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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (01/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Sábado 1 de noviembre de 2025 El Peruano / AMBIENTE Designan Jefe de la Oficina General de Tecnología de la Información RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00281-2025- MINAM Lima, 31 de octubre de 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el puesto de Jefe de la O fi cina General de Tecnología de la Información del Ministerio del Ambiente, siendo necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 01 de noviembre de 2025, al señor Jesús Antonio Cárdenas Oscata, en el puesto de Jefe de la O fi cina General de Tecnología de la Información del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL ANGEL ESPICHÁN MARIÑAS Ministro del Ambiente 2454286-1 CUL TURA Aprueban tarifas promocionales para visitantes nacionales, extranjeros residentes en el país y ciudadanos de la Comunidad Andina a la Llaqta de Machupicchu, durante el año fiscal 2026 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000284-2025-MC San Borja, 30 de octubre del 2025VISTOS: el Informe Nº 000522-2025-DE-DDC CUS/ MC y el Memorando Nº 003460-2025-DDC-CUS/MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco; el Memorando Nº 003133-2025-DGPA-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, el Memorando Nº 001423-2025-DGPC-VMPCIC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural, el Memorando Nº 002019-2025-OGPP-SG/MC de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 001447-2025-OGAJ-SG/MC de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, por la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su modi fi catoria, se crea el Ministerio de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, estableciéndose las áreas programáticas de acción sobre las cuales ejerce sus competencias y atribuciones para el logro de los objetivos y metas del Estado; Que, mediante el artículo 3 de la Ley Nº 32392, Nueva Ley General de Turismo, se declara de interés nacional el turismo y su tratamiento como política prioritaria del Estado para el desarrollo del país, reconociéndolo como actividad esencial para la generación de empleo, el crecimiento económico y el desarrollo ambientalmente sostenible; Que, el artículo 39 de la precitada ley, señala que, con el objeto de promover el turismo interno, las autoridades competentes pueden establecer, en determinados periodos, tarifas promocionales para el ingreso a las áreas naturales protegidas o a los bienes integrantes del patrimonio cultural de la nación, las cuales deben ser comunicadas al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo o al órgano regional competente en materia de turismo para su difusión; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 000440- 2024-MC, se aprueban las tarifas promocionales para los visitantes nacionales, extranjeros residentes en el país y ciudadanos de la Comunidad Andina, a la Llaqta de Machupicchu, durante el año fi scal 2025, que incluye la tarifa promocional por horarios diferenciados para su acceso; Que, en dicho marco, mediante el Informe Nº 000522-2025-DE-DDC CUS/MC y el Memorando Nº 003460-2025-DDC-CUS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco propone las tarifas promocionales para la visita a la Llaqta de Machupicchu, para el ejercicio fi scal 2026, las mismas que buscan generar un impacto positivo en el fomento del turismo interno e impulsar la economía local; asimismo, se remite el Informe Nº 001086-2025-UDPANM/MC, por el cual la Unidad Desconcentrada del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu realiza el sustento técnico de las referidas tarifas promocionales; Que, mediante el Memorando Nº 003133-2025-DGPA- VMPCIC/MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble remite los Informes Nº 001167-2025-DMO-DGPA-VMPCIC/MC y Nº 000226-2025-DMO-DGPA-VMPCIC-GBC/MC, a través de los cuales la Dirección de Gestión de Monumentos valida esta propuesta de tarifas promocionales para el año fi scal 2026 de la Llaqta de Machupicchu; Que, mediante Memorando Nº 001423-2025-DGPC- VMPCIC/MC la Dirección General de Patrimonio Cultural remite el Informe Nº 000697-2025-DSPM-DGPC-VMPCIC/MC, por el cual la Dirección de Sitios de Patrimonio Mundial emite opinión favorable respecto de la aprobación de las referidas tarifas promocionales; Que, a través del Memorando Nº 002019-2025-OGPP- SG/MC, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000378-2025-OOM-OGPP-SG/MC, por el cual la O fi cina de Organización y Modernización emite opinión favorable a la propuesta de tarifas promocionales para el ingreso a la Llaqta Machupicchu para el ejercicio fi scal 2026, las cuales buscan promover el turismo interno; Que, a través del Informe Nº 001447-2025-OGAJ- SG/MC la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la propuesta de propuesta de tarifas promocionales para el ingreso a la Llaqta Machupicchu para el año 2026; Que, en tal sentido, se estima por conveniente aprobar las mencionadas tarifas promocionales para el año 2026; Con los vistos del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, de la Dirección General de Patrimonio Cultural, de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 29565, Ley de la creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 32392, Nueva Ley General de Turismo; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC;