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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2025 (28/06/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 264

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Sábado 28 de junio de 2025 El Peruano / del Consumidor”, aprobada por Resolución de Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI Nº 135-2013-INDECOPI/COD, dispone, entre otros aspectos, que en caso que las entidades o gremios representados ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor consideren necesario realizar un cambio de miembros titulares o alternos, corresponderá a estos proponerlos ante dicha entidad a fi n que se realice la correspondiente designación; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 268- 2024-PCM, se designó a la señora TERESA LILIANA TRASMONTE ABANTO, como representante titular del INDECOPI ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; Que, a través del documento del Visto, el Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo del INDECOPI propone la designación de la señora DIOSELINA ESTHER URBINA CRUZ como nueva representante titular de dicha entidad ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor; el Reglamento que establece los mecanismos para la propuesta y designación de los representantes de las entidades y gremios al Consejo Nacional de Protección al Consumidor, aprobado por Decreto Supremo Nº 031- 2011-PCM; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224- 2023-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora TERESA LILIANA TRASMONTE ABANTO, dispuesta mediante la Resolución Ministerial Nº 268-2024-PCM, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a la señora DIOSELINA ESTHER URBINA CRUZ, como representante titular del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI ante el Consejo Nacional de Protección del Consumidor. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Presidente del Consejo de Ministros 2413753-1 Delegan en el Secretario de la Secretaría de Gestión Pública, la facultad de representar a la Presidencia del Consejo de Ministros ante organismos y entidades estatales y privadas, nacionales e internacionales, para la suscripción de Adenda/s a Acuerdo con la KfW, así como del contrato con la empresa consultora adjudicataria del proceso de licitación llevado a cabo en el marco del Acuerdo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 146-2025-PCM Lima, 27 de junio de 2025 CONSIDERANDO: Que, el artículo 17 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que la Presidencia del Consejo de Ministros es el Ministerio responsable de la coordinación de las políticas nacionales y sectoriales del Poder Ejecutivo. El Presidente del Consejo de Ministros es el Titular de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, según lo dispuesto en el numeral 10 del artículo 19 de la citada Ley, corresponde al Presidente del Consejo de Ministros delegar en el Secretario General o en otros funcionarios las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado, dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, los literales g) y h) del numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM, señalan que son funciones del despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, en su condición de Ministro de Estado, delegar en el Secretario General o en el Viceministro de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros o en otros funcionarios o servidores, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función de Ministro de Estado dentro de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; así como, representar a la Presidencia del Consejo de Ministros ante organismos y entidades estatales y privadas, nacionales e internacionales; Que, el 19 de diciembre de 2022, se celebra el Contrato de Aporte Financiero (en adelante, Contrato) entre la KfW, Frankfurt am Main, (en adelante, KfW) y la República del Perú (Bene fi ciario), representada por el Ministerio de Economía y Finanzas, a través del cual la KfW concede al Bene fi ciario un aporte fi nanciero de hasta EUR 2.000.000,00 (Dos millones de Euros) para fi nanciar los servicios de expertos en relación con el Programa “Cumplir con los estándares de la OCDE: Gobernabilidad con Integridad” (en adelante, el Programa); y, en cuyo numeral 1.3 señala que el Bene fi ciario, a través de la Presidencia del Consejo de Ministros, y la KfW fi jarán por Acuerdo Separado los detalles de las prestaciones de contrapartida a cargo del Bene fi ciario; Que, en el mes de junio de 2023, el Presidente del Consejo de Ministros, en el marco de su función prevista en el literal h) del numeral 8.2 del artículo 8 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, suscribió el Acuerdo Separado al Contrato (en adelante, el Acuerdo) con la KfW; Que, el numeral 1.1.2 del Acuerdo de fi ne a la Medida Complementaria como los servicios de expertos a ser fi nanciados con los fondos no reembolsables en el marco del Programa; Que, el numeral 2.1.1 del Acuerdo señala que la ejecución de la Medida Complementaria es responsabilidad de la Presidencia del Consejo de Ministros y dentro de esta entidad, la Secretaría de Gestión Pública es la Unidad de Implementación a cargo de la supervisión y coordinación de la Medida Complementaria y de la gestión del proceso de licitación para la selección de la empresa consultora, entre otras responsabilidades; Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 2.1.2 del Acuerdo señala que la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de su Unidad de Implementación, contratará a una empresa consultora encargada de implementar la Medida Complementaria (“Consultor de ejecución”); Que, en ese sentido, a fi n de garantizar el cumplimiento oportuno del objetivo del Acuerdo, se ha visto por conveniente delegar en el Secretario de la Secretaría de Gestión Pública la facultad de representar a la Presidencia del Consejo de Ministros ante organismos y entidades estatales y privadas, nacionales e internacionales, para la suscripción de Adenda/s al Acuerdo, así como del contrato con la empresa consultora adjudicataria del proceso de licitación llevado a cabo en el marco del citado Acuerdo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Resolución Ministerial Nº 224-2023-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1.- Delegación de facultades al Secretario de la Secretaría de Gestión Pública Delegar en el Secretario de la Secretaría de Gestión Pública, la facultad de representar a la Presidencia del Consejo de Ministros ante organismos y entidades estatales y privadas, nacionales e internacionales, para suscribir: