TEXTO PAGINA: 69
69 NORMAS LEGALES Viernes 10 de octubre de 2025 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.BURNEO BERMEJOMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYTORRES CORTEZOYARCE YUZZELLIClavijo Chipoco Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N.º 117-2025-JNE, publicada el 19 de abril de 2025 en el diario oficial El Peruano. 2 Aprobado por el Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS, publicado el 25 de enero de 2019 en el diario oficial El Peruano. 2446364-1 Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho RESOLUCIÓN Nº 0386-2025-JNE Expediente Nº JNE.2025012180 HUAMANGA - AYACUCHOVACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, 5 de setiembre de 2025VISTO: el Memorando Nº 000975-2025-SG/JNE, registrado el 2 de setiembre de 2025, que contiene el Ofi cio Nº 000287-2025-MPH/20 [2540423.002], mediante el cual la directora de la O fi cina de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Huamanga, departamento de Ayacucho (en adelante, señora directora), remite documentación relacionada con la convocatoria de candidato no proclamado, en mérito a la declaratoria de vacancia seguida por don Juan Carlos Arango Claudio, alcalde de la referida entidad edil (en adelante, señor alcalde), en contra de don Arturo Chuchón Huamaní, regidor de dicha comuna (en adelante, señor regidor), por la causal prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM); y visto también el Expediente Nº JNE.2025004188. ANTECEDENTESEn el Expediente Nº JNE.2025004188 (convocatoria de candidato no proclamado) 1.1. Por medio del O fi cio Nº 000233-2025-MPH/20 [2532128.001], presentado el 11 de junio de 2025, la señora directora remitió documentación relacionada con el procedimiento de vacancia del señor regidor; para ello adjuntó, entre otros, lo siguiente: a) Acuerdo de Concejo Nº 043-2025-MPH/CM, del 18 de marzo de 2025, con el cual se formalizó la decisión adoptada por el concejo provincial, esto es, desaprobar la vacancia del señor regidor. b) Escrito con sumilla “Interponemos recurso de reconsideración [contra el] acuerdo de concejo que desaprueba [la] solicitud de vacancia del regidor Arturo Chuchón Huamaní”, presentado, el 20 de marzo de 2025, por los regidores César Augusto Murillo Calderón, César Meneses Huayanay y Biviana Eleana Challapa Zevallos. c) Acuerdo de Concejo Nº 053-2025-MPH/CM, del 7 de abril de 2025, a través del cual se formalizó la decisión adoptada, esto es, declarar procedente el recurso de reconsideración presentado por los precitados regidores. d) Acuerdo de Concejo Nº 054-2025-MPH/CM, del 7 de abril de 2025, con el cual se formalizó la decisión adoptada, esto es, aprobar la solicitud de vacancia presentada en contra del señor regidor. e) Escrito con asunto “Comunico consentimiento”, presentado por el señor regidor el 28 de abril de 2025, mediante el cual indicó que ha sido noti fi cado, el 16 del mismo mes y año, con el Acuerdo de Concejo Nº 054- 2025-MPH/CM. Además, señaló que “habiéndose seguido el procedimiento que se declare mi vacancia a la cual me encuentro conforme es que expreso el consentimiento al referido acuerdo de concejo”. f) Ofi cio Múltiple Nº 000032-2025-MPH/20 [2530818.001], del 27 de mayo de 2025, con el cual el señor alcalde solicitó que se declare consentido el Acuerdo de Concejo Nº 054-2025-MPH/CM, que aprobó la solicitud de vacancia presentada en contra del señor regidor. g) Acuerdo de Concejo Nº 084-2025-MPH/CM, del 28 de mayo de 2025, por medio del cual se formalizó la decisión adoptada, esto es, declarar consentido el Acuerdo de Concejo Nº 054-2025-MPH/CM. 1.2. A través del Auto Nº 1, del 20 de junio de 2025, el Pleno de este órgano electoral requirió que, en el plazo de tres (3) días hábiles, el señor alcalde remita los instrumentos señalados en su considerando 2.2.; bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de declarar improcedente la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado, remitir copias al Ministerio Público y disponer el archivo de fi nitivo del expediente. 1.3. El citado pronunciamiento fue noti fi cado el 8 y 9 de julio de 2025, con las Noti fi caciones Nº 11181-2025- JNE y Nº 11183-2025-JNE, al señor alcalde y a la señora directora, respectivamente, conforme al artículo 14 del Reglamento de noti fi caciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales mediante Casilla Electrónica1 (en adelante, Reglamento). 1.4. Extemporáneamente, por medio del O fi cio Nº 000287-2025-MPH/20 [2540423.002], presentado el 15 de julio de 2025, la señora directora remitió documentación relacionada con el requerimiento efectuado. 1.5. Por tal motivo, con el Auto Nº 2, del 8 de agosto de 2025, este órgano electoral hizo efectivo el apercibimiento señalado y se dispuso el archivo del expediente, toda vez que no se cumplió con presentar lo requerido dentro del plazo otorgado, sin perjuicio de que la documentación remitida por la señora directora con el mencionado o fi cio se considere como un nuevo pedido de convocatoria de candidato no proclamado. En el presente expediente 1.6. Con el o fi cio citado en el visto, la señora directora remitió, entre otros, la siguiente documentación: a) Comprobante de pago de la tasa correspondiente. b) Ofi cio Múltiple Nº 000008-2025-MPH-A [259324.006], del 5 de marzo de 2025, mediante el cual el señor alcalde solicitó la vacancia del señor regidor. c) Citación Nº 012-2025-MPH/SG, del 7 de marzo de 2025, dirigida a los regidores de la citada entidad edil, con la cual se les convocó a la sesión extraordinaria del 18 del mismo mes y año, en la que se trató el pedido de vacancia contra el señor regidor. d) Ofi cio Nº 000087-2025-MPH/20 [259324.007], del 7 de marzo de 2025, dirigido al señor regidor, por el cual se le convocó a la sesión extraordinaria del 18 del mismo mes y año, para tratar el pedido de vacancia en su contra. e) Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo del 18 de marzo de 2025, con la cual se desaprobó el pedido de vacancia. f) Ofi cio Nº 000126-2025-MPH/20 [2516537.006], del 27 de marzo de 2025, dirigido al señor regidor, a través del cual se le convocó a la sesión extraordinaria del 7 de abril de 2025, a fi n de tratar el recurso de reconsideración presentado por los regidores César Augusto Murillo Calderón, César Meneses Huayanay y Biviana Eleana Challapa Zevallos.