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16 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / Internacionales señala que resulta conveniente autorizar el viaje al exterior del Mayor General FAP (r) César Medardo TORRES VEGA, Viceministro de Políticas para la Defensa, identi fi cado con DNI N° 09889524, y del Coronel FAP (r) Víctor Manuel AGUILAR BARREDA, identi fi cado con DNI N° 07261206, para participar en la citada reunión, precisando que permitirá conocer los resultados de la implementación del Plan de Acción de Lima 2024, adoptado por los Presidentes de ambos países en el último Encuentro Presidencial y Gabinete Binacional, así como sus objetivos para el nuevo Plan de Acción de Quito, que será ejecutado en el período 2025 – 2026; asimismo, de acuerdo al itinerario de viaje y con el fi n de garantizar la participación oportuna, solicita autorizar la salida del país el 8 de octubre y el retorno el 9 de octubre de 2025; Que, a través del acotado documento, la Dirección General de Relaciones Internacionales remite la Hoja de Gastos, así como las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario N° 0000002234, N° 0000002331 y N° 0000002332 que garantizan el fi nanciamiento correspondiente; Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, los viáticos que se otorguen conforme a la Escala señalada en el artículo 5 serán por cada día que dure la misión o fi cial o el evento, a los que se podrá adicionar, por una sola vez, el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, con Informe Legal N° 02059-2025-MINDEF/SG- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el citado viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modi fi catoria; y, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Mayor General FAP (r) César Medardo TORRES VEGA, Viceministro de Políticas para la Defensa, y del Coronel FAP (r) Víctor Manuel AGUILAR BARREDA, para que participen en la XVII Reunión de la Comisión de Vecindad Peruano-Ecuatoriana, a realizarse en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 9 de octubre de 2025, autorizando su salida del país el 8 de octubre y su retorno el 9 de octubre de 2025. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Administración General efectúa los pagos que correspondan con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2025, de acuerdo a los siguientes conceptos: Pasajes aéreos: Lima - Quito (República del Ecuador) - Lima: US$ 1,051.50 x 2 personas (Clase económica - incluye importe TUUA) US$ 2,103.00 Viáticos: US$ 370.00 x 2 personas x 2 días US$ 1,480.00 ------------------ Total a pagar: US$ 3,583.00 Artículo 3.- El personal autorizado a participar en la citada comisión debe cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER ENRIQUE ASTUDILLO CHÁVEZ Ministro de Defensa 2445810-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Designan Coordinador de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del FONCODES RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 000163-2025- MIDIS/FONCODES/DE San Isidro, 6 de octubre del 2025VISTOS: El Informe N° 000447-2025-MIDIS/FONCODES/ URH de la Unidad de Recursos Humanos, el Informe N° 000325-2025-MIDIS-FONCODES/UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, mediante Ley N° 29792 se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social - MIDIS, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, disponiendo en su Tercera Disposición Complementaria Final, la adscripción del Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social (en adelante FONCODES) a dicho sector; Que, con Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del FONCODES, el cual establece en el literal i) del artículo 9, como función de la Dirección Ejecutiva, la de emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos dispone que la designación de funcionarios en cargos de con fi anza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley, se efectúa mediante resolución del titular de la entidad, la cual surte efecto a partir de su publicación en el diario o fi cial “El Peruano”, salvo disposición en contrario de la misma que posterga su vigencia; Que, la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, tiene por objeto establecer requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, siendo de aplicación para todas las entidades de la administración pública comprendidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 053-2022- PCM se aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419, estableciéndose requisitos para los funcionarios y directivos públicos no mencionados en la referida Ley; Que, asimismo, el numeral 28.3 del artículo 28 del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobada por el Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, señala que el informe que emita la O fi cina de Recursos Humanos, debe contener la veri fi cación de que la persona propuesta no cuente con impedimentos para el acceso a la función pública, para tal efecto se revisa obligatoriamente la información proporcionada por la Plataforma de Debida Diligencia del Sector Público, el Registro Nacional de Sanciones