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23 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley N° 26113, modi fi cado por la Ley N° 27687, aprueba las Normas relativas al Servicio Civil de Graduandos, SECIGRA DERECHO, el cual es prestado facultativamente por las y los estudiantes de las Facultades de Derecho de las universidades del país, a partir del último año de estudios profesionales, con la fi nalidad que realicen actividades jurídicas en dependencias del Estado, de manera complementaria a su formación jurídica, para coadyuvar a una pronta y efi ciente administración pública y de justicia, ampliando el ejercicio práctico de la profesión e incentivando la responsabilidad social de las y los graduandos; Que, el artículo 3 del citado dispositivo normativo establece que el SECIGRA DERECHO se presta en programas de duración anual, cuya fecha de inicio es determinada por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, precisándose en el artículo 6 que corresponde a esta entidad organizar y coordinar con las universidades la asignación correspondiente; Que, el artículo 2 de la Ley N° 27687, Ley que otorga carácter facultativo al SECIGRA DERECHO y modi fi ca artículos del Decreto Ley N° 26113, establece que las dependencias de la administración pública determinarán anualmente el número de vacantes para los estudiantes que opten por participar del Programa SECIGRA DERECHO, a fi n de asumir el pago de estipendio correspondiente; Que, mediante el Decreto Supremo N° 009-2014-JUS, se aprobó el Reglamento del Decreto Ley N° 26113, cuyo artículo 53 establece los criterios para la distribución de vacantes entre las Facultades de Derecho; Que, conforme con el artículo 8 del citado Reglamento, el Programa SECIGRA DERECHO es aprobado mediante Resolución Ministerial del Sector Justicia y Derechos Humanos, en la que se determina la fecha de su inicio y de fi nalización, señalando el monto mínimo del estipendio, el mismo que no puede ser inferior a una Remuneración Mínima Vital, conforme al artículo 19 del Reglamento en mención; Que, el literal f) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, establece que la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa es competente para normar, promover, coordinar, desarrollar y supervisar el Servicio Civil de Graduandos - SECIGRA DERECHO; Que, en dicha lógica la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, mediante Informe N° 378-2025-JUS/DGJLR-DPJFPJ, concluye que corresponde al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos emitir la Resolución Ministerial que apruebe el Programa SECIGRA DERECHO 2026; asimismo, señala que conforme con el Decreto Supremo N° 006-2024-TR, el monto del estipendio que corresponde a las y los secigristas asciende al monto mínimo de S/ 1 130,00 (Un Mil Ciento Treinta y 00/100 Soles) y propone que el referido programa se desarrolle tomando en cuenta los periodos del 15 de enero al 15 de julio de 2026; y, del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2026; Que, mediante Informe N° 395-2025-JUS/OGPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, establece que la Dirección de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica tiene competencia para formular y proponer políticas sobre el Servicio Civil de Graduandos - Secigra Derecho, así como supervisar su desarrollo y elaborar su programa anual; y, a su vez determina que la oferta de vacantes se sujete a los créditos presupuestarios autorizados en la ley de presupuesto del sector público para el año 2026 y que, de corresponder, las entidades públicas, previa evaluación de saldos de libre disponibilidad, puedan ampliar su demanda de secigristas; Que, en ese sentido, corresponde aprobar el Programa SECIGRA DERECHO 2026, su periodo de prestación, así como el monto mínimo del estipendio que deberán abonar mensualmente las unidades receptoras a los estudiantes o egresados que se les asignen, conforme con lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2014- JUS; Con el visado del Despacho Viceministerial de Justicia, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Ley N° 26113, modi fi cado por la Ley N° 27687, que aprueba las normas relativas al Servicio Civil de Graduandos SECIGRA DERECHO y las normas reglamentarias establecidas en el Decreto Supremo N° 009-2014-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el Programa SECIGRA DERECHO 2026, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Determinar los periodos de prestación del Servicio Civil de Graduandos en el marco del Programa SECIGRA DERECHO 2026, conforme con el siguiente cronograma: Primer periodo: Del 15 de enero al 15 de julio de 2026. Segundo periodo: Del 1 de agosto al 30 de noviembre de 2026. Artículo 3.- Fijar en S/ 1 130,00 (Un Mil Ciento Treinta y 00/100 Soles), el monto mínimo que las unidades receptoras deben abonar mensualmente a las y los secigristas que le serán asignados. En el marco de su disponibilidad presupuestal deben procurar abonar un estipendio superior al mínimo establecido. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus), en la misma fecha de la publicación de la Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL CAVERO SOLANO MinistroMinisterio de Justicia y Derechos Humanos 2445392-1 Autorizan viaje de funcionario y servidores de la SUNARP para participar en evento a realizarse en Guatemala RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0343-2025-JUS Lima, 6 de octubre de 2025VISTOS: El O fi cio Nº 595-2025-SUNARP/SN del Superintendente Nacional de los Registros Públicos; el Informe Nº 386-2025-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 1278-2025-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante documento s/n suscrito el 20 de agosto de 2025, el señor Sergio Saavedra Morales, Director de la O fi cina Técnica de Coordinación de la Red Digital Iberoamericana de Cooperación - IBEROREG, invita al señor Armando Miguel Subauste Bracesco, Superintendente Nacional de los Registros Públicos a participar en el Seminario sobre Inteligencia Arti fi cial aplicada a los Registros de Iberoamérica, así como a la VIII Asamblea General de la Red Registral Iberoamericana de Cooperación -IBEROREG, en la ciudad de Antigua Guatemala, República de Guatemala, del 24 al 28 de noviembre de 2025;