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56 NORMAS LEGALES Viernes 10 de octubre de 2025 El Peruano / en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2° .- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 1048,03 Viáticos US$ 3080,00TOTAL US$ 4128,03 Artículo 3° .- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2439438-1 Autorizan misión en el exterior del Presidente del BCRP para participar en eventos a realizarse en EE.UU. RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0057-2025- BCRP-N Lima, 2 de octubre de 2025 CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido la convocatoria para que el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) participe en las Reuniones Anuales del Fondo Monetario Internacional (FMI) y del Banco Mundial (BM) y en reuniones conexas, entre ellas las reuniones de Ministros y representantes del Grupo Intergubernamental de los Veinticuatro (G- 24) y la Reunión de Gobernadores de Bancos Centrales y Asamblea del Centro de Estudios Monetarios Latinoamericanos (CEMLA). Estas reuniones se llevarán a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 13 al 18 de octubre de 2025; El Perú es miembro del Fondo Monetario Internacional y del Banco Mundial, y el Banco Central de Reserva del Perú representa al país para los fi nes establecidos en el Convenio Constitutivo del primero de esos organismos multilaterales. El señor Julio Velarde Flores es Gobernador ante el FMI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, así como por sus normas modi fi catorias y, estando a lo acordado por el Directorio en su sesión de 14 de agosto de 2025; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la misión en el exterior del presidente, señor Julio Velarde Flores, del 13 al 18 de octubre, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, y el pago de los gastos, a fi n de que participe en las reuniones indicadas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasaje US$ 2215,43 Viáticos US$ 3080,00TOTAL US$ 5295,43 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2445892-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Aprueban el Estatuto de la Universidad Nacional del VRAEM UNIVERSIDAD NACIONAL DEL VRAEM RESOLUCIÓN DE COMISIÓN ORGANIZADORA Nº 002-2024-UNA VRAEM Pichari, 4 de noviembre de 2024 VISTOS: El documento normativo denominado Estatuto; y el acuerdo de Sesión Ordinaria de la Comisión Organizadora de fecha 4 de noviembre de 2024, y; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18° establece que “cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y las Leyes”; Que, mediante Ley N° 32075 se crea la Universidad Nacional del VRAEM como persona jurídica de derecho público interno; Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria señala que: “aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora, tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que, de acuerdo a la presente ley, le correspondan”; Que, por Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, se aprobó el documento normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; el cual tiene por fi nalidad establecer las disposiciones que orientan la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras, hasta la conformación de órganos de gobierno de las universidades públicas, en el marco de lo dispuesto por el artículo 29° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 112-2024-MINEDU, de fecha 15 de octubre de 2024, se constituye la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional del VRAEM, integrada por: Dr. William Elmer Zelada Estraver, Presidente; Dr. Haiber Policarpo Echevarría Rodríguez, Vicepresidente Académico; y, Dr. Nelson Palemón Meza Peña, Vicepresidente de Investigación; Que, en el literal e) del numeral 6.1.5) de las Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio de 2021, establece como una de las funciones del Presidente de la Comisión Organizadora, el de velar por el cumplimiento de los acuerdos de la Comisión Organizadora; Que, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora, el Presidente informa al pleno que el estatuto institucional luego de ser remitida a la Dirección General de Educación Superior Universitaria – DIGESU, ésta fue retornada a esta universidad con las correcciones respectivas, motivo por el cual debe ser aprobada y remitida a los estamentos correspondientes para fi nes pertinentes; Que, a través del Proveído S/N de fecha 31 de octubre de 2024, el Presidente de la Comisión Organizadora, remite el proyecto del Estatuto a Secretaría General para agendar en sesión de Comisión Organizadora para debate y aprobación;