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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE MARZO DEL AÑO 2025 (06/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Jueves 6 de marzo de 2025 El Peruano / Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 306- 2024-MIMP; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor CARLOS ENRIQUE BERNAL UCHOFEN en el cargo de con fi anza de Jefe de Unidad de Asesoramiento de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese.FANNY ESTHER MONTELLANOS CARBAJAL Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 2377558-1 Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 082-2025- MIMP Lima, 5 de marzo de 2025Vistos, el Informe N° D000096-2025-MIMP-OPTP de la O fi cina de Procesos Técnicos de Personal; el Memorándum N° D00182-2025-MIMP-OGRH de la Ofi cina General de Recursos Humanos; el Informe N° D000031-2025-MIMP-OMI de la O fi cina de Modernización Institucional; el Memorándum N° D000181-2025- MIMP-OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe N° D000166- 2025-MIMP-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, establece que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, el artículo 4 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, dispone que el sistema administrativo de gestión de recursos humanos establece, desarrolla y ejecuta la política de Estado respecto del Servicio Civil, a través del conjunto de normas, principios, recursos, métodos, procedimientos y técnicas utilizadas por las entidades públicas en la gestión de los recursos humanos; Que, el artículo 5 de la precitada Ley señala que la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) formula la política nacional del Servicio Civil, ejerce la rectoría del sistema y resuelve las controversias de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la referida Autoridad Nacional, rectora del sistema administrativo de gestión de recursos humanos;Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, señala que el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos está conformado por siete (7) subsistemas, de los cuales, el Subsistema de organización del trabajo y su distribución de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas. Los procesos que se consideran dentro de este subsistema son: a) Diseño de los puestos y b) Administración de puestos; Que, por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, en adelante la Directiva, que tiene por objetivo establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, en el literal b) del sub numeral 5.1 del numeral 5 de la Directiva, se señala que el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos de fi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, los sub numerales 5.2.3. y 5.2.4. del numeral 5 de la Directiva establecen como responsabilidad de la Oficina de Recursos Humanos o la que haga sus veces debe elaborar la propuesta de CAP Provisional, así como el informe técnico sustentatorio; y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces emitir opinión sobre las propuestas del Cuadro para Asignación de Personal Provisional en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del ROF o MOP vigente, según corresponda; Que, de acuerdo al numeral 6.3.1.8. de la Directiva, la aprobación del CAP Provisional para las entidades del gobierno nacional se realiza por resolución ministerial del sector correspondiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 052-2024- MIMP se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; aprobándose mediante la Resolución Directoral N° 466-2024-MIMP/OGRH, el reordenamiento de un (01) cargo contenido en el citado CAP Provisional; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2023- MIMP se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (ROF del MIMP); Que, con Resolución Ministerial N° 342-2023-MIMP se aprueba la Sección Segunda del ROF del MIMP; y, a través de la Resolución Ministerial N° 362-2023-MIMP se aprueba el Texto Integrado del ROF del MIMP; Que, mediante por Resolución Ministerial N° 294- 2024-MIMP, se modi fi can artículos de la Sección Segunda del ROF del MIMP; aprobándose el Texto Integrado del ROF del MIMP mediante Resolución Ministerial N° 306-2024-MIMP; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 064-2023-MIMP/SG se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Unidad Ejecutora 001: Administración Nivel Central del MIMP, habiendo sido modi fi cado por Resoluciones de Secretaría General N° 086-2024-MIMP/SG y N° 099-2024-MIMP/SG; para incorporar los cargos de Director/a Ejecutivo/a y Director/a de la Unidad Funcional del Programa Nacional de Servicios Especializados para Personas Adultas Mayores - “Gratitud”, respectivamente;