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25 NORMAS LEGALES Sábado 17 de mayo de 2025 El Peruano / Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI y el Decreto Supremo N° 010-2017-DE, que aprueba la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHAVEZ Ministro de Defensa 2400433-1 Aprueban modificación del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú del pliego 026 M. de Defensa, en la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados para el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 00570-2025-DE Lima, 15 de mayo del 2025VISTOS: El O fi cio EXTRA FAP N° 0217-2025-EMGRA/FAP de la Jefatura del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú; el O fi cio N° 01559-2025-MINDEF/VRD- DGRRHH y el Informe N° 00079-2025-MINDEF/VRD-DGRRHH/JSR, de la Dirección General de Recursos Humanos; el O fi cio N° 01553-2025-MINDEF/VRD-DGPP y el Informe N° 00222-2025-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Legal N° 00897-2025-MINDEF/SG-OGAJ y el O fi cio N° 480-2025-MINDEF/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se expidió la Resolución Ministerial N° 01764-2024-DE, que aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2025 del Pliego 026. M. de Defensa, por toda fuente de fi nanciamiento; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, establece que, cuando se produzca una modi fi cación en las estimaciones de ingresos que determinen una variación en los recursos, correspondientes a las fuentes de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados y Recursos Determinados, se autoriza a las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, para modi fi car su presupuesto institucional aprobado por las fuentes de fi nanciamiento antes mencionadas. Que, la norma acotada señala también que, para el caso de los recursos por la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, la autorización a la que se re fi ere el párrafo precedente se aplica solo para reducir su presupuesto institucional aprobado; asimismo, la modi fi cación del presupuesto institucional autorizada se aprueba mediante resolución del titular de la entidad para el caso de las entidades del Gobierno Nacional. La resolución del titular de la entidad se publica en el diario o fi cial El Peruano. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, mediante O fi cio Extra FAP N° 000217-EMGRA/ FAP el Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú solicita la reducción del marco presupuestal en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de S/ 62 426 288,00 (SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en virtud de la habilitación prevista en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, con el O fi cio N° 01559-2025-MINDEF/VRD- DGRRHH la Dirección General de Recursos Humanos remite el Informe N° 00079-2025-MINDEF/VRD- DGRRHH/JSR, a través cual se considera necesario realizar las gestiones para la reducción del presupuesto en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por el importe de S/ 62 426 288,00 (SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES); Que, con el O fi cio N° 01553-2025-MINDEF/VRD-DGPP la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 00222-2025-MINDEF/VRD-DGPP-DIPP elaborado por la Dirección de Planeamiento y Presupuesto, señala que es necesario autorizar la reducción del marco presupuestal en el Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2025 de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de S/ 62 426 288,00 (SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en aplicación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, a través del Informe Legal N° 00887-2025-MINDEF/SG-OGAJ y el O fi cio N° 480-2025-MINDEF/SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera que resulta legalmente viable expedir la resolución ministerial que reduce el marco presupuestal en los términos propuestos por la Fuerza Aérea del Perú, conforme a la evaluación efectuada por la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto y la Dirección General de Recursos Humanos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Recursos para la Defensa, de la Dirección General de Planeamiento y Presupuesto, de la Dirección General de Recurso Humanos; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa. SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar la modi fi cación del Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 005: Fuerza Aérea del Perú del pliego 026 M. de Defensa, en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados para el Año Fiscal 2025, el mismo que se reduce en aplicación de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 62 426 288,00 (SESENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS VEINTISEIS MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS En Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2. Recursos Directamente Recaudados 1 : Ingresos Presupuestarios 1.5 : Otros Ingresos1.5.3 : Aportes por regulación1.5.3.1 : Aportes por regulación 1.5.3.1.1 : Provenientes de las empresas de saneamiento 1.5.3.1.1.99 : Otras Empresas 62 426 288,00 -------------------- TOTAL INGRESOS 62 426 288,00 =============