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46 NORMAS LEGALES Sábado 29 de marzo de 2025 El Peruano / METODOLOGÍA El numeral 3.2 del Anexo 5 del Contrato de Concesión establece de manera expresa que la tarifa por el servicio de playa de estacionamiento vehicular que LAP está autorizado a ofrecer deberá ser igual al promedio simple de las tarifas de una muestra de playas de estacionamiento aprobada por Ositrán de manera oportuna. Es decir, la tarifa de la playa de estacionamiento vehicular en el AIJC se determina mediante un proceso de comparación, también conocido en la literatura regulatoria como tari fi cación comparativa o benchmarking . El 13 de noviembre de 2003, mediante el Acuerdo de Consejo Directivo Nº 407-129-03-CD-OSITRAN se aprobó el Informe Nº 055-03-GRE-OSITRAN de fecha 18 de septiembre de 2003, el cual estableció la metodología para el cálculo de la tarifa aplicable al servicio de playa de estacionamiento vehicular del AIJC. La Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2010-CD- OSITRAN, sustentada en el Informe Nº 0004-10-GRE-GAL-OSITRAN, estableció los detalles metodológicos que deben ser utilizados para seleccionar la muestra comparable a partir de la cual se determinará la tarifa máxima, señalando entre otros aspectos, que el Regulador podrá revisar la cali fi cación, criterios y aspectos metodológicos para la selección de las playas de estacionamiento, atendiendo a la evolución del mercado de estacionamiento vehicular y otros factores que considere pertinentes. PROPUESTA DE LAPSobre la base de la metodología utilizada para la determinación de la tarifa de playa de estacionamiento en la Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2010-CD/OSITRAN, la propuesta de LAP plantea la adición de dos (2) nuevos indicadores: (1) Equipos de control de acceso (PMS) el cual constituiría un indicador del criterio de Infraestructura; y, (2) Pago con sistema POS que sería un nuevo indicador del criterio de Calidad del servicio. Con esa modi fi cación metodológica, LAP evaluó las características del Nuevo Terminal del AIJC obteniendo un puntaje de 3,72. Asimismo, evaluó 35 playas de estacionamiento de Lima y Callao y les asignó el puntaje correspondiente. A partir de ello, LAP seleccionó la muestra de playas de estacionamiento comparables a la del AIJC empleando el criterio de +/- 15%, identi fi cando 11 playas de estacionamiento que cumplían con tener un puntaje dentro de ese rango de admisibilidad. Adicionalmente, excluyó dos playas con las tarifas más alta y más baja. De este modo, a partir del promedio simple de las tarifas de 9 playas de estacionamiento de la muestra comparable, el Concesionario estimó que la tarifa máxima aplicable al servicio de estacionamiento vehicular en el AIJC asciende a S/ 9,90 por hora o fracción para vehículos menores o ligeros, incluyendo el IGV, tal como se aprecia en el siguiente cuadro: Tarifa máxima propuesta por LAP para el Servicio de Playa de estacionamiento vehicular del Nuevo terminal del AIJC Servicio Unidad de cobroTarifa máxima (En S/, incluye IGV) Playa de estacionamiento vehicular del AIJC-Nuevo TerminalHora o fracción 9,90 Fuente: Propuesta Tarifaria de LAP. REVISIÓN TARIFARIA DE OSITRÁN Bajo la metodología de promedio simple de una muestra comparable o tari fi cación comparativa (benchmarking ), la tarifa que determine el Regulador será aquella que resulte de promediar las tarifas de una muestra de establecimientos que brindan el servicio de estacionamiento vehicular en Lima y Callao con características similares al servicio de estacionamiento vehicular que ofrecerá el Nuevo Terminal del AIJC. Ositrán considera que, aunque la implementación de Sistemas de Control de Acceso o PMS en las playas de estacionamiento puede facilitar la gestión operativa de las playas de estacionamiento, especialmente de las que tienen un alto fl ujo vehicular, como el de la playa de estacionamiento del AIJC, el Concesionario no ha logrado demostrar que la implementación de dichos sistemas genere bene fi cios signi fi cativos desde la perspectiva de los usuarios. Por ello, corresponde denegar la propuesta de LAP de incluir el PMS como un indicador adicional para evaluar el criterio de infraestructura de las playas de estacionamiento que conformarán la muestra. En cuanto al Sistema de Pago POS, Ositrán considera que este constituye actualmente un estándar de uso generalizado en la provisión de servicios y, en particular, en la prestación del servicio de playas de estacionamiento en Lima, respondiendo así a la preferencia de los usuarios por estos mecanismos de pago alternativos al efectivo. Por lo tanto, se considera pertinente aceptar la propuesta de LAP de incluir el Sistema de Pago POS como un indicador adicional para evaluar el criterio de calidad de las playas de estacionamiento que conformarán la muestra. En ese sentido, corresponde modi fi car la metodología aprobada mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 030-2010-CD/OSITRAN, únicamente en el extremo referido a la tabla de criterios, indicadores y ponderadores de evaluación y cali fi cación de las playas de estacionamiento contenido en el Anexo Nº 1 de la mencionada resolución, a efectos de incluir en el criterio de calidad un indicador vinculado a la disponibilidad de un sistema de pago POS para facilitar a los usuarios opciones de pago distintas al efectivo y consecuentemente modi fi car las ponderaciones de los indicadores de calidad. De acuerdo con la metodología aprobada, las playas de estacionamiento que serán incluidas dentro de la muestra fi nal de playas comparables a la del AIJC son aquellas cuyos puntajes estén dentro del rango de admisibilidad de +/-15% del puntaje de la playa del AIJC. Además, la metodología contempla que si una vez seleccionadas las playas similares se ha obtenido una muestra inferior a diez (10) playas, se ampliará progresivamente el rango de admisibilidad hasta llegar a tener una muestra de, por lo menos, diez (10) playas. Para calcular el promedio de tarifas de la muestra fi nal, se excluyen los valores extremos a efectos de evitar que generen distorsiones en la muestra por factores no observados y sesgar los resultados que se obtengan al promediar las tarifas. La muestra fi nal considera las tarifas de 19 playas de estacionamiento de Lima y Callao, cuyas tarifas ascienden, en promedio, a S/ 8,36 por hora. Finalmente, se considera pertinente mantener la estructura de cobro establecida por este Organismo Regulador por intermedio de la Resolución de Consejo Directivo Nº 077-2015-CD-OSITRAN y rati fi cada mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 011-2016-CD-OSITRAN para el presente procedimiento de revisión tarifaria. Considerando lo anterior, así como las Reglas para el redondeo y presentación de las cifras decimales establecidas en el Anexo IV del RETA, las tarifas máximas (incluido IGV) son: TARIFA MÁXIMA PARA LA PLAYA DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR DEL NUEVO TERMINAL DEL AIJC Unidad Tiempo de usoTarifa máxima (S/, incluye IGV) Vehículo ligero0 a 45 minutos 6,30 46 a 60 minutos 8,40 61 minutos en adelante8,40 por hora o fracción Elaboración: Gerencia de Regulación y Estudios Económicos del Ositrán. De acuerdo con la metodología aprobada por el Regulador, la mencionada tarifa máxima tendrá una