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24 NORMAS LEGALES Sábado 15 de noviembre de 2025 El Peruano / cuatrocientos setenta y 00/100 Dólares Americanos) a US$ 78 734 470,00 (Setenta y ocho millones setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y 00/100 Dólares Americanos); Que, a través del O fi cio N° 00224-2025/ PROINVERSION/DSI/SSI, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSION mani fi esta que la solicitud presentada por la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L. ha sido considerada admisible y procedente, siendo el Ministerio de la Producción el sector competente para evaluar y expedir la Resolución Ministerial correspondiente, de acuerdo a lo establecido en los numerales 4.5 y 4.6 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973; Que, de acuerdo al Informe Técnico Legal N° 00019- 2025/DSI, adjunto al O fi cio N° 00224-2025/PROINVERSION/ DSI/SSI, se declara la admisibilidad de la solicitud de modi fi cación de la Resolución Ministerial al haberse verifi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 15.2 del artículo 15 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973. De igual forma, a través del Informe Técnico N° 00045-2025/DSI/SSI y el Informe Legal N° 00044-2025/DSI/SSI, PROINVERSION declara la procedencia de la solicitud de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE, al haberse veri fi cado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973; Que, a través del O fi cio N° 3686-2025-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas remite el Informe N° 0053-2025-EF/61.03, elaborado por la Dirección General de Política de Ingresos Públicos, que considera que resultan procedentes los bienes que la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L. solicita incorporar en la Lista de Bienes (Anexo N° I) aprobada por la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE; asimismo, remite la Lista Complementaria de Bienes (Anexo N° I-A) con el visto bueno correspondiente; Que, la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, a través del Informe N° 00000065-2025-JYOVERA, ha evaluado y emitido opinión favorable sobre la solicitud de modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE presentada por la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L. habiendo veri fi cado el cumplimiento de los requisitos de acogimiento al Régimen Especial; razón por la cual propone y sustenta la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE; Que, los citados informes sustentan la viabilidad de aprobar la solicitud de la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE con la fi nalidad de ampliar el plazo del Cronograma de Ejecución de Inversiones, ampliar la lista de bienes e incrementar el monto del compromiso de inversión de US$ 78 704 470,00 (Setenta y ocho millones setecientos cuatro mil cuatrocientos setenta y 00/100 Dólares Americanos) a US$ 78 734 470,00 (Setenta y ocho millones setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y 00/100 Dólares Americanos); correspondiendo retrotraer los efectos de la aprobación de la solicitud de modi fi cación al 15 de abril de 2025, fecha de presentación de la referida solicitud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973; Que, la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L. cumple con el monto mínimo de compromiso de inversión, conforme lo establece el literal a) del numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, al ser superior a US$ 5 000 000,00 (Cinco millones y 00/100 Dólares Americanos); y en cuanto al plazo, se determina que la etapa preproductiva del proyecto en mención cumple con los dos (2) años que como mínimo exige la ley; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 00001293-2025 -PRODUCE/ OGAJ, considera que resulta legalmente viable modi fi car la Resolución Ministerial N° 000388-2024-PRODUCE, conforme a la propuesta presentada por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; Que, en mérito a lo establecido en el marco normativo antes señalado y teniendo en consideración la propuesta sustentada por la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, corresponde modi fi car la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación de los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE Modi fi car los artículos 2 y 3 de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE, conforme al siguiente texto: “Artículo 2.- Monto del compromiso de inversión Establecer que el monto del compromiso de inversión a cargo de la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L., por el desarrollo del proyecto denominado “Planta de Fabricación de Vidrio KEDA PERÚ”, asciende a la suma de US$ 78 734 470,00 (Setenta y ocho millones setecientos treinta y cuatro mil cuatrocientos setenta y 00/100 Dólares Americanos) sin incluir el Impuesto General a las Ventas - IGV. Dicho compromiso de inversión se desarrollará en una (1) etapa, contada desde el 26 de octubre de 2023 hasta el 1 de diciembre de 2026 .”. “Artículo 3.- Plazo de ejecución del compromiso de inversión Establecer como plazo de ejecución del compromiso de inversión, tres (3) años, un (1) mes y cinco (5) días, contado a partir del 26 de octubre de 2023, fecha de presentación por parte de la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L., de la solicitud de acogimiento al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV, hasta el 1 de diciembre de 2026 .”. Artículo 2.- Modi fi car el Cronograma de Ejecución de Inversiones (Anexo N° III) de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE Modi fi car el Cronograma de Ejecución de Inversiones (Anexo N° III) aprobado por el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE, por el Cronograma de Ejecución de Inversiones (Anexo N° III), que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Incorporación de Lista Complementaria de Bienes Incorporar la Lista Complementaria de Bienes (Anexo N° I-A), que como anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, a la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE, de conformidad con el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF. Artículo 4.- Efectos de la modi fi cación Establecer que los efectos de la modi fi cación de la Resolución Ministerial N° 00388-2024-PRODUCE se retrotraen al 15 de abril de 2025, fecha en la cual la empresa KEDA PERU BUILDINGS MATERIALS COMPANY S.R.L. presenta su solicitud de modi fi cación. Artículo 5.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial, el Cronograma de Ejecución de Inversiones (Anexo N° III)