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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MARZO DEL AÑO 2025 (07/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Viernes 7 de marzo de 2025 El Peruano / CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan Jueces Supernumerarios en Juzgados de Paz Letrados de Lurín, Pachacamac y Chorrillos, Corte Superior de Justicia de Lima Sur Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000213-2025 -P-CSJLS-PJ Villa María del Triunfo, 27 de febrero de 2025 VISTO: La Resolución Administrativa N° 000020-2025-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, las Resoluciones Administrativas N° 000634-2022-P-CSJLS-PJ y N° 000150-2025-P-CSJLS-PJ expedidas por la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, el O fi cio Circular Nro. 006-2025-NPA-R-OCPC-ANC/PJ emitido por la O fi cina de Control Preventivo y Concurrente de la Autoridad Nacional de Control, el Informe N° 000008-2025-UPD-GAD-CSJLS-PJ emitido por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo y el Informe N° 000008-2025-SG-CSJLS-PJ emitido por la Secretaría General de esta Corte Superior de Justicia; y, CONSIDERANDO:Primero: Sobre la potestad de administrar justicia, debemos tener en consideración que según el artículo 138° de la Constitución Política del Perú, la facultad de impartir justicia emana del pueblo y es ejercida por el Poder Judicial conforme a la Constitución y las leyes. Segundo: En relación a la capacidad e idoneidad de los jueces, es esencial que quienes asuman cargos judiciales posean la competencia y aptitud necesarias para garantizar el respeto a las normas y la protección de los derechos humanos. Tercero: Respecto al procedimiento de designación, se debe tener en consideración que la normativa actual establece un orden de prelación para la designación de jueces supernumerarios: o Jueces titulares: Tienen prioridad para ser promovidos a cargos superiores según el cuadro de méritos. o Jueces supernumerarios: En ausencia de titulares, se recurre a la lista de aptos elaborada por la Junta Nacional de Justicia. o Abogados de la Nómina de Abogados Aptos: Si no hay jueces supernumerarios disponibles, se convocan abogados inscritos en esta nómina para desempeñarse como jueces supernumerarios, debiendo respetarse el orden de mérito de las nóminas partiendo de la mas reciente a la más antigua; sin perjuicio de evaluar su desempeño funcional y nivel académico. o Trabajadores del Distrito Judicial: En última instancia, los presidentes de las cortes pueden designar a trabajadores de su distrito u otros, siempre que cumplan con los requisitos legales, no presenten incompatibilidades y sean idóneos para el cargo. Este procedimiento está respaldado por la Resolución Administrativa N° 000020-2025-CE-PJ, que detalla el proceso de convocatoria y designación de jueces supernumerarios. Cuarto: Sobre la necesidad de motivar las decisiones administrativas: Toda designación de jueces supernumerarios debe estar debidamente fundamentada, respetando el orden de prelación y asegurando que los designados no tengan sanciones o impedimentos, y que hayan desempeñado funciones judiciales de manera adecuada, cumpliendo con los niveles de producción establecidos por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.Quinto: En relación al informe de la Secretaría General: El Informe N° 000008-2025-SG-CSJLS-PJ de fecha 26 de febrero de 2025, proporciona información sobre los abogados aptos para asumir cargos de jueces de Paz Letrado Mixto, conforme a la normativa vigente. Las razones que lo sustentan se asumen como fundamentos al expedirse la presente resolución administrativa. Sexto: Estos considerandos re fl ejan el compromiso de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, con una administración de justicia e fi ciente y transparente, garantizando que las designaciones se realicen conforme a la ley y priorizando la idoneidad de los profesionales seleccionados. I. SOBRE LA DESIGNACIÓN DE LOS JUECES DE PAZ LETRADO MIXTO EN LA CORTE DE JUSTICIA DE LIMA SUR. Sétimo: La Corte Superior de justicia de Lima Sur en la actualidad tiene tres plazas presupuestadas de Jueces Supernumerarios en los órganos jurisdiccionales nivel Paz Letrado Mixto, como son: 1. Primer Juzgado de Paz Letrado Mixto de Lurín. 2. Segundo Juzgado de Paz Letrado Mixto de Lurín. 3. Juzgado de Paz Letrado Permanente de Pachacamac. Octavo: Conforme se aprecia en el Informe de Secretaría General de esta Presidencia, no se cuenta con letrados aptos en la Nómina de la Junta Nacional de Justicia. Noveno: La Corte Superior de Justicia de Lima Sur solo cuenta con la NÓMINA - 2022 para Jueces Supernumerarios de Paz Letrado Mixto, registrando como aptos a los siguientes letrados; 1) SARA ANCCOTA CUTIPA, 2) FREDDY EMILIO ALFARO MENDIVEL, y, 3) WERNER TELLO TRUJILLO. Por lo que, corresponde evaluar las designaciones de los jueces en esta instancia, dentro del marco de dicha nómina, respetando el orden de mérito y en última instancia a los trabajadores de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. Décimo: Evaluando a los jueces en ejercicio, tenemos: 1. La Jueza Supernumeraria FLOR MARÍA DELGADO GONZÁLES fue designada como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Permanente de Pachacamac, asimismo, no se encuentra registrada en las nóminas precitadas, por lo que su designación como Jueza Supernumeraria fue en su condición de Trabajadora de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. En el ejercicio de sus funciones y conforme al Informe Nro. 008-2025-UPD-GAD-CSJLS-PJ del 17 de febrero del 2025 elaborado por la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, fl uye que durante el año 2024 el porcentaje de avance a la meta fue de 89.5%, teniendo una capacidad resolutiva de 71.2%, por lo que ha sido cali fi cado como “Bajo”; y, del Reporte de Expedientes - Individual Histórico de la Autoridad Nacional de Control se observa que registra medidas disciplinarias dentro de los últimos cuatro años, relacionado en los expedientes disciplinarios Nro. 1022-2021, Nro. 1023-2021, Nro. 1058- 2021, Nro. 880-2022, Nro. 4547-2022 y Nro. 58-2023, por retardo en la administración de justicia, negligencia e incurrir en acto que vulnera los deberes del cargo; por lo que se puede concluir que no ha cumplido con sus deberes que le exige el cargo, debiendo dejarse sin efecto su designación como Jueza Supernumeraria del Juzgado de Paz Letrado Permanente de Pachacamac. 2. El Juez Supernumerario ISAÍAS SÁNCHEZ RAMOS, quien conforme a la Resolución Administrativa N° 000211-2025-P-CSJLS-PJ, fue designado como Juez Supernumerario del Juzgado de Familia Transitorio de Chorrillos. 3. El Juez Supernumerario WERNER TELLO TRUJILLO fue designado como Juez Supernumerario del Primer Juzgado Paz Letrado Mixto de Lurín al ocupar el tercer orden de mérito de la NÓMINA - 2022. Em pero, se tiene que mediante Resolución Administrativa N° 000208-2025-P-CSJLS-PJ, esta Presidencia aceptó la renuncia del citado Magistrado por motivos de índole personal.