Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (07/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 11

11 NORMAS LEGALES Martes 7 de octubre de 2025 El Peruano / Municipalidad Provincial de Leoncio Prado con cargo a los recursos provenientes del Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional creado por la Ley 27889, para el fi nanciamiento de la inversión CUI 2402654 “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos en las Cataratas de Honolulu, Derrepente y Golondrinas (Río Tigre) Distrito de Mariano Damaso Beraun - Provincia de Leoncio Prado - Departamento de Huánuco”, conforme a lo dispuesto en el literal a) del numeral 6.1 del artículo 6 de la Ley Nº 32394; Estando a lo propuesto por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32394, Ley que aprueba disposiciones extraordinarias para fortalecer el desarrollo del sector turismo y dicta otras medidas; la Ley Nº 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Resolución Ministerial Nº 216-2025-MINCETUR que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y, la Directiva Nº 0001-2024-EF/50.01 Directiva para la Ejecución Presupuestaria, aprobada por Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Leoncio Prado – Rupa Rupa Aprobar una Transferencia Financiera del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, por la suma de S/ 1 712 340,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES); en la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Leoncio Prado – Rupa Rupa para el fortalecimiento y dinamización del proyecto de inversión CUI 2402654 “Mejoramiento de los servicios turísticos públicos en las Cataratas de Honolulu, Derrepente y Golondrinas (Río Tigre) Distrito de Mariano Damaso Beraun - Provincia de Leoncio Prado - Departamento de Huánuco”. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se atiende con cargo al presupuesto institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Unidad Ejecutora 004: Plan COPESCO Nacional, Categoría Presupuestal 0127. Mejora de la competitividad de los destinos turísticos, Producto 3000001. Acciones Comunes, Actividad 5000276. Gestión del Programa, Genérica Gasto: 4 Donaciones y Transferencias, en la Especí fi ca de Gasto: 24.23.13 A Otras Unidades del Gobierno Local, por la suma de S/ 1 712 340,00 (UN MILLÓN SETECIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y 00/100 SOLES), por la Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Web Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (www.gob.pe/mincetur), en la misma fecha de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÚRSULA DESILÚ LEÓN CHEMPÉN Ministra de Comercio Exterior y Turismo 2445778-1Aprueban Transferencia Financiera a favor del Gobierno Local Pliego Municipalidad Provincial de Caylloma - Chivay RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 296-2025- MINCETUR Lima, 6 de octubre de 2025 VISTOS, el Informe N° 174-2025-MINCETUR/ SG/OGPPM/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 051-2025-MINCETUR/SG/OGPPM/OI de la O fi cina de Inversiones, y el Memorándum Nº 295-2025-MINCETUR/SG/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, y CONSIDERANDO: Que, con la Resolución Ministerial N° 379-2024-MINCETUR, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos, correspondiente al Año Fiscal 2025 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; Que, mediante la Ley N° 27889, se crea el Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional, en adelante el Fondo, para fi nanciar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, el numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley N° 32416, Ley que aprueba crédito suplementario para el fi nanciamiento de mayores gastos asociados a la consolidación económica, a la seguridad ciudadana y al desarrollo social y dicta otras medidas, en lo sucesivo la Ley N° 32416, autoriza excepcionalmente al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, para realizar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales, previa suscripción de convenio, hasta por el monto de S/ 60 000 000,00 (SESENTA MILLONES Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos provenientes del Fondo, asignados en la Unidad Ejecutora de Inversión en Comercio Exterior y Turismo (ex Plan COPESCO Nacional), para el fi nanciamiento de inversiones destinadas a la promoción y desarrollo del turismo nacional; Que, el numeral 15.2 del artículo 15 de la Ley Nº 32416, dispone que las transferencias autorizadas en el numeral 15.1 del citado artículo, se aprueban mediante resolución del titular, previo informe favorable de su o fi cina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego, y se publica en el diario o fi cial El Peruano. En el marco de la implementación de lo dispuesto en el precitado numeral 15.1, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo queda exceptuado de lo dispuesto en el párrafo 11.3 del artículo 11 y el literal a) del artículo 33 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, y del inciso 4 del numeral 48.1 del artículo 48 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; Que, el numeral 15.3 del artículo 15 de la Ley Nº 32416, establece que los pliegos bene fi ciarios deben remitir de manera trimestral al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, un informe en el que se sustente la ejecución física y fi nanciera de los recursos transferidos, teniendo en consideración los registros efectuados en los aplicativos informáticos del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, como el Formato 12-B – Formato de Seguimiento de Inversiones, así como el Formato 8A/8B/8C - Registros en la Fase de Ejecución para Proyectos de Inversión/ Programas/IOARR y los cronogramas de ejecución de las mismas; asimismo, establece que el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de ser necesario, solicita información complementaria para efectos del monitoreo y seguimiento de los fi nes y metas para los cuales se trans fi eren los recursos; Que, con fecha 26 de setiembre de 2025, se suscribe el “Convenio para realizar Transferencia Financiera que permita el fi nanciamiento de inversiones entre el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Municipalidad