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12 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / Provincial de Caylloma”, con el objeto de establecer las condiciones previas y lineamientos de operatividad que deberán cumplir las partes, para la transferencia de recursos públicos a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma mediante Resolución Ministerial emitida por el titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para la fase de ejecución de la inversión “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos de la ruta turística del Valle del Colca en el casco urbano de la localidad de Chivay, provincia de Caylloma, región Arequipa” – CUI 2235746, respecto del saldo de obra, en el ámbito territorial de la referida Municipalidad, así como establecer los lineamientos para la veri fi cación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el Convenio, en el marco de lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32416; Que, a través del Memorándum N° 547-2025-MINCETUR/DM/UICET-DE, la Dirección Ejecutiva de la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo, sobre la base del Informe Nº 0099-2025-MINCETUR/DM/UICET-DE/UPP de su Unidad de Plani fi cación y Presupuesto, sustenta la pertinencia de realizar la transferencia fi nanciera a favor de la Municipalidad Provincial de Caylloma, con cargo a la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios provenientes del Fondo creado por la Ley Nº 27889, para el fi nanciamiento del proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos de la ruta turística del Valle del Colca en el casco urbano de la localidad de Chivay, provincia de Caylloma, región Arequipa” - CUI 2235746, respecto a la ejecución y supervisión del saldo de obra, conforme a lo dispuesto en el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32416; Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Ministerial N° 216-2025-MINCETUR, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, la Directiva N° 0001-2024-EF/50.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral N° 0009-2024-EF/50.01 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por la suma de S/ 4 239 771,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES); en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Caylloma – Chivay para el fi nanciamiento del proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos de la ruta turística del Valle del Colca en el casco urbano de la localidad de Chivay, provincia de Caylloma, región Arequipa” - CUI 2235746, respecto a la ejecución y supervisión del saldo de obra. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, Categoría Presupuestal 0127. Mejora de la Competitividad de los Destinos Turísticos, Producto 3000001. Acciones Comunes, Actividad 5000276. Gestión del Programa, Genérica Gasto: 4 Donaciones y Transferencias, en la Especí fi ca de Gasto: 24.23.13 A Otras Unidades del Gobierno Local, por la suma de S/ 4 239 771,00 (CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y UNO Y 00/100 SOLES); por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2445763-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Unidad Ejecutora: 001 Sede Cusco del Pliego 446. Gobierno Regional del Departamento de Cusco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 297-2025- MINCETUR Lima, 6 de octubre de 2025 VISTOS, el Informe Nº 0172-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 0052-2025-MINCETUR/SG/OGPPM/OI de la O fi cina de Inversiones, y el Memorándum Nº 293-2025-MINCETUR/SG/ OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante la Ley Nº 27889, se crea el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, en adelante el Fondo, para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Nº 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, en lo sucesivo la Ley Nº 32416, autoriza, excepcionalmente en el Año Fiscal 2025, al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para realizar transferencias fi nancieras a favor de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, previa suscripción de convenio, hasta por el monto de S/ 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional creado por la Ley Nº 27889, Ley que crea el Fondo y el Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, asignados en la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (ex Plan COPESCO Nacional) para el fi nanciamiento de inversiones destinadas a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 32416, dispone que las transferencias autorizadas en el numeral 15.1 del citado artículo se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga de sus veces en el pliego,