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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MAYO DEL AÑO 2025 (17/05/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Sábado 17 de mayo de 2025 El Peruano / viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor General FAP Roberto Antonio MELGAR SHEEN, identi fi cado con DNI N° 43618149, del Coronel FAP Wolfgang Polidoro García Lindberg, identi fi cado con DNI N° 10542067, y del Ingeniero Gustavo Adolfo Henríquez Camacho, identi fi cado con DNI N° 25706827, para que participen en la 3° Edición del Taller de los Acuerdos de Artemisa, a realizarse en la ciudad de Abu Dabi, Emiratos Árabes Unidos, del 21 al 22 de mayo de 2025, autorizando su salida del país el 19 de mayo y su retorno el 23 de mayo de 2025. Artículo 2.- La Comisión Nacional de Investigación y Desarrollo Aeroespacial - CONIDA, efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo al siguiente concepto: Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - Adu Dabi (Emiratos Árabes Unidos) - LimaUS$ 4,591.20 x 3 personas US$ 13,773.60 Viáticos: US$ 510.00 x 2 días x 3 personas US$ 3,060.00 Total a pagar: US$ 16,833.60 Artículo 3.- El personal autorizado debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2400289-1 DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO Aprueban el Plan Operativo Institucional Multianual 2026-2028 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0166-2025- MIDAGRI Lima, 14 de mayo de 2025VISTOS:El Memorando N° 1062-2025-MIDAGRI-SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 0120-2025-MIDAGRI-SG/OGPP- OPLA de la O fi cina de Planeamiento y el Informe N° 0623-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 1 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que corresponde a los Ministros de Estado, la función de dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, el Decreto Legislativo N° 1088, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, crea el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), como organismo de derecho público cuya fi nalidad es constituirse como el órgano rector y orientador del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN); Que, el numeral 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, señala, entre otros, que el Titular de la Entidad es responsable de determinar las prioridades de gasto de la Entidad en el marco de sus objetivos estratégicos institucionales que conforman su Plan Estratégico Institucional (PEI), sujetándose a la normatividad vigente; Que, el numeral 22.3 del artículo 22 de la Directiva N° 001-2024-CEPLAN/PCD, “Directiva General de Planeamiento Estratégico del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico - SINAPLAN”, aprobada por Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 00021-2024/CEPLAN/PCD y modi fi catorias, establece, entre otros, que el Plan Operativo Institucional (POI) multianual se formula con un horizonte temporal de tres (3) años, alineado a las metas del PEI al cual se articula y debe usarse para orientar la asignación presupuestal que efectúa el Titular del pliego correspondiente. La entidad utiliza el aplicativo informático que establezca el CEPLAN para registrar y aprobar el POI Multianual y para consistenciar el POI Anual con el PIA; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 0055-2024/CEPLAN/PCD el CEPLAN, aprueba la versión actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional, que tiene por objetivo establecer la metodología para el proceso de elaboración (formulación o actualización) del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), conforme al Ciclo de Planeamiento Estratégico; Que, en el numeral 2.2 del Capítulo 3 de la citada Guía, referido al POI Multianual, establece, entre otros, que la entidad elabora y aprueba su POI Multianual con la fi nalidad de orientar la asignación de recursos al logro de las metas prioritarias por un periodo de tres (3) años, para ello toma en cuenta la situación económica y fi scal del país, descrita en el Marco Macroeconómico Multianual - MMM y la estructura presupuestal del año vigente en coordinación con el ente rector del Sistema Nacional de Presupuesto Público, es aprobado antes de la Programación Multianual de presupuesto de la entidad, en consecuencia, el Titular de la entidad (para los tres niveles de gobierno) aprueba el POI Multianual hasta el 30 de abril y se realiza a través del aplicativo informático que establezca el CEPLAN; Que, mediante Resolución de Presidencia de Consejo Directivo Nº 042-2025/CEPLAN/PCD se prorroga para el presente año el plazo señalado en el numeral 2.2 de la Guía antes mencionada, estableciendo el día 14 de mayo de 2025 como plazo para la aprobación del Plan Operativo Institucional Multianual 2026 - 2028; Que, por Resolución Ministerial N° 0020-2025-MIDAGRI, se aprueba el Plan Estratégico Institucional - PEI 2025-2030 del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante Acta N° 004-2025-SG/OGPP-ST/CPE- PLIEGO 013, la Comisión de Planeamiento Estratégico