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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (02/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Martes 2 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, mediante el memorándum Nº C-PARIS000922025, de 2 de abril de 2025, el Consulado General del Perú en París informa a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares la renuncia presentada por la señora Marie-Lucile Ruyant Macedo como Cónsul Honoraria del Perú en Niza, República Francesa; Que, mediante el memorándum Nº C-PARIS001132025, de 15 de abril de 2025, el Consulado General del Perú en París, en su calidad de Jefatura de los Servicios Consulares, remite a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares el Acta de Entrega de la señora Marie-Lucile Ruyant Macedo, suscrito el 14 de abril de 2025; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante memorándum Nº DGC018202025, del 30 de julio de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares emite opinión favorable para proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes de la señora Marie-Lucile Ruyant Macedo, quien fuera reconocida como Cónsul Honoraria del Perú en Niza, República Francesa; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Término de funciones Se da por terminadas las funciones de la señora Marie- Lucile Ruyant Macedo como Cónsul Honoraria del Perú en Niza, República Francesa, con jurisdicción consular en los departamentos de Alpes-de-Haute-Provence, Var y Alpes-Maritimes, con e fi cacia anticipada al 14 de abril de 2025. Artículo 2.- Cancelación de Letras Patentes Se cancelan las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Agradecimiento Se agradece sus servicios prestados a la Nación. Artículo 4.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2434059-11 Dan terminadas funciones de Cónsul Honorario del Perú en Nicosia, República de Chipre, con jurisdicción consular en la ciudad de Nicosia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2025-RE Lima, 1 de setiembre de 2025CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 032-2023-RE, el Estado peruano nombra a los funcionarios consulares honorarios por medio de Resolución Suprema, de acuerdo con las disposiciones citadas en el referido Reglamento. Asimismo, es decisión soberana del Estado peruano nombrar y dar término sin expresión de causa, a los funcionarios consulares honorarios; Que, el artículo 64 del citado Reglamento, establece las causales de término de funciones del funcionario consular honorario, siendo estas: a) La revocación del Exequátur; b) La cancelación del nombramiento y de las Letras Patentes, c) Cumplir setenta años de edad, salvo autorización del Ministerio de Relaciones Exteriores para continuar en el cargo; d) A su solicitud; y, e) Muerte; Que, el artículo 65 del mencionado Reglamento señala que, al término de funciones, el funcionario consular honorario hará entrega de los bienes, archivos y un informe de gestión de la O fi cina Consular a la Jefatura de Servicios Consulares correspondiente o a la O fi cina Consular que ésta designe para la suscripción del acta correspondiente; Que, mediante Resolución Suprema Nº 0412-1998- RE, de 18 de septiembre de 1998, se nombra al señor Demetrios Zachariades como Cónsul Honorario del Perú en Nicosia, República de Chipre, con jurisdicción en la ciudad de Nicosia, extendiéndole las Letras Patentes correspondientes; Que, mediante memorándum Nº C-ATENAS000482025, de 22 de abril de 2025, la Sección Consular de la Embajada del Perú en Atenas, informó a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares la renuncia del señor Demetrios Zachariades como Cónsul Honorario del Perú en Nicosia, República de Chipre; Que, mediante memorándum Nº L-ATENAS002102025, de 18 de junio de 2025, la Embajada del Perú en la República Helénica, en su calidad de Jefatura de los Servicios Consulares, remitió a la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares el Acta de Entrega de Cargo e Informe de Transferencia de Gestión del señor Demetrios Zachariades, ambos suscritos el 16 de junio de 2025; Que, en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se puede disponer en el mismo acto administrativo, que tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros, y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la e fi cacia del acto, el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, mediante memorándum Nº DGC016492025, de 09 de julio de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares ha emitido opinión favorable para proceder a dar término de funciones y cancelar las Letras Patentes del señor Demetrios Zachariades, quien fuera reconocido como Cónsul Honorario del Perú en Nicosia, República de Chipre; con circunscripción en la ciudad de Nicosia; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; y, el Reglamento Consular del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-2023-RE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Término de funciones Se da por terminadas las funciones del señor Demetrios Zachariades como Cónsul Honorario del Perú