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28 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / vulnerable en situación de desempleo, subempleo, pobreza, pobreza extrema, o enfrente especiales difi cultades estructurales o coyunturales, afectada por crisis económica y/o en situaciones de emergencia o desastres o personas con discapacidad, o mujeres víctimas de toda forma o contexto de violencia, a través del fi nanciamiento co fi nanciamiento de proyectos de inversión y actividades de intervención inmediata, intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC) con pertinencia social, cultural y lingüística; Que, el literal a) del inciso 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza, de manera excepcional, entre otras, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo para el Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú” a favor de gobiernos locales; estableciéndose en el inciso 13.2 del citado artículo, que dichas transferencias fi nancieras autorizadas se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, y que, dicha resolución se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, a través de la Resolución Directoral N° 000037- 2024-MTPE/3/24.1, se aprueban las Modalidades de Intervención del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, conforme al anexo que forma parte integrante de dicha Resolución Directoral; Que, el anexo de la precitada Resolución Directoral, señala, sobre la modalidad de Intervención 3 - Ámbito de atención especial o de interés público, que: “Esta modalidad de intervención aborda la necesidad de generar empleo temporal, a través de la ejecución de proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata intensivas en mano de obra no cali fi cada (MONC), para la población en el ámbito priorizado por el Programa que deriven de una mesa de diálogo, mesa técnica, o similares, a nivel sectorial, intersectorial e intergubernamental, previa coordinación con el Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral y/o Despacho Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Asimismo, esta modalidad contempla la intervención en ámbitos priorizados mediante norma expresa, tales como: distritos declarados como áreas críticas de frontera por la autoridad competente, Corredor Vial Sur, Plan de Cierre de Brechas, entre otras. Bajo esta modalidad, el Programa podrá fi nanciar y/o co fi nanciar proyectos de inversión y/o actividades de intervención inmediata, de acuerdo a la disponibilidad presupuestal o la asignación de recursos adicionales; asimismo, las disposiciones especí fi cas, ámbito de intervención, y otros, de corresponder, serán establecidos en los documentos técnico - normativos que apruebe el Programa”; Que, con Resolución Directoral N° 000017-2025- MTPE/3/24.1, se aprueba la Directiva N° 000002-2025-MTPE/3/24.1, denominada “Directiva para la Elaboración, Presentación y Revisión de Fichas de Actividades de Intervención Inmediata (AII), intensivas en Mano de Obra No Cali fi cada (MONC) dirigida a los Organismos Proponentes”; Que, mediante Resolución Directoral N° 000184- 2025-MTPE/3/24.1, se aprueba la Directiva N° 0014-2025-MTPE/3/24.1, denominada “Directiva para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en ámbito priorizado de Distrito de San Juan de Mira fl ores – Provincia de Lima - Departamento de Lima”, de la cual forma parte, el Anexo N° 01, denominado: Cronograma para el fi nanciamiento de Actividades de Intervención Inmediata, en el ámbito priorizado del distrito de San Juan de Mira fl ores - Provincia de Lima - Departamento de Lima; Que, a través de la Resolución Directoral N° 000187- 2025-MTPE/3/24.1, se aprueba el “Listado de Actividades de Intervención Inmediata Elegibles (AII-87), en el ámbito priorizado del Distrito de San Juan de Mira fl ores – Provincia de Lima - Departamento de Lima”, del cual forman parte tres (03) Actividades de Intervención Inmediata, cuyo Aporte Total del Programa asciende a S/ 511 242,00 (Quinientos Once Mil Doscientos Cuarenta y Dos y 00/100 Soles) que podrían generar un estimado de 121 (ciento veintiuno) empleos temporales;Que, mediante O fi cio N° 002338-2025-MTPE/3/24.1, la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, solicita al Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, la emisión y publicación de la resolución ministerial que apruebe la transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 511 242,00 (Quinientos Once Mil Doscientos Cuarenta y Dos y 00/100 Soles), para el pago del aporte total del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, en favor de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores con quien se han suscrito tres (03) convenios, con el objeto de fi nanciar la ejecución de tres (03) Actividades de Intervención Inmediata (AII-87), en el ámbito priorizado del referido distrito, con el cual se estima generar 121 (ciento veintiuno) empleos temporales; para cuyo efecto, adjunta los informes técnicos de las unidades funcionales competentes que sustentan dicha transferencia; Que, mediante Memorándum N° 001527-2025- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 000566-2025-MTPE/4/9.2 de la O fi cina de Presupuesto, que contiene la opinión favorable en materia presupuestaria, respecto a la transferencia fi nanciera en mención; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y a los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica mediante el Informe N° 000034-2025-MTPE/4/8-LZC, opina que es legalmente viable la emisión del acto de administración solicitado; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Secretaría General, de la Dirección Ejecutiva del Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; la Ley N° 32185, Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de los Gobiernos Locales Autorizar una transferencia fi nanciera del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Trabaja Perú, Programa de Empleo Temporal “Llamkasun Perú”, hasta por la suma de S/ 511 242,00 (QUINIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 SOLES) a favor del gobierno local, con quien se han suscrito tres (03) convenios con el objeto de fi nanciar la ejecución de Actividades de Intervención Inmediata (AII-87), en el ámbito priorizado del Distrito de San Juan de Mira fl ores – Provincia de Lima - Departamento de Lima, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 005: Trabaja Perú, Categoría Presupuestal Programa Presupuestal: 0073 Programa para la Generación del Empleo Social Inclusivo – Trabaja Perú, Actividad: “5006294 Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos y actividades”, Categoría de Gasto: 5. Gasto Corriente, Genérica de Gasto: 2.4 Donaciones y Transferencias, en la Fuente de Financiamiento: 1 Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera, autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.