TEXTO PAGINA: 10
10 NORMAS LEGALES Viernes 6 de junio de 2025 El Peruano / vez concluido el mismo deben incorporar los resultados de la consulta al expediente técnico en cuestión; siendo que, por medio del O fi cio Nº 000026-2023-VMI/MC el Viceministerio de Interculturalidad del Ministerio de Cultura, remite el Informe Nº 000027-2023-DGPI/MC de la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, que adjunta el Informe 000031-2023-DCP-MC y el Informe Nº 000005-2023-DCP-EKA-MC de la Dirección de Consulta Previa, que sustentan el informe previo favorable para la implementación del proceso de consulta previa por parte del Gobierno Regional de Loreto; Que, mediante los O fi cios Nº 524-2024-GRL-GGR- GRA de fecha 28 de junio de 2024 y Nº 628-2024-GRL-GGR-GRA de fecha 01 de agosto de 2024, el Gobierno Regional de Loreto remite al SERNANP el expediente técnico con los resultados de la consulta previa llevada a cabo los días 05 y 06 de octubre de 2023, recogidos en el Acta de Consulta Previa para el establecimiento del Área de Conservación Regional Medio Putumayo Algodón, el cual tiene como objetivo general conservar ecosistemas terrestres y acuáticos importantes, como turberas y formaciones de varillales y chamizales de la planicie inundable del río Algodón y otros ecosistemas asociados, para proteger la biodiversidad y los servicios ecosistémicos como almacenamiento de carbono para mitigar los efectos del cambio climático, la seguridad alimentaria y preservar los conocimientos ancestrales de los pueblos indígenas en la cuenca media del río Putumayo; la cual abarca una super fi cie total de doscientos ochenta y tres mil quinientas noventa y cuatro hectáreas con siete mil seiscientos metros cuadrados (283 594.76 ha), ubicada en los distritos de Putumayo y Yaguas, provincia de Putumayo, y en el distrito de Pebas, provincia de Mariscal Ramón Castilla, departamento de Loreto; Que, asimismo, el Gobierno Regional de Loreto, mediante O fi cio Nº 329-2024-GRL-GR, manifestó el compromiso de asegurar la sostenibilidad fi nanciera para la gestión del Área de Conservación Regional con recursos propios, sin generar gastos adicionales al Tesoro Público, precisando además que, han consolidado fuertes alianzas con cooperación internacional que permitirán contar con los recursos fi nancieros para el proceso de establecimiento y primeros años de gestión; Que, de la evaluación del expediente técnico presentado por el Gobierno Regional de Loreto para el establecimiento del Área de Conservación Regional Medio Putumayo Algodón, se evidencia que el mismo cumple con lo contemplado en la normativa vigente, conforme se corrobora con: (i) los Informes Nº 000675-2024-SERNANP/DDE-SGD y Nº 000559-2024-SERNANP/OAJ-SGD, emitidos por la Dirección de Desarrollo Estratégico y la O fi cina de Asesoría Jurídica del SERNANP, respectivamente; y, (ii) la conformidad del Consejo Directivo del SERNANP, contenida en el Acta de la Segunda Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo del SERNANP de fecha 18 de setiembre de 2024; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 00363-2024-MINAM se dispuso la publicación del Proyecto de Decreto Supremo que establece el Área de Conservación Regional Medio Putumayo Algodón, su Exposición de Motivos y Expediente Técnico, en el marco de lo dispuesto en el artículo 19 y 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, en virtud de la cual no se recibieron comentarios, aportes u opiniones respecto del mencionado proyecto; Que, en consecuencia, de la evaluación realizada por el SERNANP, la propuesta cumple con las Disposiciones Complementarias para el establecimiento de las Áreas de Conservación Regional, aprobadas mediante la Resolución Presidencial Nº 200-2021-SERNANP; Que, de acuerdo a lo establecido en el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2024-MINAM, las Áreas de Conservación Regional son áreas naturales protegidas de administración regional y patrimonio de la nación. En ese sentido, se establecen principalmente para conservar la diversidad biológica de interés regional y local, y mantener la continuidad de los procesos ecológicos esenciales y la prestación de los servicios ambientales que de ellos se deriven; los cuales pueden conservar valores asociados de interés cultural, paisajístico y cientí fi co, contribuyendo a fortalecer la identidad cultural del/la poblador/a en relación a su entorno, promover actividades compatibles con los objetivos de conservación; Que, en ese sentido, el establecimiento del Área de Conservación Regional Medio Putumayo Algodón es compatible con los propósitos de conservación y participación previstos en la Ley Nº 26834, Ley de Áreas Naturales Protegidas, su Reglamento y el Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas; Que, en virtud del numeral 4 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del AIR Ex Ante por la materia que consiste en promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas; y asimismo, no desarrolla procedimientos administrativos de acuerdo a lo señalado por la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria; De conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES