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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE MARZO DEL AÑO 2025 (29/03/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / Terminal de Pasajeros, adjuntando el Memorando Nº M-GPF-GALG-2024-0024 que contiene su propuesta de determinación de la tarifa mencionada. Asimismo, mediante la mencionada carta, LAP solicitó que el Ositrán le informe sobre el procedimiento aplicable; Que, mediante el Memorando Nº 00257-2024-GAJ- OSITRAN del 28 de junio de 2024, la Gerencia de Asesoría Jurídica se pronunció indicando que a la determinación de la tarifa de playa de estacionamiento vehicular del AIJC le resulta aplicable el procedimiento contemplado en el Reglamento General de Tarifas del Ositrán (en adelante, RETA), aprobado por la Resolución de Consejo Directivo Nº 0003-2021-CD-OSITRAN y modi fi cado mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 0015-2023-CD- OSITRAN; Que, de acuerdo con el artículo II del Título Preliminar del RETA, este resulta de aplicación a las Entidades Prestadoras que brindan servicios derivados de la explotación de la infraestructura de transporte de uso público; Que, el artículo III del Título Preliminar del RETA dispone que este reglamento será de aplicación supletoria a lo establecido en los contratos de concesión, siendo que las Entidades Prestadoras se sujetan a lo dispuesto en él y a la regulación tarifaria que establezca el Ositrán en todo lo que no se oponga a lo estipulado en sus respectivos contratos de concesión; Que, la Resolución de Presidencia Nº 0056-2024-PD- OSITRAN dispuso el inicio del procedimiento de revisión tarifaria, a pedido de parte, del servicio de playa de estacionamiento vehicular a ser brindado en el Nuevo Terminal del AIJC; Que, al amparo de lo establecido en el artículo 19 del RETA, mediante el Memorando Nº 00248-2024-GRE-OSITRAN del 29 de noviembre de 2024, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remitió a la Gerencia General el Informe “Propuesta: Revisión Tarifaria de la Tarifa Máxima de la playa de estacionamiento vehicular – Nuevo Terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez” (en adelante, la Propuesta Tarifaria del Regulador), elaborado por la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, y por la Gerencia de Asesoría Jurídica en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos, así como el proyecto de resolución respectivo que aprueba la propuesta tarifaria, la exposición de motivos y la relación de documentos que sustentan la mencionada propuesta; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20 del RETA, mediante la Resolución de Presidencia Nº 0079-2024-PD-OSITRAN, de fecha 29 de noviembre de 2024, se dispuso la publicación de la Propuesta Tarifaria del Regulador y anexos en el portal institucional del Ositrán; Que, asimismo, la resolución indicada en el párrafo precedente ordenó la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la propuesta de resolución de la Presidencia Ejecutiva que aprueba la propuesta tarifaria, su exposición de motivos y la relación de documentos que sustentan la propuesta tarifaria; igualmente, dispuso la publicación de dichos documentos en el portal institucional del Ositrán. Cabe señalar que la Resolución de Presidencia Nº 0079-2024-PD-OSITRAN se publicó en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 03 de diciembre de 2024; Que, adicionalmente, la mencionada resolución otorgó un plazo de dieciocho (18) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la misma, para que los interesados puedan formular sus comentarios sobre la Propuesta Tarifaria del Regulador; y, se encargó a la Gerencia de Atención al Usuario del Ositrán realizar la convocatoria de la audiencia pública para que el Regulador exponga dicha propuesta, de conformidad con los artículos 23, 24 y 25 del RETA; Que, el 04 de diciembre de 2024 se expuso la Propuesta Tarifaria del Regulador ante el Consejo de Usuarios de Aeropuertos; Que, el 06 de enero de 2025 se llevó a cabo la audiencia pública, en la cual el Ositrán expuso la metodología, los criterios económicos que sirvieron de base para la Propuesta Tarifaria del Regulador; Que, entre el 04 de diciembre de 2024 y el 08 de enero de 2025 se recibieron comentarios por parte de los interesados;Que, mediante el Memorando Nº 00041-2025-GRE- OSITRAN del 29 de enero de 2025, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remitió a la Gerencia General el Informe “Revisión Tarifaria de la Tarifa Máxima de la playa de estacionamiento vehicular – Nuevo Terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”, que incluye la matriz de evaluación de los comentarios enviados por los interesados a la Propuesta Tarifaria del Regulador, elaborado por dicha Gerencia con la participación de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos, así como el proyecto de resolución tarifaria correspondiente y su exposición de motivos. Ello, con la fi nalidad que sea puesto en consideración de Consejo Directivo; Que, mediante el proveído de fecha 25 de marzo de 2025, la Secretaría de Consejo Directivo devolvió el Memorando Nº 00041-2025-GRE-OSITRAN a la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos, ello, a fi n de que sea puesto en consideración de la Presidencia Ejecutiva al amparo de lo establecido en el numeral 10 del artículo 9 del ROF; Que, desde el 23 de octubre del 2023, este Organismo Regulador no cuenta con el quorum exigido para sesionar, conforme al artículo 6 del ROF y sus modi fi catorias; por lo que, en el marco de lo dispuesto por el numeral 10 del artículo 9 de dicho Reglamento, es función de la Presidencia Ejecutiva del Ositrán adoptar medidas de emergencia sobre asuntos que corresponda conocer al Consejo Directivo con cargo a darle cuenta a este posteriormente; Que, en aplicación del referido numeral 10 del artículo 9 del ROF, mediante la Resolución de Presidencia Nº 0048-2023-PD-OSITRAN de fecha 09 de noviembre de 2023, se aprobaron las Disposiciones para la adopción de medidas de emergencia por parte de la Presidencia Ejecutiva del Ositrán; Que, mediante el Memorando Nº 00081-2025-GRE- OSITRAN, de fecha de 27 de marzo de 2025, la Gerencia de Regulación y Estudios Económicos remitió a la Gerencia General el Informe “Revisión Tarifaria de la Tarifa Máxima de la playa de estacionamiento vehicular – Nuevo Terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”, que incluye la matriz de evaluación de los comentarios enviados por los interesados a la Propuesta Tarifaria del Regulador, elaborado por dicha Gerencia con la participación de la Gerencia de Asesoría Jurídica del Ositrán en lo relativo a la evaluación de los aspectos jurídicos, así como el proyecto de resolución tarifaria correspondiente y su exposición de motivos. Ello, con la fi nalidad que se remita a la Presidencia Ejecutiva, pues, como se indica en el referido informe, se con fi gura una situación de emergencia que debe ser sometida a su consideración en aplicación del artículo 9 del ROF; Que, luego de la evaluación respectiva, la Presidencia Ejecutiva mani fi esta su conformidad con los fundamentos y conclusiones del Informe “Revisión Tarifaria de la Tarifa Máxima de la playa de estacionamiento vehicular – Nuevo Terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez” y los demás documentos de vistos, constituyéndolos como parte integrante de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el inciso 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y sus modi fi catorias; Por lo expuesto, y en virtud de las funciones previstas en el REGO, estando a lo establecido en la Resolución de Presidencia Nº 0048-2023-PD-OSITRAN; y el numeral 10 del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ositrán, aprobado por Decreto Supremo Nº 0122015-PCM y sus modi fi catorias, y sobre la base del Informe “Revisión Tarifaria de la Tarifa Máxima de la playa de estacionamiento vehicular – Nuevo Terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez”; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la modi fi cación de la metodología aprobada mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2010-CD/OSITRAN, de conformidad con las consideraciones expuestas en el Informe “Revisión Tarifaria de la Tarifa Máxima de la playa de estacionamiento