TEXTO PAGINA: 23
23 NORMAS LEGALES Martes 25 de marzo de 2025 El Peruano / DISPOSICIONES FINALES Primera SegundaTerceraCuartaQuinta Sexta SéptimaOctavaNovenaDécimaDécima primera ANEXO Anexo 1.- FORMATO DE RELACIÓN DE PERSONAL CON OMISIÓN AL SUFRAGIO O INASISTENCIA A LA INSTALACIÓN DE LA MESA DE SUFRAGIO REGLAMENTO DE JUSTIFICACIÓN Y DISPENSA ELECTORAL TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I MARCO LEGAL Artículo 1.- Objeto 1.1. Determinar las causas y el procedimiento para el otorgamiento de la justi fi cación de inasistencia a la instalación de la mesa de sufragio. 1.2. Determinar las causas y el procedimiento para el otorgamiento de dispensa por omisión al sufragio. Artículo 2.- Base Normativa 2.1. Constitución Política del Perú 2.2. Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones y sus modi fi catorias 2.3. Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones y sus modi fi catorias 2.4. Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales 2.5. Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil 2.6. Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS 2.7. Ley Nº 28859, Ley que suprime las restricciones civiles, comerciales, administrativas y judiciales, y reduce las multas a favor de los ciudadanos omisos al sufragio 2.8. Ley N° 28525, Ley de Promoción de los servicios de transporte aéreo. 2.9. Decreto Legislativo N° 1413, Decreto Legislativo Para Promover y Facilitar el Transporte Marítimo en Tráfi co de Cabotaje de Pasajeros y de Carga. 2.10. Decreto Supremo N° 017-2009-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Administración de Transporte. 2.11. Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes de grupo familiar. 2.12. Reglamento de la Ley N° 30364, aprobado por D.S N° 009-2016-MIMP, y modi fi catorias. 2.13. Decreto Supremo Nº 022-99-PCM que deja sin efecto el literal f del artículo 4 del Reglamento de Inscripciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil. 2.14. Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, aprobado por la Resolución Nº 001-2016-JNE y sus modi fi catorias. 2.15. Reglamento de Multas Electorales, aprobado por la Resolución Nº 264-2018- P/JNE. 2.16. Texto Único de Procedimientos Administrativos del Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 3.- Alcance El presente Reglamento es de observancia obligatoria y de aplicación desde la presentación de las solicitudes de justifi cación o dispensa electoral hasta su otorgamiento, improcedencia o declaración en abandono, de ser el caso. Tiene alcance para todo tipo de proceso electoral que genere multas electorales por omisión al sufragio o instalación a la mesa de sufragio. Artículo 4.- Alusión a géneros en el reglamento Para efectos del presente reglamento, cuando se haga alusión a las expresiones “ciudadano”, “solicitante”, “persona”, “peruano”, “miembro”, “funcionario”, “personal”, “fi scal”, incluyendo su respectivo plural, se entenderá indistintamente a mujer u hombre. Artículo 5.- Responsabilidad Son responsables del cumplimiento del presente Reglamento, el Director Central de Gestión Institucional, el Director Nacional de O fi cinas Desconcentradas, Director General de Recursos y Servicios, el Jefe de Servicios al Ciudadano, el Jefe de las O fi cinas Desconcentradas, el responsable designado de los Jurados Electorales Especiales, así como todo funcionario y servidor público cuyas actividades se relacionan con el presente Reglamento. CAPÍTULO II ABREVIATURAS Y DEFINICIONES Artículo 6.- AbreviaturasCEM: Centro de Emergencia Mujer CONADIS : Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad DCGI: Dirección Central de Gestión Institucional DNI: Documento Nacional de Identidad DNIe : Documento Nacional de Identidad electrónico DRET: Dirección de Registros, Estadísticas y Desarrollo Tecnológico FFAA : Fuerzas Armadas (Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea) INPE: Instituto Nacional Penitenciario JEE: Jurado Electoral Especial JNE: Jurado Nacional de Elecciones LPAG: Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General OD: Ofi cina Desconcentrada ONPE : Ofi cina Nacional de Procesos Electorales PNP: Policía Nacional del Perú PRONACEJ: Programa Nacional de Centros Juveniles RENIEC : Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil SC: Servicios al Ciudadano SISDIV: Sistema de Dispensa Virtual TUPA : Texto Único de Procedimientos Administrativos Artículo 7.- De fi niciones Para efectos del presente Reglamento se consideran las siguientes de fi niciones: 7.1 Casilla electrónica: Es el domicilio procesal electrónico de los usuarios, constituido por el espacio virtual seguro que el JNE otorga a éstos, a fi n de que puedan ser noti fi cados con los pronunciamientos de este organismo electoral, así como con los actos administrativos emitidos por los órganos de línea del JNE. 7.2. Ciudadano Peruano mayor de dieciocho (18) años, así como el peruano emancipado de acuerdo al Código Civil peruano que, como tal, fi gura en el padrón electoral. La nacionalidad peruana no se pierde, salvo por renuncia expresa ante la autoridad peruana. 7.3. Correo electrónico Es un método de comunicación que utiliza dispositivos electrónicos para entregar mensajes a través de redes informáticas. Asimismo, sirve para la noti fi cación de los actos administrativos que se generen en el marco de este procedimiento. 7.4. Desastre Es una interrupción severa del funcionamiento de una comunidad causada por un peligro, de origen