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35 NORMAS LEGALES Sábado 17 de mayo de 2025 El Peruano / A “Fichas Técnicas de los indicadores de los compromisos establecidos para el Tramo III del año 2024 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) Tramo III - 2024” aprobado mediante la Resolución Directoral N° 0041-2024-EF/50.01, Resolución Directoral que aprueba fi chas técnicas y metas de los indicadores de los compromisos establecidos para el Tramo III del año 2024 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal, conforme al siguiente detalle: “(…)COMPROMISO 5: FORTALECER EL ROL DE LOS GOBIERNOS LOCALES (GL) EN FAVOR DE LA SEGURIDAD CIUDADANA Ficha Técnica del Indicador 5.2 Nombre del Indicador 5.2 Porcentaje de espacios priorizados que reciben acciones para mejorar la seguridad ciudadana Precisiones técnicas (…)A.1 Precisiones técnicas para el cálculo del denominador de la Acción 1:(…)b) Se considerará a las UM (autos, camionetas y/o motos) registradas en el SIPCOP-M, en estado: i) operativas, ii) vinculadas e iii) inoperativas recuperables, cuyo uso esté destinado al servicio de patrullaje; para la evaluación del Tramo III se considerará las UM registradas en el Tramo II. Se podrá actualizar el número de UM para aquellas municipalidades que, i) su presupuesto asignado en Recursos Ordinarios, haya disminuido en más del 75% respecto al año 2024, previa evaluación de la evidencia registrada en el módulo de AT del SIPCOP-M hasta el 21 de diciembre del 2024, ii) otorguen en cesión de uso, las unidades móviles de serenazgo a la Policía Nacional del Perú, para tal efecto se considera desde la fecha de la carta de intención o similar remitida por el gobierno local al Ministerio del Interior, formalizándose posteriormente mediante la suscripción del convenio correspondiente. El estado de la UM podrá variar, aquellas que cambien del estado: operativo, vinculado o inoperativo recuperable a inoperativo irrecuperable o que se destinen a otra área administrativa, ya no podrán participar en el Tramo III; sin embargo, se mantiene la cantidad de UM para el cálculo de patrullajes programados.(…)A.2 Precisiones técnicas para el cálculo del numerado de la Acción 1:(…) c) Parámetro 3: Ocurrencias: registro mínimo de tres (03) ocurrencias en el SIPCOP-M identificadas en el espacio priorizado.(…)- Para efectos de la evaluación, en los días en que la municipalidad no haya podido registrar ocurrencias debido al mantenimiento y/o mejora tecnológica del SIPCOP-M, no se aplicará el parámetro 3 “Ocurrencias” a dichas fechas, las cuales serán verificadas mediante el reporte de Fechas afectadas de la OGTIC a la DGSC al cierre del tramo III.(…)Ficha técnica del Indicador 5.3 Nombre del Indicador 5.3. Porcentaje de Patrullajes ejecutados que cumplen los parámetros establecidos en favor de la población Precisiones técnicas(…)I. Precisiones técnicas para el cálculo del numerador: PE(…) 1.2.3 Número de Ocurrencias: (…)- Para efectos de la evaluación, en los días en que la municipalidad no haya podido registrar ocurrencias debido al mantenimiento y/o mejora tecnológica del SIPCOP-M, no se aplicará el parámetro 1.2.3 “Número de Ocurrencias” a dichas fechas, las cuales serán verificadas mediante el reporte de Fechas afectadas de la OGTIC a la DGSC al cierre del tramo III.(…)II. Precisiones técnicas para el cálculo del denominador: PP(…)2.2 Se considerará a las UM (autos, camionetas y/o motos) registradas en el SIPCOP-M, en estado: i) operativas, ii) vinculadas e iii) inoperativas recuperables, cuyo uso esté destinado al servicio de patrullaje; para la evaluación del Tramo III se considerará las UM registradas al 21 de diciembre del 2024 . Para efectos de evaluación no se considerarán las unidades móviles de serenazgo que las municipalidades entreguen, en cesión de uso, a la Policía Nacional del Perú, desde la fecha de la carta de intención o similar remitida por el gobierno local al Ministerio del Interior, formalizándose posteriormente mediante la suscripción del convenio correspondiente. El estado de la UM podrá variar, aquellas que cambien del estado: operativo, vinculado o inoperativo recuperable a inoperativo irrecuperable o que se destinen a otra área administrativa, ya no podrán participar en el Tramo de evaluación; sin embargo, se mantiene la cantidad de UM para el cálculo de patrullajes programados . (…) (…)” Artículo 2. Publicación La presente Resolución Directoral se publica en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL ORLANDO TALLA PIMENTEL Director GeneralDirección General de Presupuesto Público 2400080-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES