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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2025 (15/11/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 15 de noviembre de 2025 El Peruano / - Seguro Viajero : S/ 179.40 - Viáticos : S/ 6,000.00 Del 17 al 27 de noviembre de 2025. Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada docente presentará un Informe, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y archívese.HUGO JOSE ROJAS FLORES Rector RUTH MARITZA CHIRINOS LAZO Secretaria General 2458764-1 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Declaran nulo todo lo actuado hasta citación dirigida a alcalde de la Municipalidad Distrital de Laramarca, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, para que asista a sesión extraordinaria de concejo en la que se evaluó solicitud de vacancia en su contra RESOLUCIÓN N° 0547-2025-JNE Expediente N° JNE.2025015002 LARAMARCA - HUAYTARÁ - HUANCAVELICA VACANCIACONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 21 de octubre de 2025 VISTO: el escrito presentado el 19 de setiembre de 2025, mediante el cual doña Adelaida Casavilca Astohuamán, regidora del Concejo Distrital de Laramarca, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica (en adelante, señora regidora), solicitó la convocatoria de candidato no proclamado por haberse declarado la vacancia de don José Antonio Armacanqui Cáceres, alcalde de la citada comuna (en adelante, señor alcalde), por la causal de nepotismo, prevista en el numeral 8 del artículo 22 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y visto también el Expediente N° JNE.2024001926. ANTECEDENTES En el Expediente N° JNE.2024001926 (queja)1.1. Mediante el Auto N° 1, del 16 de junio de 2025, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otros, declaró fundada la queja y requirió que el señor alcalde, en el plazo de tres (3) días hábiles, luego de notifi cado con el pronunciamiento, cumpla con convocar a sesión extraordinaria de concejo, en la cual se dilucide y resuelva el pedido de vacancia en su contra, y, en caso, no lo haga dentro del plazo señalado, previa noti fi cación escrita a esta autoridad, lo haga el primer o cualquier otro regidor en el plazo improrrogable de un (1) día hábil; asimismo, se requirió resolver el pedido de vacancia en el plazo establecido en el artículo 23 de la LOM. Esto bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se remitan copias de los actuados al Ministerio Público. Dicho pronunciamiento fue noti fi cado, el 1 de julio de 2025, al señor alcalde, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica 1 (en adelante, Reglamento), conforme se advierte del cargo de la Noti fi cación N° 10127-2025-JNE. Añadido a ello, por medio del O fi cio N° 002256-2025-SG/JNE, de la misma fecha, la Secretaría General de este órgano electoral comunicó la emisión de dicho auto al señor alcalde, el cual fue recibido por la Mesa de Partes de la municipalidad, el 6 de agosto de 2025. 1.2. A través del O fi cio N° 106-2025-MDL/ALC (sin fi rma del remitente), recibido el 26 de agosto de 2025, se remitieron, entre otros, los siguientes documentos: a) Informe N° 01-2025/JSMC-MDL, del 15 de agosto de 2025, emitido por el responsable de Desarrollo Social de la referida municipalidad, con el que da cuenta de las acciones desarrolladas por la señora regidora y los regidores Joselyn Gardenia Jeri Armacanqui, Roger Cleto Campos Coronado, Elva Virginia Cucho Serna, en dicha fecha. b) Informe N° 007-2025-SG-WACF/MDL, del 18 de agosto de 2025, emitido por el secretario general de la entidad edil, sobre las actuaciones realizadas en relación al pedido de vacancia formulado contra el señor alcalde. 1.3. El 5 de setiembre de 2025, por medio del O fi cio N° 115-2025-MDL/ALC, el señor alcalde, además de los informes antes mencionados, remitió la convocatoria a sesión extraordinaria de concejo municipal para el 25 de setiembre de 2025, dirigida a todos los señores regidores, a fi n de tratar el aludido pedido de vacancia. 1.4. Finalmente, por medio del O fi cio N° 129- 2025-MDJ/ALC, del 25 de setiembre de 2025, el señor alcalde remitió, entre otros, una nueva convocatoria a la sesión extraordinaria de concejo municipal para el 4 de noviembre del mismo año y la suspensión de la anterior sesión programada, debido a que “se tiene que el Secretario General informa que no ha sido posible noti fi car a los regidores de la municipalidad… siendo que existe observaciones sobre sus domicilios […] y habiéndose requerido formalmente se encuentra pendiente de cumplimiento o atención de las precisiones requeridas a los regidores”. En el presente expediente1.5. Por medio del escrito citado en el visto, la señora regidora remitió, entre otros, la siguiente documentación relacionada con el procedimiento de vacancia seguido contra el señor alcalde: a) Solicitud de vacancia presentada por doña Elva Virginia Cucho Serna (en adelante, señora solicitante) en contra del señor alcalde, el 15 de abril de 2024, ante la Mesa de Martes de la entidad edil. b) Escrito presentado por la señora solicitante, el 7 de julio de 2025, por Mesa de Partes de la municipalidad, solicitando que se convoque a sesión extraordinaria de concejo, a fi n de resolver su pedido de vacancia. c) Ofi cio N° 04-2025-R/MDL, del 8 de julio de 2025, por el cual la regidora Joselyn Gardenia Jeri Armacanqui y la señora regidora solicitan al señor alcalde que convoque a sesión extraordinaria para tratar el pedido de vacancia en su contra, en cumplimiento del Auto N° 1, emitido en el Expediente N° JNE.2024001926, dentro de los plazos señalados en el mismo. d) Citación N° 01-2025MDL/MDL, por la cual se le convocó a la sesión de concejo extraordinario para el 15 de agosto de 2025, a fi n de resolver el pedido de vacancia formulado en su contra. e) Carta N° 01-2025MDL, del 7 de agosto de 2025, dirigida al señor alcalde, por la que se le hace entrega de la citación antes señalada. f) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N° 01- 2025, del 15 de agosto de 2025, en la que el concejo distrital decidió, por mayoría, aprobar la vacancia del señor alcalde. g) Carta N° 02-2025-MDL, dirigida al señor alcalde, por la que se le noti fi ca con el acta antes mencionada. h) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo N° 02- 2025, del 16 de setiembre de 2025, por la que el concejo distrital acordó declarar consentido y fi rme el acuerdo de concejo N° 1, del 15 de agosto de 2025, que aprobó la declaratoria de vacancia del señor alcalde. i) Comprobante de pago de la tasa correspondiente.