAS LEGALES Jueves 31 de julio de 2025 El Peruano / completa, oportuna y permanente sobre el recorrido que lleva el recurso de apelación una vez interpuesto, lo que involucra la recepción del mismo por parte del registrador público, su derivación a la secretaría del tribunal, el acceso a las resoluciones de prórroga excepcional expedidas por la presidencia del tribunal, de ser el caso, hasta la resolución que resuelve el recurso de apelación; por ello, a través del Informe Técnico N° 00067-2025-SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral sustenta la propuesta de mejora funcional en el “Síguelo Plus”, la misma que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Tecnologías de la Información brindada mediante el Memorándum N° 01007-2025-SUNARP/OTI; Que, con el Informe N° 00731-2025-SUNARP/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo que aprueba las mejoras funcionales en la Plataforma “Síguelo Plus”; asimismo, precisa que el acto resolutivo corresponde sea emitido por la Superintendencia Nacional, de conformidad con lo dispuesto en los literales i) e y) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, y que tiene mérito para ser publicado en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; De conformidad con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNARP, actualizado por la Resolución N° 00125-2024-SUNARP-SN; y, contando con el visado de la Gerencia General, la Dirección Técnica Registral, la O fi cina de Tecnologías de la Información, y la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de las mejoras funcionales en la Plataforma “Síguelo Plus” Aprobar las mejoras funcionales en la plataforma “Síguelo Plus”, las cuales permitirán al administrado visualizar la siguiente información referida al trámite del recurso de apelación: a) Fecha de derivación del recurso de apelación a la sección registral; b) Fecha de ingreso del recurso de apelación a la Secretaría del Tribunal Registral con la fecha máxima para que se emita la resolución; c) El acceso y descarga de la resolución de prórroga excepcional emitida por la Presidencia del Tribunal Registral, de corresponder. Artículo 2.- Entrada en vigencia La presente resolución entra en vigencia el 1 de agosto de 2025. Artículo 3.- Publicación Disponer que la presente resolución se publique en la sede digital de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (www.gob.pe/sunarp), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO MIGUEL SUBAUSTE BRACESCO Superintendente Nacional de los Registros Públicos 2422869-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE MIGRACIONES Delegan facultades y atribuciones en diversos funcionarios de MIGRACIONES durante el Ejercicio Fiscal 2025 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000100-2025- MIGRACIONES Breña, 30 de julio de 2025 VISTOS: El Memorando N° 002938-2025-OAF-MIGRACIONES de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe N° 001272-2025-UA-MIGRACIONES de la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe N° 000296-2024-UMGC-MIGRACIONES de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 005456-2024-OPP-MIGRACIONES de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 005016-2024-OAF-MIGRACIONES, de la O fi cina de Administración y Finanzas; el Informe N° 002985-2024-UAP-MIGRACIONES de la Unidad de Administración de Personal de la O fi cina de Recursos Humanos; el Informe N° 000941-2024-UDRH-MIGRACIONES de la Unidad de Desarrollo del Recurso Humano de la O fi cina de Recursos Humanos; el Memorando N° 002156-2024-ORH-MIGRACIONES de la O fi cina de Recursos Humanos; y el Informe N° 000462-2025-OAJ-MIGRACIONES de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES, como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones. Los literales o) y p) del artículo 15 de la citada norma establece que el Superintendente Nacional tiene la función de delegar las atribuciones que estime conveniente en el Gerente General u otros funcionarios de MIGRACIONES, así como ejercer las demás funciones y atribuciones que le corresponden con arreglo a la normatividad aplicable; Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dispone que las entidades pueden delegar el ejercicio de las competencias conferidas a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente; así como, procede la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; Que, de conformidad con lo anterior, y conforme el marco normativo correspondiente, el Titular de la entidad delegó determinadas facultades y atribuciones en materia presupuestal y fi nanciera, administrativa, en contrataciones del Estado, recursos humanos y tesorería para el Año Fiscal 2025 en diversos funcionarios de la Superintendencia Nacional de Migraciones, a través de la Resolución de Superintendencia N° 000001-2025-MIGRACIONES; posteriormente modi fi cada en su numeral 2.1 del artículo 2 y artículo 3, por la Resolución de Superintendencia N° 000063-2025-MIGRACIONES emitida con la fi nalidad de adecuar tales facultades delegadas al marco de la Ley N° 32069, Ley General de Contrataciones Públicas y su Reglamento que entraron en vigencia el 22 de abril de 2025, la que a su vez, fuera materia de modi fi cación, mediante la Resolución de Superintendencia N° 000081-2025-MIGRACIONES; Que, la O fi cina de Administración y Finanzas, a través del Memorando Nº 002938-2025-OAF-MIGRACIONES y el Informe N° 001272-2025-UA-MIGRACIONES de la Unidad de Abastecimiento, ha propuesto que el Titular de la entidad delegue en el Jefe de dicha O fi cina la facultad de: (i) diferir la fecha de inicio de plazo de ejecución contractual, así como suscribir el acta correspondiente, conforme a lo previsto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas (en materia de contratos) y (ii) suscribir acuerdos y adendas con entidades habilitadas con rango de Ley para el acceso al servicio prestado en exclusividad por MIGRACIONES a través de la aplicación “MIGRACIONES Servicios En Línea” sobre los datos de identi fi cación de personas extranjeras registradas en sus sistemas, en el marco del Decreto Supremo N° 007-2017-IN, Reglamento del