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94 NORMAS LEGALES Jueves 12 de junio de 2025 El Peruano / la esceni fi cación en vivo del Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela en el distrito de Lurín, interpretada por la Sociedad de Penitentes del Señor de la Agonía del distrito de Lurín, precisa que, se encuentra alineado al cumplimiento del OEI.04 “Contribuir al mejoramiento del servicio educativo, cultural y deportivo en el distrito”, del Plan Estratégico Institucional (PEI) 2025-2030, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 139- 2024-ALC/MDL; asimismo, su estructura y características cumple con los lineamientos y la normatividad vigente aplicables en la materia, necesarias para su aprobación e implementación; en ese sentido, emite opinión técnica favorable, remitiendo los actuados a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, a través del Memorándum N° 0161-2025-OGPP/ MDL, de fecha 16 de mayo de 2025, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo lo señalado por la O fi cina de Planeamiento y Modernización en todos sus extremos, otorgando opinión favorable y viabilidad al proyecto de Ordenanza Municipal que declara de interés público la esceni fi cación en vivo del Viacrucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el cerro Centinela en el distrito de Lurín, interpretada por la Sociedad de Penitentes del Señor de la Agonía del distrito de Lurín, remitiendo los actuados a la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a fi n de que emita opinión legal; Que, con Informe Legal N° 202-2025-OGAJ/MDL, de fecha 19 de mayo de 2025, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión legal favorable respecto a la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal que declara de interés público la esceni fi cación en vivo del Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela en el distrito de Lurín, interpretada por la Sociedad de Penitentes del Señor de la Agonía del distrito de Lurín; toda vez que, se enmarca en lo previsto por la Ley de la materia; recomendando elevar el precitado proyecto al Honorable Concejo Municipal para su deliberación y consecuente aprobación, de conformidad con lo previsto en el numeral 8) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, por el Memorándum N° 258-2025-GM/MDL, de fecha 19 de mayo de 2025, la Gerencia Municipal remite los actuados a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal para que, conforme a sus facultades, agende en Sesión de Concejo la aprobación del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO LA ESCENIFICACIÓN EN VIVO DEL VÍA CRUCIS DE LA PASIÓN Y MUERTE DE CRISTO EN EL CERRO CENTINELA EN EL DISTRITO DE LURÍN, INTERPRETADA POR LA SOCIEDAD DE PENITENTES DEL SEÑOR DE LA AGONÍA DEL DISTRITO DE LURÍN, en base al sustento de los informes Técnico y Legal que obran en el expediente administrativo; Que mediante el Dictamen de la Comisión de Asuntos Jurídicos N° 028-2025-CAJ-REG/MDL y el Dictamen de la Comisión de Educación, Cultura, Turismo y Deporte N° 004-2025-CECTD-REG/MDL, ambas de fecha 21 de mayo de 2025, se expresan en sentido favorable sobre la propuesta del proyecto de ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO LA ESCENIFICACIÓN EN VIVO DEL VÍA CRUCIS DE LA PASIÓN Y MUERTE DE CRISTO EN EL CERRO CENTINELA EN EL DISTRITO DE LURÍN, INTERPRETADA POR LA SOCIEDAD DE PENITENTES DEL SEÑOR DE LA AGONÍA DEL DISTRITO DE LURÍN; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa que los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno a través de ordenanzas y acuerdos; asimismo, el artículo 40° del mismo cuerpo normativo, establece que, las ordenanzas municipales distritales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, esta propuesta ha sido debatida y analizada por el pleno del Concejo Municipal y en uso de las facultades conferidas en los artículos 39° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y contando con el VOTO UNÁNIME, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE DECLARA DE INTERÉS PÚBLICO LA ESCENIFICACIÓN EN VIVO DEL VÍA CRUCIS DE LA PASIÓN Y MUERTE DE CRISTO EN EL CERRO CENTINELA EN EL DISTRITO DE LURÍN, INTERPRETADA POR LA SOCIEDAD DE PENITENTES DEL SEÑOR DE LA AGONÍA DEL DISTRITO DE LURÍN Artículo Primero.- DECLARAR, DE INTERÉS PÚBLICO LA ESCENIFICACIÓN EN VIVO DEL VÍA CRUCIS DE LA PASIÓN Y MUERTE DE CRISTO EN EL CERRO CENTINELA EN EL DISTRITO DE LURÍN, INTERPRETADA POR LA SOCIEDAD DE PENITENTES DEL SEÑOR DE LA AGONÍA DEL DISTRITO DE LURÍN, esceni fi cación con fervor religioso de los pobladores de Lurín, que expresa su fe católica, fortaleciendo la identidad y sentido de pertenencia de los Lurinenses. Artículo Segundo.- ENCOMENDAR, a la Gerencia de Desarrollo Económico y a la Subgerencia de Turismo y Cultura, apoyar en la difusión de la manifestación cultural declarada de interés público, y supervisar el cumplimiento de la presente Ordenanza, en tanto que se realice y apoye la esceni fi cación en vivo del Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela, en la Semana Santa de cada año. Artículo Tercero.- DELEGAR, a la Subgerencia de Turismo y Cultura, la realización de las siguientes acciones: • Promover la celebración de la esceni fi cación en vivo del Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela, como manifestación cultural del distrito de Lurín en la fecha que corresponde a la Semana Santa. • Contribuir a través de actividades especí fi cas que tengan relación con la celebración, en la consolidación de la esceni fi cación en vivo de la Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela, en el distrito de Lurín, provincia de Lima. • Desarrollar y ejecutar actividades con la fi nalidad de un mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. • Impulsar el reconocimiento a quienes esceni fi can en vivo el Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela, por mantener vivas nuestras costumbres, fe católica y expresiones culturales. Artículo Cuarto.- DISPONER, que el Plan de Actividades para la Esceni fi cación en vivo del Vía Crucis de la Pasión y Muerte de Cristo en el Cerro Centinela, será propuesto por la Subgerencia de Turismo y Cultura a la Gerencia de Desarrollo Económico, para su aprobación mediante resolución gerencial. DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- FACULTAR, al Alcalde de la Municipalidad Distrital de Lurín para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y/o adicionales que fueran necesarias para la adecuada aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Segundo.- NOTIFICAR, a la Subgerencia de Turismo y Cultura y la Gerencia de Desarrollo Económico para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Tercera.- ENCARGAR, a la O fi cina General de Atención al Ciudadano y Municipal, publicar la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Ofi cina de Tecnologías de la Información y Sistemas, su publicación en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de Lurín. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN RAÚL MARTICORENA PÉREZ Alcalde 2407544-1