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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (02/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Martes 2 de setiembre de 2025 El Peruano / Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los servidores autorizados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar un informe detallado de las acciones realizadas conforme a la Directiva General Nº 001-2020-PRODUCE-DM denominada “Lineamientos para la autorización de viajes al exterior en el Ministerio de la Producción”, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 031-2020-PRODUCE. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2433979-1 RELACIONES EXTERIORES Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 116-2025-RE Lima, 1 de setiembre de 2025VISTA: La Resolución Suprema Nº 040-2025-RE, publicada el 12 de marzo de 2025; CONSIDERANDO:Que, mediante la Resolución Suprema Nº 026- 2023-RE, se nombra Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de Suecia al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Angel Samanez Bendezú; Que, a través de la Resolución Suprema Nº 102-2023- RE, se nombra al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Angel Samanez Bendezú, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en Estocolmo, Reino de Suecia; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 040-2025- RE, se dispone la reapertura de la Embajada del Perú en el Reino de Dinamarca con sede en la ciudad de Copenhague, su capital; y, De conformidad con la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Se dan por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Miguel Angel Samanez Bendezú, como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Reino de Dinamarca, con residencia en Estocolmo, Reino de Suecia. Artículo 2.- La fecha de término de sus funciones será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Cancelar las Cartas Credenciales y los Plenos Poderes correspondientes. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores.Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2434059-3 Modifican el artículo 2 de la R.S. N° 244- 2024-RE, respecto a la jurisdicción consular atribuida al Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 117-2025-RE Lima, 1 de setiembre de 2025 VISTO: El Memorándum Nº DGC014802025 de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, de 19 de junio de 2025; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 244-2024- RE, se nombra al Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Bonifaz Tweddle, Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile; Que, el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 244- 2024-RE, señala que la jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 133-2010-RE, de 15 de diciembre de 2010; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 017-2025- RE se actualizan las circunscripciones de las O fi cinas Consulares de la República del Perú en la República de Chile; y se deroga el Decreto Supremo Nº 133-2010-RE, por lo que resulta necesario modi fi car el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 244-2024-RE en lo que respecta a la jurisdicción consular atribuida al Cónsul General del Perú en Santiago, República de Chile; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE; el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-2010- RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 244-2024-RE, de 30 de diciembre de 2024, conforme al siguiente tenor: “Artículo 2.- La jurisdicción consular será la establecida en el Decreto Supremo Nº 017-2025-RE, de 17 de junio de 2025”. Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Suprema Nº 244-2024-RE, de 30 de diciembre de 2024, en todo aquello que no se oponga a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2434059-4