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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2025 (07/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 7 de marzo de 2025 El Peruano / con su trámite para su aprobación; opinando la O fi cina de Asesoría Jurídica, por la viabilidad legal de su aprobación, a través del informe legal de vistos; Con los vistos de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General y, en uso de las facultades conferidas en el artículo 11° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 018-2017-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de Lineamientos Aprobar el documento denominado “Lineamientos para la recepción y entrega de la obra hidráulica pública referida a infraestructura hidráulica menor y su inscripción en el registro de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales”, el cual, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Jefatural a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos, la Dirección de Organizaciones de Usuarios de Agua, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos y la Dirección del Sistema Nacional de Información de Recursos Hídricos. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y el portal web de la entidad: www.gob.pe/ana. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GENARO MUSAYÓN AYALA Jefe “NOTA: La Autoridad Nacional del Agua ha solicitado precisar que el Anexo de la Resolución Jefatural N° 0043-2025-ANA, se visualizará en la siguiente página web: https//www.gob.pe/ana”. 2377824-1 ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Designan Gerente General de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque S.A. – EPSEL S.A. ACUERDO ADOPTADO POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL OTASS SESIÓN ORDINARIA Nº 004-2025- CONSEJO DIRECTIVO El Consejo Directivo del Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento – OTASS, en Sesión Ordinaria Nº 004-2025 del 06 de marzo de 2025, acordó designar en el cargo de con fi anza de la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de Agua Potable y Alcantarillado de Lambayeque S.A. – EPSEL S.A., incorporada al Régimen de Apoyo Transitorio, en mérito a la naturaleza del cargo de confi anza establecido en el sub numeral 3 del numeral 110.1 del artículo 110 del TUO del Decreto Legislativo Nº 1280, que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, delegándole las funciones, atribuciones y responsabilidades que le corresponden, según el siguiente detalle:ACUERDO NºEPS CARGONOMBRES Y APELLIDOSDNIINICIO DE LABORES 4.3EPSEL S.A.Gerente GeneralJOSÉ CARLOS ALEJANDRIA BRAVO16716386A partir de la publicación del Acuerdo del Consejo Directivo, en el diario oficial El Peruano. Lima, 6 de marzo de 2025 HUGO ENRIQUE SALAZAR NEIRA Presidente Consejo Directivo 2378091-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Aprueban Lineamientos para la ejecución de la fiscalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000052-2025/ SUNAT APRUEBAN LINEAMIENTOS PARA LA EJECUCIÓN DE LA FISCALIZACIÓN POSTERIOR ALEATORIA DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Lima, 4 de marzo de 2025 VISTO:El Informe N° 000002-2025-SUNAT/1V2000, emitido por la Gerencia de Organización y Procesos de la O fi cina Nacional de Planeamiento y Estudios Económicos; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución de Superintendencia N° 122-2018/SUNAT se aprobaron los “Lineamientos para la Fiscalización Posterior de los Procedimientos Administrativos previstos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria”, en el marco de lo establecido en el artículo 32 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y modi fi catorias, y considerando lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 096-2007-PCM que reguló la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos por parte del Estado; Que, mediante el Decreto Supremo N° 141-2024- PCM se aprueban los “Lineamientos para la ejecución de la fi scalización posterior aleatoria de los procedimientos administrativos y para el funcionamiento de la Central de Riesgo Administrativo aplicables a las entidades de la administración pública” (en adelante los Lineamientos), disponiendo la derogación del Decreto Supremo N° 096- 2007-PCM; Que, adicionalmente, la Cuarta Disposición Complementaria Final de los Lineamientos dispuso que las entidades de la Administración Pública deben elaborar y/o actualizar sus directivas y/o lineamientos en materia de fi scalización posterior de los procedimientos administrativos a iniciativa de parte contenidos en su Texto Único de Procedimientos Administrativos;