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10 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / Artículo 7.- Instalación y vigencia 7.1. El Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el desarrollo turístico seguro en el ámbito del Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina” se instala por convocatoria de su Secretaría Técnica, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contado a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. 7.2. El Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el desarrollo turístico seguro en el ámbito del Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina” tiene un plazo de vigencia de ciento ochenta (180) días calendario, contado a partir del día siguiente de publicada la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. El plazo de vigencia es prorrogable y no excederá el plazo de un (1) año. Artículo 8.- Financiamiento La creación y el cumplimiento de las funciones del Grupo de Trabajo Multisectorial de naturaleza temporal denominado “Mesa Técnica para el desarrollo turístico seguro en el ámbito del Área de Conservación Regional Laguna de Huacachina” se fi nancia con cargo al presupuesto institucional autorizado de los pliegos correspondientes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público y conforme a las disposiciones legales vigentes. Artículo 9.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur) el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2445769-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Leoncio Prado – Rupa Rupa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 294-2025- MINCETUR Lima, 6 de octubre de 2025VISTOS , el Informe Nº 0173-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Memorándum Nº 294-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley Nº 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas, en lo sucesivo la Ley Nº 32394, autoriza excepcionalmente al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para realizar transferencias fi nancieras a favor de diversos Gobiernos Regionales y diversos Gobiernos Locales, previa suscripción de convenio, hasta por el monto de S/ 37 786 660,00 (TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional creado por la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, para el fi nanciamiento de lo establecido en los anexos 1 y 2 de la Ley Nº 32394; Que, el literal b) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley Nº 32394, precisa que las transferencias autorizadas en el literal a) se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario ofi cial El Peruano. En el marco de la implementación de lo dispuesto en el literal a) del citado numeral 6.1, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo queda exceptuado de lo dispuesto en el párrafo 11.3 del artículo 11 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Que, asimismo, el literal c) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley Nº 32394, señala que los pliegos referidos en los anexos 1 y 2 de la citada ley deben remitir de manera semestral al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, un informe en el que se sustente la ejecución física y fi nanciera de los recursos transferidos, teniendo en consideración los registros efectuados en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como el Formato 12-B – Formato de Seguimiento de Inversiones, así como el Formato 8A/8B/8C - Registros en la Fase de Ejecución para Proyectos de Inversión/ Programas/IOARR y los cronogramas de ejecución de estas. El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de ser necesario, solicita información complementaria para efectos del monitoreo y seguimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi rieron los recursos; Que, con fecha 8 de setiembre de 2025, se suscribió el “Convenio para realizar Transferencia Financiera que permita el fi nanciamiento de inversiones entre la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo”; con el objeto de establecer las condiciones previas y lineamientos de operatividad que deberán cumplir las partes, para la transferencia de recursos públicos a favor del Gobierno Local, mediante Resolución Ministerial emitida por el titular del MINCETUR, para la fase de ejecución de la inversión CUI 2402654 “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos en las Cataratas de Honolulu, Derrepente y Golondrinas (Río Tigre) Distrito de Mariano Damaso Beraun - Provincia de Leoncio Prado - Departamento de Huánuco”, en el ámbito territorial de la municipalidad; así como, establecer los lineamientos para la veri fi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el citado Convenio, en el marco de lo dispuesto en el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley Nº 32394; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 273-2025-MINCETUR, se autoriza la incorporación de recursos públicos en el Presupuesto Institucional del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para el Año Fiscal 2025, por la suma de S/ 1 712 340,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, creado por la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, en el marco del artículo 7 de la Ley Nº 32394, para fi nanciar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Leoncio Prado para la ejecución de la inversión CUI 2402654 “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos en las Cataratas de Honolulu, Derrepente y Golondrinas (Río Tigre) Distrito de Mariano Damaso Beraun - Provincia de Leoncio Prado - Departamento de Huánuco”; Que, a través del Memorándum Nº 549-2025-MINCETUR/DM/UICET-DE, la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (ex Plan COPESCO Nacional), sobre la base del Informe Nº 0102-2025-MINCETUR/DM/UICET-DE/UPP, de la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto y del Informe Nº 0875-2025-MINCETUR-DM/UICET-DE/UEO/EO de la Unidad de Ejecución de Obras, sustenta la necesidad de realizar una transferencia fi nanciera a favor de la