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19 NORMAS LEGALES Sábado 1 de noviembre de 2025 El Peruano / Transferencia de Partidas se encuentran en el Anexo “Transferencia de Partidas con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas”, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en las sedes digitales del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas (www.gob.pe/inen) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular de los pliegos habilitadores y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3 . Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4 . Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta y un días del mes de octubre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES Ministra de Economía y Finanzas LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Ministro de Salud 2454443-2 Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora DECRETO SUPREMO Nº 237-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el literal b) del numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, durante el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Economía y Finanzas, a realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional a favor de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales, con cargo a los recursos a los que se re fi ere el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, para fi nanciar gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, que incluye además el control, investigación y sanción de dichas acciones; Que, asimismo, el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, dispone que las modi fi caciones presupuestarias a las que se re fi ere el numeral 17.1, se aprueban utilizando solo el mecanismo establecido en el artículo 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, debiendo contar, además, con el refrendo del ministro del sector correspondiente en el caso de las entidades del Gobierno Nacional; con el refrendo del Presidente del Consejo de Ministros en el caso del Gobierno Regional y Gobierno Local, a propuesta del titular de la entidad solicitante; Que, los artículos 53 y 54 del Decreto legislativo Nº 1440, Decreto legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los presupuestos de los pliegos, disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, mediante el O fi cio Nº 000222-2025-IN-DM, el Ministerio del Interior solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora de la provincia de Trujillo del departamento de La Libertad, para fi nanciar las acciones vinculadas con el servicio de seguridad ciudadana asociado a la lucha contra la delincuencia, en el marco de lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; adjuntando para dicho efecto, el Informe Nº 001064-2025-IN-OGPP-OP de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto del citado Ministerio, con los respectivos sustentos; Que, mediante el Memorando Nº 3948-2025- EF/53.04, que adjunta el Informe Nº 3710-2025-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo con sus competencias, estima el costo para el fi nanciamiento de contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS), por el periodo de octubre a diciembre de 2025, que asciende a la suma de S/ 637 887,00 (SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora; Que, en ese sentido, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, por la suma de S/ 1 043 037,00 (UN MILLÓN CUARENTA Y TRES MIL TREINTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), para fi nanciar gastos asociados a la lucha contra la delincuencia y el crimen organizado, a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; De conformidad con lo establecido en el literal b) del numeral 17.1 y el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 y en los artículos 53 y 54 del Decreto