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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 13 de noviembre de 2025 El Peruano / Autorizan viaje de servidores del INACAL para asistir a un programa de pasantías que se realizará en Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000385-2025- PRODUCE Lima, 12 de noviembre de 2025 VISTOS: El O fi cio N° 000247-2025-INACAL/PE del Instituto Nacional de Calidad; el Memorando N° 00000956-2025-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Informe N° 00001265-2025-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D000026-2024-INACAL/PE, se aprueba el documento equivalente del Proyecto de Inversión con código único de inversiones (CUI) N° 2619252, denominado “Mejoramiento de los servicios operativos o misionales institucionales en los Laboratorios de Fotometría y Radiometría Óptica del Instituto Nacional de Calidad, distrito de San Borja de la provincia de Lima del departamento de Lima”. Dicho proyecto cuenta con dos componentes: (i) adecuado equipamiento para la prestación de servicios de verifi cación y calibración de luxómetros y luminancímetros; y, (ii) su fi ciente conocimiento del personal técnico para la aplicación de los métodos actualizados y la prestación de nuevos servicios; Que, mediante la comunicación electrónica del 5 de agosto de 2025, el Instituto Nacional de Metrologia, Qualidade e Tecnologia - INMETRO de Brasil invita a la Dirección de Metrología del Instituto Nacional de Calidad - INACAL a participar en un Programa de Pasantías en el campo de la Radiometría y la Fotometría (calibración de luxómetros y luminancímetros), a realizarse del 24 al 28 de noviembre de 2025; Que, con el O fi cio N° 000247-2025-INACAL/PE, el INACAL solicita la autorización de viaje de los servidores JOSE SAMUEL RAMIREZ HERRERA, Coordinador del Laboratorio de Fotometría y Radiometría Óptica, y BILLY BERINO QUISPE CUSIPUMA, Coordinador del Área de Electricidad y Termometría, para asistir al Programa de Pasantías en el campo de la Radiometría y la Fotometría (calibración de luxómetros y luminancímetros) en el INMETRO (en adelante, la capacitación), a realizarse del 24 al 28 de noviembre de 2025, en la ciudad de Rio de Janeiro, República Federativa de Brasil; Que, la capacitación referida en el considerando precedente se encuentra técnica, presupuestal y legalmente sustentada en los Informes Nº s 000078-2025-INACAL/DM, 000150-2025-INACAL/OA-EFRH, 000043-2025-INACAL/ OA/EFCNT, 000222-2025-INACAL/OA-EFABAS, 000204- 2025-INACAL/OPP y 000357-2025-INACAL/OAJ, el Informe Técnico N° 000043-2025-INACAL/OCOOP, los Memorandos N°s 001711-2025-INACAL/OPP, 001705-2025-INACAL/ OPP, 000826-2025-INACAL/OA y 001731-2025-INACAL/ OPP, así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N°s 0000003519, 0000003522 y 0000003523, emitidos por la Dirección de Metrología, el Equipo Funcional de Recursos Humanos, el Equipo Funcional de Contabilidad, el Equipo Funcional de Abastecimiento, la O fi cina de Cooperación Internacional, la O fi cina de Administración, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la O fi cina de Asesoría Jurídica, todos del INACAL; Que, el Informe Técnico Sustentatorio de la O fi cina de Cooperación Internacional del INACAL señala que la participación en la capacitación permitirá ampliar las capacidades de medición del Laboratorio de Fotometría y Radiometría Óptica y desarrollar los servicios de calibración de luxómetros y luminancímetros; asimismo, permitirá cumplir con los objetivos planteados en el Proyecto de Inversión con CUI N° 2619252 “Mejoramiento de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en los Laboratorios de Fotometría y Radiometría Óptica del Instituto Nacional de Calidad, distrito de San Borja de la provincia de Lima del departamento de Lima”;Que, mediante el Memorando N° 00000956-2025-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria extiende su conformidad a fi n de continuar con el trámite de autorización de viaje; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, señala que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se autoriza conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores públicos y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, la citada Ley N° 27619, establece en sus artículos 2 y 3, que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deben sustentar en el interés nacional o institucional, y que deben publicarse en el diario o fi cial El Peruano con anterioridad al viaje cuya autorización se solicita; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo N° 047- 2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, señala que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente; asimismo, en su artículo 2 contempla que la Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac (tarifa única de uso de aeropuerto - TUUA); sin perjuicio de ello, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE se aprueba la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, la cual regula el procedimiento a seguir en el Ministerio de la Producción, para la autorización de viajes al exterior del territorio nacional de los funcionarios y servidores de los órganos, unidades orgánicas, programas, y organismos adscritos, en comisión de servicios, por capacitación o representación del Sector Producción; Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos son cubiertos con cargo a los recursos del presupuesto del INACAL, en el marco del Proyecto de Inversión con CUI N° 2619252 “Mejoramiento de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en los Laboratorios de Fotometría y Radiometría Óptica del Instituto Nacional de Calidad, distrito de San Borja de la provincia de Lima del departamento de Lima”; Que, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes, resulta de interés institucional autorizar el viaje en comisión de servicios de los citados servidores del INACAL, para que participen en la citada capacitación; además, la referida autorización de viaje al exterior cumple con las disposiciones establecidas en la Directiva General N° 001-2020-PRODUCE-DM; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y sus modi fi catorias; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y su modi fi catoria; y la Resolución Ministerial N° 031-2020-PRODUCE, que