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78 NORMAS LEGALES Jueves 30 de octubre de 2025 El Peruano / que regula el conjunto de actividades y acciones sociales, económicas, técnicas, ambientales, administrativas y políticas de desarrollo del Departamento del Cusco; cuyo cumplimiento es obligatorio para todas las instituciones públicas, privadas y sociedad civil; nace de la iniciativa de un Consejero Regional y dictaminada por una Comisión Ordinaria, que una vez analizada, debatida es aprobada y publicada en el Diario O fi cial El Peruano para su cumplimiento”; fi nalmente se hace necesario precisar el contenido del Artículo 113 que establece que: “Tienen derecho de iniciativa Legislativa Regional: a. Todos los consejeros Regionales. b. Elía Gobernador(a) Regional, ella Vicegobernador(a) en reemplazo de/la Gobernador(a)”; Que, de conformidad con el Artículo 5 del Reglamento Interno de Organizaciones y Funciones del Consejo Regional del Cusco, aprobado por Ordenanza Regional N° 119-2016- CR/GRC.CUSCO, establece “La función normativa o legislativa del Consejo Regional del Cusco, se ejerce mediante la aprobación, derogación, modi fi cación e interpretación de normas de carácter regional, regulan o reglamentan los asuntos externos e internos del Gobierno Regional, en uso de las competencias, atribuciones, derechos y obligaciones conferidas al Consejo Regional por Normas Nacionales; por lo que emana o dicta las siguientes normas: (...) b. Ordenanza Regional: De cumplimiento obligatorio del Gobierno Regional del Cusco y de todas las Instituciones Públicas y Privadas y Sociedad Civil del ámbito departamental; Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional del Cusco aprobado con Ordenanza Regional N° 176-2020-CR/GR CUSCO y su modi fi catoria aprobada con Ordenanza Regional N° 214-2022-GR CUSCO/CR señala que son funciones de la Sub Gerencia de Planeamiento de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; en su artículo 77, Literales a) “Diseñar e implementar metodologías aplicables al proceso de planeamiento en sus diferentes fases”; o) “Asesorar a los órganos del Gobierno Regional de Cusco en materia de su competencia, así como, a los gobiernos locales y mancomunidades en los procesos de plani fi cación” y w) “Emitir opinión de pertinencia a las propuestas de planes sectoriales, temáticos y territoriales desarrollados por las unidades de organización del Gobierno Regional de Cusco y opinión técnica a los planes de desarrollo local a solicitud de los gobiernos locales”: Que, la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/GRC. CUSCO crea el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico de la Región Cusco - SIRPLAN CUSCO, como instancia estructurada y articulada de órganos políticos, técnicos y de concertación interdependiente de los dos niveles de gobierno subnacionales del Estado Peruano (Regional y Local) que promueve y desarrolla la plani fi cación concertada y participativa de integración territorial. Así mismo, mediante su artículo tercero crea el Centro de Planeamiento Estratégico de la Regional Cusco CEPLAR CUSCO como órgano rector y orientador del Sistema Regional de Planeamiento Estratégico que conduce y lidera el proceso concertado de Planeamiento Regional; Que, de conformidad con el Informe N°936-2023. GR CUSCO/GRPPM/SGPL, de la Subgerencia de Planeamiento, recomienda la modi fi cación vía Ordenanza Regional de la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/GRC.CUSCO que crea el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico de la Regional Cusco-SIRPLAN CUSCO y crea el Centro de Planeamiento Estratégico de la Regional Cusco-CEPLAR CUSCO; Que, en el mismo sentido al Informe precedente, la Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, mediante; Informe N° 742-2023-GR CUSCO/GRPPM de fecha 31 de julio del 2023, concluye precisando la importancia de la modi fi cación de la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/GRC.CUSCO de fecha 31 de agosto de 2011; Que, estando al Informe Legal N° 652-2023-GR CUSCO/ORAJ, de fecha 01 de setiembre del 2023, suscrito por el Director Regional de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional del Cusco, emite opinión favorable respecto a la modi fi cación de la Ordenanza Regional N° 007- 2011-CR/GRC.CUSCO de fecha 31 de agosto del 2011, que crea el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico de la Región Cusco - SIRPLAN CUSCO y el Centro Estratégico de Planeamiento de la Región Cusco - CEPLAR CUSCO; Que, mediante O fi cio N° 1183-2024-GR CUSCO/ GR, de fecha 16 de noviembre del 2023, suscrito por el Gobernador Regional Cusco del Gobierno Regional de Cusco, propone al Consejo Regional la modi fi cación de la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/GRC. CUSCO de fecha 31 de agosto de 2011, que crea el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico de la Región Cusco SIRPLAN CUSCO y el Centro Estratégico de Planeamiento de la Región Cusco - CEPLAR CUSCO; Por lo expuesto, el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y el Reglamento Interno de Organización y Funciones del Consejo Regional del Gobierno Regional de Cusco aprobado por la Ordenanza Regional N° 119-2016-CR/GRC CUSCO; y de conformidad con el Dictamen N° 017-2024-GR CUSCO-CRC-COP PATA de la Comisión Ordinaria de Plani fi cación, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Administración, con el voto nominal de cada Consejero Regional, estando aprobado por unanimidad, con la dispensa de trámite de lectura de acta: HA DADO LA SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- MODIFICAR los Artículos Tercero y Quinto de la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/GRC.CUSCO, de fecha 31 de agosto de 2011, la misma que quedara redactado de la siguiente forma: • Artículo Tercero.- CRÉASE, al Centro Estratégico de Planeamiento Regional de la Región Cusco - CEPLAR CUSCO, como una estrategia institucional responsable de conducir, articular y consensuar las diferentes dimensiones que conforman el Sistema Regional de Planeamiento Estratégico, a través de las acciones de asesoramiento en plani fi cación prospectiva, manejo de información regional, promoción, fortalecimiento de las relaciones intra regionales, así como el seguimiento y evaluación de la implementación de los instrumentos de gestión en el territorio, mediante la formulación de Políticas Públicas Regionales y manejo de indicadores según el sector que corresponde. • Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Gobierno Regional de Cusco, la implementación de la presente Ordenanza Regional, conforme a sus funciones y atribuciones Artículo Segundo.- DEROGAR los artículos Segundo y Cuarto de la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/ GRC.CUSCO de fecha 31 de agosto de 2011. Artículo Tercero.- RATIFICAR en todos los demás extremos la Ordenanza Regional N° 007-2011-CR/GRC. CUSCO de fecha 31 de agosto del 2011, que no hayan sido modi fi cadas por la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Cusco para su Promulgación Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Cusco para su promulgación. Dado en Cusco, a los dieciséis días del mes de octubre del año dos mil veinticuatro.