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47 NORMAS LEGALES Jueves 5 de junio de 2025 El Peruano / el bienestar del participante por proyecto de inversión y/o actividad de intervención inmediata intensiva en MONC, generadora de empleo temporal, a cargo de los gobiernos locales o regionales; y, iv) implementar estrategias de difusión, transparencia y rendición de cuentas; Que, el artículo 1 del Manual de Operaciones del Programa, aprobado por Resolución Ministerial Nº 025- 2024-TR, establece que dicho Programa tiene por fi nalidad generar empleo temporal en la población en edad de trabajar a partir de los 18 años en situación de desempleo, subempleo, en condición de pobreza, pobreza extrema, o que enfrente especiales di fi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencia o desastres, personas con discapacidad, y las mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, otorgándoseles a cambio un incentivo económico; Que, el literal a) del artículo 4 del acotado Manual establece como función general del Programa, la de promover la generación de empleo temporal en el ámbito de la focalización geográ fi ca aplicable al Programa y/o en el ámbito priorizado por el Programa, considerando las políticas sectoriales vigentes, en favor de la población vulnerable en situación de desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema, o enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económicas y/o en situaciones de emergencias o desastres o personas con discapacidad, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia a través del fi nanciamiento o co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata, intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social, cultural y lingüística; Que, el literal a) del inciso 13.1 del artículo 13 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras, que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, a favor de gobiernos locales, estableciendo en el inciso 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el diario ofi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 000037- 2024-MTPE/3/24.1, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral, señala, sobre la modalidad de Intervención 1 – Regular, que: “Esta intervención aborda la mitigación de los shocks covariados estacionales de subempleo, desempleo y pobreza (incluye la pobreza extrema) durante el periodo de caída del ciclo económico y de la demanda laboral, mediante la generación de empleo temporal, a través de la ejecución de proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC), en el ámbito de la Focalización Geográ fi ca aplicable al Programa. Bajo esta modalidad, el Programa podrá fi nanciar y/o co fi nanciar proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal o la asignación de recursos adicionales; asimismo, las disposiciones especí fi cas, ámbito de intervención, y otros, de corresponder, serán establecidos en los documentos técnico - normativos que apruebe el Programa”; Que, con Resolución Directoral Nº 00013-2025- MTPE/3/24.1, se aprueba el “Ámbito de la Focalización Geográ fi ca aplicable al Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de acuerdo a los criterios de focalización aprobados mediante Resolución Ministerial Nº 067-2024-TR; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000087- 2025-MTPE/3/24.1, se aprueba la Directiva Nº 0008-2025-MTPE/3/24.1 denominada “Directiva que regula el fi nanciamiento de actividades de intervención inmediata, en los distritos priorizados según la focalización geográ fi ca del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” – 2025 -I”, de la cual forma parte, el “Anexo Nº 01: Cronograma para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en los distritos priorizados según la focalización geográ fi ca del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” – 2025 – I”; Que, mediante Resolución Directoral Nº 000106-2025- MTPE/3/24.1, se aprueba el “Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-86), en los distritos priorizados según la focalización geográ fi ca del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” – 2025 – I (Segundo Grupo)”, del cual forman parte 515 actividades, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 96 479 401,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES), que podrán generar un estimado de 26, 441 (veintiséis mil cuatrocientos cuarenta y uno) empleos temporales; Que, mediante O fi cio Nº 001191-2025-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 96 479 401,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de organismos ejecutores públicos con quienes se han suscrito quinientos quince (515) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata (AII-86), en los distritos priorizados según la focalización geográ fi ca del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” - 2025-I (Segundo Grupo), con lo cual, se estima generar 26,441 (veintiséis mil cuatrocientos cuarenta y uno) empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia; Que, mediante Memorándum Nº 000689-2025- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe Nº 000287-2025-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante la Hoja de Elevación Nº 000508-2025-MTPE/4/8 hace suyo el Informe Nº 000044-2025-MTPE/4/8-IGF que contiene la opinión legal favorable sobre la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y la Resolución Ministerial Nº 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de los Gobiernos Locales Aprobar una transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Trabaja Perú, Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, hasta por la suma de S/ 96 479 401,00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS UNO Y 00/100 SOLES), de la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios a favor de gobiernos locales, con quienes se han suscrito quinientos quince (515) convenios con el objeto de fi nanciar la