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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (12/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan transferencia del acervo documentario registral de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivo s títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de la Oficina de Registros del Estado Civil de Municipalidad Provincial RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000106-2025/ JNAC/RENIEC Lima, 11 de junio del 2025 VISTOS: La Hoja de Elevación N° 000471-2025/OPP/UP/ RENIEC (30ABR2025), de la Unidad de Presupuesto de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° 000253-2025/DRC/SDTN/RENIEC (02JUN2025), de la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles; las Hojas de Elevación N° 000140-2025/DRC/RENIEC (05JUN2025) y N° 000145-2025/DRC/RENIEC (09JUN2025) de la Dirección de Registros Civiles; y, CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modi fi can la capacidad y estado civil; Que, la Primera Disposición Complementaria de la Ley N° 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las O fi cinas de Registros del Estado Civil (OREC), pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo N° 015-98-PCM; Que, mediante Resolución Jefatural N° 000023- 96-JEF (03ABR1996), se delegó a las O fi cinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que mediante Resolución Jefatural N° 000116-2013/ JNAC/RENIEC (05ABR2013), la Jefatura Nacional autorizó el proceso de automatización de las actividades delegadas a las O fi cinas de Registros de Estado Civil (OREC) que funcionan en las Municipalidades Provinciales, Distritales o de Centros Poblados, a nivel nacional, para realizar registros en línea de hechos vitales y actos modi fi catorios del estado civil de las personas y demás procedimientos registrales utilizando el Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas - SIRCM del RENIEC en el marco de las funciones delegadas mediante la Resolución Jefatural N° 023-96-JEF; ampliado a todo tipo de o fi cinas del sistema registral conforme a las disposiciones de la Directiva DI-011-DRC/002 “Automatización de las actividades registrales en las OREC a nivel nacional y en los consulados”, aprobada mediante Resolución Secretarial N° 000108-2023/SGEN/ RENIEC (30OCT2023); Que, mediante Resolución Jefatural N° 000061-2024/ JNAC/RENIEC (08ABR2024), se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, y de acuerdo a lo señalado en su artículo 41° la Dirección de Registros Civiles es el órgano de línea técnico normativo del Sistema Registral Civil - SRC, encargado de dar lineamientos, evaluar, supervisar y gestionar las acciones relacionadas con las O fi cinas del Sistema Registral Civil para su funcionamiento; así como conducir el proceso de delegación de funciones registrales emitiendo las resoluciones y proyectos de Resolución Jefatural en materia de su competencia; Que, asimismo, el artículo 102° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC, establece que la Sub Dirección Técnico Normativa es la unidad orgánica de la Dirección de Registros Civiles encargada de formular políticas, lineamientos e instrumentos procedimentales en materia de registros civiles, para orientar el desarrollo de la función de las unidades del Sistema Registral, brindando asesoramiento a sus órganos conformantes; señala también que esta unidad controla, coordina y supervisa la integración a la institución, del acervo documentario registral de las Ofi cinas autorizadas; en este sentido, el literal m) del artículo 103° establece entre sus funciones gestionar la incorporación o transferencia el acervo documentario de Registros Civiles - RRCC al RENIEC, proveniente de las Ofi cinas Autorizadas que conforman el Sistema Registral Civil, con la fi nalidad de que las actas registrales se encuentren integradas en la base de datos del RENIEC; Que, mediante Resolución Secretarial N° 000042- 2025/SGEN/RENIEC (19MAR2025), se aprobó la Guía de Procedimientos GP-040-DRC/SDTN/007 “INTEGRACIÓN DEL ACERVO DOCUMENTARIO REGISTRAL DE LAS OFICINAS AUTORIZADAS” - primera versión, la cual establece los lineamientos y acciones a seguir para coordinar, supervisar y controlar los procedimientos de Revocatoria Parcial, Revocatoria Total (Incorporación de acervo documentario) de las O fi cinas de Registros del Estado Civil (OREC) y la Transferencia de Acervo Documentario de las OREC y las O fi cinas Registrales Consulares (ORC) con Actividades Registrales Automatizadas; Que mediante el informe de vistos la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles, señala que a partir del año 2013 se implementó una estrategia de integración que corresponde a la automatización de las O fi cinas de Registros del Estado Civil (OREC), a nivel nacional, en virtud a lo cual, las OREC de las Municipalidades ya no realizan este registro manualmente sino en forma automatizada a través del Sistema Integrado de Registros Civiles y Microformas con la respectiva conexión a la base de datos del RENIEC; gracias a esta estrategia, el RENIEC implementa buenas prácticas de gestión en las OREC de las municipalidades para el registro de las nuevas inscripciones de los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos modi fi catorios del estado civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 038-2025- EF, mediante el cual se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 80 000 000,00 (OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), para fi nanciar los gastos preliminares 2025 de las Elecciones Generales 2026, Elecciones Regionales y Municipales 2026 y las Elecciones de Autoridades de Municipalidades de Centros Poblados 2026, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con lo dispuesto en el literal c) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17° de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, en ese sentido, mediante informe de vistos la Sub Dirección Técnico Normativa propone transferir el acervo documentario de la sección de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, de una (01) O fi cina de Registro del Estado Civil (OREC),