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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (25/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de junio de 2025 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA INSTANCIA DE ARTICULACIÓN LOCAL DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL (IAL-DIS) DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES Artículo 1º.- APROBAR la creación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL- DIS) del distrito de San Martín de Porres, como un espacio de coordinación y articulación, responsable de lograr la implementación e fi ciente, e fi caz, efectiva y de calidad de las intervenciones públicas de desarrollo e inclusión social en el territorio, generando consensos, intercambiando información, efectuando acciones conjuntas, impulsando el cumplimiento de acuerdos, entre otros. Artículo 2º.- FINALIDAD Ser una instancia de articulación local de carácter interinstitucional, que cuente con participación de representantes en el territorio, tales como: gobierno nacional, gobierno regional, sector privado, academia y sociedad civil organizada; para contribuir al logro de los objetivos prioritarios de la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión al 2030, a fi n de cerrar las brechas sociales para la reducción de la pobreza en el distrito de San Martín de Porres. Artículo 3º.- ESTABLECER la prioridad de atención de los siguientes objetivos prioritarios: 1. Mejorar el desarrollo infantil temprano. 2. Mejorar el desarrollo físico, cognitivo y socioemocional de niñas, niños y adolescentes. 3. Incrementar las capacidades para la inclusión económica de jóvenes y adultos. 4. Mejorar la calidad de vida de las personas adultas mayores. 5. Mejorar las condiciones del entorno de la población para asegurar su inclusión social. Artículo 4º.- ESTABLECER las siguientes funciones de la IAL-DIS del distrito de San Martín de Porres, sin ser limitativas, en concordancia con el artículo 34, numeral 34.1 del D.S. Nº 012-2024-MIDIS: 1. Monitorear y reportar a las entidades encargadas de la prestación de las intervenciones públicas priorizadas, la ejecución del registro nominal de mujeres gestantes y niñas, niños y adolescentes, y los problemas identi fi cados tales como inconsistencias, duplicidades, fi ltraciones o exclusiones, entre otros. 2. Monitorear y reportar al MIDIS el seguimiento al funcionamiento y cumplimiento de los acuerdos de la instancia, así como los problemas identi fi cados y las soluciones implementadas. 3. Monitorear y reportar al OFIS sobre las limitaciones para la operatividad y el adecuado funcionamiento de las Unidades Locales de Empadronamiento (ULE), así como las vinculadas al cierre de brechas de información de hogares de sus jurisdicciones territoriales. 4. Comunicar a los representantes de las entidades encargadas de la provisión de las intervenciones públicas acerca del cumplimiento de los acuerdos asumidos en el marco de la implementación de intervenciones y servicios priorizados según curso de vida, y otros compromisos para el cumplimiento de la Política nacional de desarrollo e inclusión social. 5. Analizar y brindar información a la Instancia de Articulación Regional Distrital (IAR-DIS), sobre el incumplimiento de compromisos del gobierno local o de la entidad pública prestadora del servicio, para la adopción de las medidas correctivas que correspondan. Artículo 5º.- APROBAR la conformación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social (IAL-DIS) de San Martín de Porres, integrada por: 1. Alcalde de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, quien la preside. 2. Gerente de Salud y Desarrollo Humano, en calidad de Secretaría Técnica. 3. Gerente Municipal.4. O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. 5. Gerente de Desarrollo Económico y Promoción Empresarial. 6. Sub Gerente de Servicios Sociales.7. Sub Gerente de Sanidad y Zoonosis.8. Sub Gerente de Recursos Alimentarios.9. Sub Gerente de Juventud, Educación y Cultura. 10. Un representante de la DEMUNA. 11. Un representante del Programa Nacional PENSIÓN 65. 12. Un representante del Programa Nacional JUNTOS.13. Un representante del Programa Nacional CONTIGO. 14. Un representante del Centro de Emergencia Mujer (CEM). 15. Un representante de la DIRIS LIMA NORTE.16. Un representante de la UGEL Nº 02.17. Un representante del Vaso de Leche.18. Un representante de la Prefectura.19. Un representante o más representantes de la Sociedad Civil (de acuerdo a lo estipulado en el Art. 34.3 del D.S. Nº 012-2024-MIDIS). 20. Uno o más representantes de la Cooperación Internacional (de acuerdo a lo estipulado en el artículo 34, numeral 34.3 del D.S. Nº 012-2024-MIDIS). 21. Uno o más representantes de la Academia (de acuerdo a lo estipulado en el artículo 34, numeral 34.3 del D.S. Nº 012-2024-MIDIS). 22. Uno o más representantes del Sector Privado (de acuerdo a lo estipulado en el artículo 34, numeral 34.3 del D.S. Nº 012-2024-MIDIS). Artículo 6º.- SECRETARÍA TÉCNICA La Secretaría Técnica de la IAL-DIS, está a cargo de la Gerencia de Salud y Desarrollo Humano, quien asumirá la responsabilidad administrativa y las coordinaciones operativas del funcionamiento de la IAL-DIS; así como, reportar al Gobierno Regional y al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social las acciones y resultados obtenidos de la ejecución de los acuerdos de las sesiones de la instancia (Art. 34.4 del D.S. 012-2024-MIDIS). Artículo 7º.- DESIGNACIÓN DE REPRESENTANTES Los representantes señalados en el artículo quinto deberán ser designados mediante documento escrito dirigido a la Secretaría Técnica, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Ordenanza. Artículo 8º.- ENCARGAR a la Secretaria Técnica, la elaboración del Reglamento Interno en un plazo no mayor a sesenta (60) días hábiles posteriores a la aprobación de la presente Ordenanza Municipal, la misma que será aprobada mediante, la misma que será aprobada mediante Decreto de Alcaldía. Artículo 9º.- DISPONER, en un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados a partir del día siguiente de la aprobación de la presente Ordenanza, la instalación de la Instancia de Articulación Local de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 10º.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición interna que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo 11º.- ENCARGAR a la Gerencia de Salud y Desarrollo Humano, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 12º.- DISPONER que la Secretaría General publique en el diario o fi cial El Peruano, la presente ordenanza y la O fi cina de Desarrollo de Tecnología de la Información y Estadística la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad de San Martín de Porres (www.gob.pe/munisanmartinporres). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HERNAN TOMAS SIFUENTES BARCA Alcalde 2412476-1