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42 NORMAS LEGALES Viernes 10 de octubre de 2025 El Peruano / el cálculo de la transferencia fi nanciera y liquidación de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados del SIS con cobertura FISSAL, en el marco de los convenios suscritos o normativa vigente; Que, el SIS, el Fondo Intangible Solidario de Salud y las Direcciones de Redes Integradas de Salud, las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y los Gobiernos Regionales han suscrito convenios y adendas para el periodo 2025-2027, con el objeto de brindar y fi nanciar las prestaciones de salud y administrativas de los asegurados SIS; Que, mediante O fi cio Nº 585-2025-SIS-FISSAL/J, el Jefe del FISSAL solicita la aprobación de la propuesta de transferencia fi nanciera por el importe total de S/ 2,308,716.00 (Dos millones trescientos ocho mil setecientos dieciséis y 00/100 Soles) para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas brindadas a los asegurados al SIS con cobertura FISSAL correspondiente al calendario setiembre 2025 - II, conforme al detalle del Anexo Nº 1 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios - Calendario setiembre 2025 - II – Mecanismo de Pago: Pago por Prestación - Financiamiento de prestaciones de salud – segundo tramo”; Anexo Nº 2 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios – Calendario Setiembre 2025 - II – Mecanismo de Pago: Pago por Prestación – Financiamiento de prestaciones de salud”; Anexo Nº 3 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios – Calendario Setiembre 2025 - II – Mecanismo de pago: Pago por Prestación – incentivo prestacional”; Anexo Nº 4 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios Calendario – Setiembre 2025 - II – Mecanismo de Pago: Pago de prestaciones administrativas (por expediente) – fi nanciamiento de prestaciones tercerizadas”; y Anexo Nº 5 “Pliego 135 – Seguro Integral de Salud - Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – Transferencia Financiera – Recursos Ordinarios – Calendario Setiembre 2025 - II – Mecanismo de Pago: Pago de prestaciones administrativas (por expediente) – Financiamiento de Traslado de Paciente Oncológico Estable (TPOE)”; Que, el FISSAL sustenta su solicitud en el Informe Conjunto Nº 031-2025-SIS-FISSAL/DIF-CRRM-AAL con Proveído Nº 209-2025-SIS-FISSAL/DIF y el Memorando Nº 510-2025-SIS-FISSAL/DIF de la Dirección de Financiamiento de Prestaciones de Alto Costo del FISSAL; el Memorando Nº 843-2025-SIS-FISSAL/OPP e Informe Nº 032-2025-SIS-FISSAL/OPP de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto del FISSAL; y el Proveído Nº 084-2025-SIS-FISSAL/OAJ que hace suyo el Informe Nº 083-2025-SIS-FISSAL/OAJ-JAVD de la O fi cina de Asesoría Jurídica del FISSAL; Que, mediante el Memorando Nº 002073-2025- SIS/OGPPDO, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS emite opinión favorable de disponibilidad presupuestal para continuar con el trámite de aprobación de la transferencia fi nanciera solicitada por la Unidad Ejecutora 002 FISSAL – calendario setiembre 2025 - II; conforme a lo solicitado por el FISSAL; Que, mediante Informe Legal Nº 000377-2025-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, sobre la base de lo opinado por el FISSAL y sus órganos técnicos y de apoyo, y la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional del SIS, considera legalmente viable que el Jefe del SIS, en su condición de Titular del Pliego, emita la resolución jefatural que apruebe la transferencia fi nanciera, a favor de las unidades ejecutoras descritas en los anexos adjuntos al Ofi cio Nº 585-2025-SIS-FISSAL/J, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas que se brindan a los asegurados SIS con cobertura FISSAL, en mérito a los convenios y adendas suscritos, correspondiente al calendario setiembre 2025 - II; Con el visto del Jefe del Fondo Intangible Solidario de Salud; de la Directora General de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional; del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; en el Reglamento de Organización y Funciones del SIS, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016-SA y en el Decreto Legislativo Nº 1163, Decreto Legislativo que aprueba Disposiciones para el Fortalecimiento del Seguro Integral de Salud y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2014-SA y sus modi fi catorias. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 002 – 1423 Fondo Intangible Solidario de Salud – FISSAL hasta por la suma de S/ 2,308,716.00 (Dos millones trescientos ocho mil setecientos dieciséis y 00/100 Soles), con cargo a la Fuente de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios, a favor de las unidades ejecutoras descritas en los anexos, que forman parte integrante de la presente resolución, para el fi nanciamiento de las prestaciones de salud y administrativas, en mérito a los convenios y adendas suscritos. Artículo 2.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son autorizados, los que están sujetos a monitoreo, supervisión y liquidación fi nanciera, según corresponda. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano , y la resolución y sus anexos en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEÓN QUIROZ AVILÉS Jefe del Seguro Integral de Salud 2446527-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES