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43 NORMAS LEGALES Viernes 7 de marzo de 2025 El Peruano / de la clasi fi cación socioeconómica, con la fi nalidad de garantizar la protección del derecho a la salud dentro del territorio nacional” ; Que, a través del numeral 48.1 del artículo 48 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se dispone que en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se han asignado recursos en el pliego Seguro Integral de Salud, hasta por la suma de S/ 579 033 893,00 (QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar la continuidad de las políticas de Aseguramiento Universal en Salud dispuestas por los numerales 2.1 y 2.2 del artículo 2 y los numerales 3.1, 3.2, 3.3 y 3.7 del artículo 3 del Decreto de Urgencia Nº 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el aseguramiento universal en salud en el marco de la Emergencia Nacional por la COVID-19, modi fi cado mediante Decreto de Urgencia Nº 078-2021; para lo cual los numerales antes mencionados del referido Decreto de Urgencia mantienen su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 000070-2024-SIS-J de fecha 31 de mayo de 2024, se aprueba la Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Bene fi cio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti” y sus anexos; que tiene como objetivo establecer el marco normativo que regule los procedimientos para el registro, evaluación y programación de pago de la solicitud del Bene fi cio Económico de Sepelio, a través de un proceso automatizado; Que, el numeral 6.2 de la citada Directiva Nº 004-2024- SIS/GNF-V.01 establece que el importe del Bene fi cio Económico de Sepelio (BES) otorgado por el SIS es una suma única que se brinda por cada a fi liado fallecido y asciende a S/ 1 000,00 (Mil y 00/100 Soles); asimismo señala que este monto es asignado para cubrir los gastos asociados al sepelio del a fi liado fallecido; Que, a través del Memorando Nº 000099-2025- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional aprueba la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 0000000210, por el monto de S/ 97,600,443.00 (Noventa y siete millones seiscientos mil cuatrocientos cuarenta y tres con 00/100 soles), en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, sobre la base de lo señalado por la Gerencia de Negocios y Financiamiento en el Memorando Nº 000276-2025-SIS/GNF que hace suya la Nota Informativa Nº 000015-2025-SIS/GNF-PHL; Que, mediante el Memorando Nº 000696-2025-SIS/ GNF, la Gerencia de Negocios y Financiamiento hace suyo el Informe Nº 000006-2025-SIS/GNF-ERC, recti fi cado con Memorando Nº 000709-2025-SIS/GNF, por medio del cual, entre otros aspectos, concluye que “ (…) el número de solicitudes programadas para pago correspondiente al Lote Setiembre-2 del 2024 y Lote Octubre del 2024 por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios (RO) es de 7,436 (Siete mil cuatrocientos treinta y seis) solicitudes “APROBADAS” por un importe total de S/ 7,436,000.00 (Siete millones cuatrocientos treinta y seis mil con 00/100 soles), por lo que es viable se continúe con la programación de pago ”, recomendando aprobar la programación de las solicitudes del BES correspondiente al Lote Setiembre-2 del 2024 y Lote Octubre del 2024; Que, mediante Informe Legal Nº 000113-2025- SIS/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, sobre la base de las opiniones técnicas de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional y la Gerencia de Negocios y Financiamiento, resulta legalmente viable que la Jefatura del SIS, al amparo de las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01: Directiva que Regula el Bene fi cio Económico de Sepelio que brinda el Seguro Integral de Salud y su Aplicativo digital denominado “Estamos para Ti”, aprobada por Resolución Jefatural Nº 000070-2024-SIS-J, emita la resolución jefatural que apruebe la programación de pago del BES correspondiente al Lote Setiembre-2 del 2024 y Lote Octubre del 2024, a nivel nacional, conforme al detalle del archivo digital adjunto al Informe Nº 000006-2025-SIS/GNF-ERC; Con el visto del Gerente de la Gerencia de Negocios y Financiamiento; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto de Urgencia Nº 046-2021, Decreto de Urgencia que dicta medidas extraordinarias y urgentes en materia económica y fi nanciera para fortalecer el aseguramiento universal en salud en el marco de la emergencia nacional por la COVID-19, modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 078-2021; en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA; en la Directiva Nº 004-2024-SIS/GNF-V.01 aprobada por Resolución Jefatural Nº 000070-2024-SIS-J. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la programación de pago del Bene fi cio Económico del Sepelio a nivel nacional por la suma de S/ 7,436,000.00 (Siete millones cuatrocientos treinta y seis mil con 00/100 soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios, correspondiente al Lote Setiembre-2 del 2024 y Lote Octubre del 2024, a nivel nacional, según el detalle que obra en el archivo digital adjunto al Informe Nº 000006-2025-SIS/GNF-ERC. Artículo 2.- Encargar a la Gerencia de Negocios y Financiamiento adoptar las acciones que correspondan para hacer efectivo el cumplimiento de la presente resolución. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución a la Ofi cina General de Administración de Recursos, a fi n de realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de la programación de pagos de prestaciones económicas de sepelio señalada en el artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente resolución jefatural en el diario o fi cial “El Peruano”, y en la misma fecha, en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2377808-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución de Consejo Directivo que aprueba “Lineamientos técnicos para la Fiscalización Orientativa de las líneas submarinas, líneas hacia terminales marítimos y sistemas de recolección e inyección, derivada de lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 002-2025-EM” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 028-2025-OS/CD Lima, 6 de marzo de 2025