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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (12/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 104

104 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / Artículo 3.- ESTABLECER la prioridad de atención de los siguientes objetivos prioritarios: 1. Mejorar el desarrollo infantil temprano. 2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes. 3. Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos. 4. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores. 5. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social. Artículo 4.- ESTABLECER las siguientes funciones para la IAL-DIS, sin ser limitativas (en concordancia con el Art. 34.1 del D.S. N° 012-2024-MIDIS): 1. Monitorear y reportar a las entidades encargadas de la prestación de las intervenciones públicas priorizadas, la ejecución del registro nominal de mujeres gestantes y niñas, niños y adolescentes, y los problemas identi fi cados tales como inconsistencias, duplicidades, fi ltraciones o exclusiones, entre otros. 2. Monitorear y reportar al MIDIS el seguimiento al funcionamiento y cumplimiento de los acuerdos de la instancia, así como los problemas identi fi cados y las soluciones implementadas. 3. Monitorear y reportar al OFIS sobre las limitaciones para la operatividad y el adecuado funcionamiento de las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE), así como las vinculadas al cierre de brechas de información de hogares de sus jurisdicciones territoriales. 4. Comunicar a los representantes de las entidades encargadas de la provisión de las intervenciones públicas acerca del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la implementación de intervenciones y servicios priorizados según curso de vida, y otros compromisos para el cumplimiento de la Política nacional de desarrollo e inclusión social. 5. Analizar y brindar información a la Instancia de Articulación Regional de Desarrollo e Inclusión Social (IAR-DIS) sobre el incumplimiento de compromisos del gobierno local o de la entidad pública prestadora del servicio, para la adopción de las medidas correctivas que correspondan. Artículo 5.- APROBAR la conformación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL-DIS) de la Municipalidad Distrital de Majes, integrada por: 1. Alcalde de Municipalidad Distrital de Majes (quien preside la instancia). 2. Gerente de Desarrollo Social y Humano, (Secretaría Técnica). 3. Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social y Salud. 4. Presidente de la Comisión Ordinaria de Población Vulnerable. 5. Presidente de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Institucional, Educación, Cultura, Recreación y Deportes. 6. Gerente Municipal.7. O fi cina de Plani fi cación, Presupuesto y Modernización.8. Gerencia de Desarrollo Agropecuario y Empresarial. 9. Sub Gerencia de Programas Sociales, Inclusión Social y SISFOH. 10. Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes. 11. Representante de la O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad - OMAPED. 12. Representante del área encarga del Centro Integral del Adulto Mayor - CIAM. 13. Representante del Programa Nacional Cuna Mas.14. Representante del Programa Nacional WASI MIKUNA.15. Representante del Programa Nacional JUNTOS.16. Representante del Programa Nacional CONTIGO.17. Representante de la Micro Red de Salud Sandrita Pérez. 18. Representante de la UGEL la Joya.19. Representante del Centro Emergencia Mujer.20. Representante del Vaso de Leche. Artículo 6.- SECRETARÍA TÉCNICA La Secretaría Técnica de la IAL-DIS está a cargo de la Gerencia de Desarrollo Social o quien haga sus veces, quien asume la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas de su funcionamiento; así como, reporta periódicamente al Alcalde y es responsable de llevar el registro de los acuerdos, y toda la documentación que se genere. Artículo 7.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES Los representantes señalados en el Artículo Quinto deberán ser designados mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 8.- ENCARGAR a la Secretaria Técnica la elaboración del Reglamento en un plazo no mayor a sesenta (60) días calendario posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Municipal, la misma que será aprobada mediante Resolución de Alcaldía, en concordancia con el Art. 34.7 del D.S. N° 012-2024-MIDIS. Artículo 9.- DISPONER, en un plazo no mayor de treinta (20) días calendario contados a partir del día siguiente de la aprobación de la presente Ordenanza, se instale la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 10.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición interna que se oponga a la presente Ordenanza Municipal. Artículo 11.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Majes (www.gob.pe/ munimajes). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JENRY HUISA CALAPUJA Alcalde YLICH N. TORRES MARTÍNEZ Secretario General 2402429-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES