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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2025 (11/10/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Sábado 11 de octubre de 2025 El Peruano / Por estos considerandos y en uso de las atribuciones, facultades y autonomía universitaria que le con fi ere el artículo 18 de la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, al rector de la Universidad Nacional José María Arguedas, en calidad de presidente del Consejo Universitario; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior a favor de la Ing. Natally Gutiérrez Sierra, docente contratada para la realización de Pasantía en el Instituto Polo Tecnológico de Pando (IPTP) – Laboratorio de Energías Renovables / Facultad de Química – Universidad de la República (Udelar) Uruguay, del 11 al 20 de octubre de 2025, en el marco del proyecto de investigación titulado: “OPTIMIZACIÓN DE LA OBTENCIÓN DE NANOPARTÍCULAS DE HIERRO CON EXTRACTO ACUOSO DE QUEÑUA EN LA APLICACIÓN DE AGUAS RESIDUALES”, aprobado con Resolución de Consejo Universitario Nº 230-2024-UNAJMA/CU, por el importe de S/ 11,000.00 (Once mil con 00/100 soles), afecto a la meta 0061 – Desarrollo de Estudios, Investigación de Biodiversidad (Proyectos de Investigación Docente – Primera Convocatoria 2024) y fuente de fi nanciamiento 5-18 Recursos Determinados; de acuerdo al siguiente detalle: NºAPELLIDOS Y NOMBRESCARGO PRESUPUESTO 01Natally Gutiérrez SierraDocente contratada coinvestigadora del proyecto de investigaciónNacional Pasaje ida y vuelta: S/ 140Viáticos x 2 días: S/ 640.00Internacional Pasaje ida y vuelta: S/ 2,200.00Alimentación y hospedaje x 05 días: S/ 6,420.00Publicación en el Diario El Peruano S/ 1,600.00 Artículo Segundo.- Dentro de los cinco (05) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada docente deberá presentar ante el jefe inmediato un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Asimismo, en el plazo de 15 días calendario deberá realizar la rendición de cuentas respectiva. Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente resolución de autorización de viaje, en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR al Vicerrectorado de Investigación, Instituto de Investigación, Dirección General de Administración y Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Nacional José María Arguedas, adoptar las acciones correspondientes para el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. EDGAR LUIS MARTÍNEZ HUAMÁN Rector RODNEY VELIZ MONTESINOS Secretario General 2446041-1 Autorizan viaje de docente de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar en eventos que se realizarán en Ecuador UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO - PUNO RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1445-2025 -R-UNA Puno, 14 de mayo del 2025VISTOS: El OFICIO Nº 0297-2025-J-OCRI-UNA/P de fecha 28 de abril del presente año, cursado por la Jefa de la Ofi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de esta Universidad, solicitando autorización de viaje a la ciudad de QUITO – ECUADOR, con fi nes de participar de la Convocatoria Internacional Nº 50 de Programas de Movilidad Estudiantil y la 13ava Convocatoria Internacional Académica y Administrativa para el Segundo Semestre 2025 del CRISCOS; con la asignación de correspondiente bolsa de viaje; CONSIDERANDO: Que, conforme a los actuados, se tiene que el Consejo de Rectores por la Integración Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS) ha emitido la Convocatoria Internacional Nº 50 de Programas de Movilidad Estudiantil y la 13ava Convocatoria Internacional Académica y Administrativa para el Segundo Semestre 2025 del CRISCOS; el cual se llevará a cabo en la ciudad de QUITO – ECUADOR, del 02 al 06 de junio del presente año; Que, por consiguiente, siendo la Universidad Nacional del Altiplano de Puno – Perú, parte integrante del Consejo de Rectores por la Integración Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS), corresponde autorizar la participación presencial de la Jefa de la O fi cina de Cooperación y Relaciones Internacionales de nuestra Casa Superior de Estudios; Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18º de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley Nº 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, conforme prescribe el primer párrafo del artículo 1º de la Ley Nº 27619, denominada “Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos”, tiene como objeto regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley de Presupuesto del Sector Publico, incluyendo aquellos comprendidos en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE; de ello se colige que, todo viaje al extranjero del rector y de docentes universitarios que irrogue gastos al Estado (en calidad de bolsa de viaje, viáticos, etc.), deberá ser publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” de forma obligatoria; Que, sobre la Publicación de viajes al exterior en el Diario O fi cial El Peruano, la Ley Nº 27619, en concordancia con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la Autorización de viajes al exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, respecto contenido del acto de autorización, en su artículo 2º, dice lo siguiente: “La Resolución de autorización de viaje al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. Sin perjuicio de lo expuesto, toda autorización de viajes deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público, bajo responsabilidad”. En concordancia con lo señalado en su artículo 4º sobre la publicidad: “Las Resoluciones de autorización de viaje deberá publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia”. Finalmente su artículo 10º, señala en relación a la