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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (15/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Sábado 15 de noviembre de 2025 El Peruano / de aprobación del referido CPE ante el Consejo Directivo de SERVIR; Que, mediante Memorando N° 000240-2025-SERVIR- GG, el Gerente General, en su calidad de Secretario del Consejo Directivo de SERVIR, comunica que en la Sesión N° 16-2025-CD, el mencionado Consejo Directivo aprobó el CPE del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000015-2024-SERVIR-PE, se formaliza el acuerdo del Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en la Sesión N° 002-2024-CD, mediante el cual se aprueba la Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, “Lineamientos para la Implementación del Régimen del Servicio Civil de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, en las Entidades Públicas” , que tiene por objetivo de fi nir las fases y etapas, que tanto las entidades públicas y/o los servidores/as civiles, deben seguir para elaborar y aprobar los instrumentos de gestión, necesarios para implementar el régimen de la Ley N° 30057; y que se encuentra vigente desde el 23 de enero de 2024; Que, el numeral 9.1 del artículo 9 de la Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH, dispone que en la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza el acuerdo de su Consejo Directivo respecto del CPE, SERVIR también declara el inicio del proceso de implementación del régimen del servicio civil; Que, al respecto, mediante Informe Técnico N° 001214-2025-SERVIR-GPGSC la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil concluye que no resulta necesario declarar nuevamente el inicio del proceso de implementación del régimen del servicio civil, en el caso de aquellas entidades que cuentan con una Resolución de Inicio del Proceso de Implementación, otorgada con anterioridad a la vigencia de la Directiva N° 001-2024-SERVIR-GDSRH; en atención a que la Primera Disposición Complementaria Final de dicha Directiva establece que aquellas actividades realizadas con anterioridad a su vigencia, surten plenamente todos sus efectos, por lo cual, las resoluciones de inicio del proceso de implementación emitidas con anterioridad al 23 de enero de 2024 mantienen su vigencia y e fi cacia; Que, mediante Hoja Informativa N° 000218- 2025-SERVIR-GG-OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica de SERVIR señala que resulta legalmente viable emitir la Resolución de Presidencia Ejecutiva que formaliza la aprobación del CPE de Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, debiendo tomarse en consideración lo señalado por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil en el Informe Técnico N° 001214-2025-SERVIR-GPGSC con respecto al inicio del proceso de tránsito al régimen del servicio civil; Con el visado de la Gerencia General, de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N° 1023, Decreto Legislativo que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, aprobado por Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones de SERVIR, aprobado por Decreto Supremo N° 062- 2008-PCM; y, la Directiva N° 002-2024-SERVIR-GDSRH, “Diseño y estructura de puestos y posiciones para la elaboración, aprobación, administración y modi fi cación del Cuadro de Puestos de la Entidad” , cuya aprobación fue formalizada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000017-2024-SERVIR-PE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, adoptado en la Sesión N° 16-2025-CD, mediante el cual se aprueba el Cuadro de Puestos de la Entidad del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y su Anexo, en la sede digital de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR (www.gob.pe/servir), en la misma fecha de la publicación de esta Resolución en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 3.- De conformidad con el artículo 136 del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego debe publicar en su sede digital la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva y su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE ANGEL VALDIVIA MORON Presidente Ejecutivo(i) Consejo Directivo 2458648-1 INSTITUTO GEOLÓGICO MINERO Y METALÚRGICO Relación de títulos de concesión minera, cuyos títulos se aprobaron en octubre del 2025 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000236-2025- INGEMMET/PE San Borja, 10 de noviembre del 2025 VISTO, el informe N° 140-2025-INGEMMET/DCM, de fecha 10 de noviembre de 2025, CONSIDERANDO:Que, el artículo 124 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 014-92-EM, dispone que se publicará mensualmente en el Diario O fi cial El Peruano la relación de títulos de concesión minera, cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; De conformidad con el artículo 38 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado Decreto Supremo N° 020-2020-EM, y del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035- 2007-EM, con el visado de la Dirección de Concesiones Mineras; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publíquese en el Diario O fi cial “El Peruano”: 1.1 La presente resolución en la sección de Normas Legales. 1.2 La relación de los 442 títulos de concesión minera, cuyos títulos se aprobaron en octubre del 2025 , la cual es parte integrante de la presente resolución, en la Sección Boletín. Artículo 2.- La presente resolución se publicará en el Portal Institucional del INGEMMET, www.gob.pe/ingemmet. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS HUMBERTO CHIRIF RIVERA Presidente Ejecutivo 2457341-1