NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (02/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 84
TEXTO PAGINA: 25
25 NORMAS LEGALES Martes 2 de setiembre de 2025 El Peruano / Ciudadana de la O fi cina General de Gestión Social, sustenta la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, encargado de proponer acciones orientadas al desarrollo sostenible de las Comunidades Nativas de las cuencas del Tigre, Pastaza y Corrientes del Lote 192 ubicadas en las provincias de Loreto-Nauta y Datem del Marañón, del departamento de Loreto; Que, mediante el Informe Nº 0281-2025-MINEM- OGPP-ODICR, la O fi cina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable, desde el punto de vista organizacional, para la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, mediante el Informe Nº 0767-2025-MINEM/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la creación del Grupo de Trabajo Multisectorial; Que, asimismo, se cuenta con el consentimiento de los integrantes que conforman el Grupo de Trabajo Multisectorial, conforme a lo dispuesto en el numeral 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado; Con los vistos de la O fi cina General de Gestión Social, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Multisectorial Crear el Grupo de Trabajo Multisectorial, de naturaleza temporal, denominado “Mesa Técnica Multisectorial para el desarrollo sostenible y remediación ambiental en el ámbito del Lote 192”, dependiente del Ministerio de Energía y Minas. Artículo 2.- Objeto El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene como objeto promover el desarrollo sostenible de las 25 Comunidades Nativas de las cuencas del Tigre, Pastaza y Corrientes ubicadas en las provincias de Loreto-Nauta y Datem del Marañón, del departamento de Loreto, a través de un conjunto de acciones articuladoras intersectoriales para la reactivación de proyectos paralizados o con retrasos en materia de infraestructura en salud, agua y saneamiento, educación y electri fi cación rural del ámbito del Lote 192; y para el inicio de la contratación de empresas especializadas para remediar sitios impactados priorizados en el ámbito del Lote 192. Artículo 3.- Integrantes 3.1 El Grupo de Trabajo Multisectorial está integrado por: a) Un/a (01) representante del Ministerio de Energía y Minas, quien lo preside; b) Un/a (01) representante de la O fi cina General de Gestión Social del Ministerio de Energía y Minas; c) Un/a (01) representante de la Presidencia del Consejo de Ministros; d) Un/a (01) representante del Ministerio de Salud;e) Un/a (01) representante del Ministerio de Educación;f) Un/a (01) representante del Ministerio del Ambiente; g) Un/a (01) representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; h) Un/a (01) representante del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA); i) Un/a (01) representante de Petróleos del Perú (PETROPERÚ S.A.) j) Un/a (01) representante de PERUPETRO S.A.; k) Un/a (01) representante de Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú (PROFONANPE);l) Un/a (01) representante del Gobierno Regional de Loreto; m) Un/a (01) representante de la Municipalidad Provincial de Loreto; n) Un/a (01) representante de la Municipalidad Provincial de Datem del Marañón; o) Un/a (01) representante de la Municipalidad Distrital de Andoas; p) Un/a (01) representante de la Municipalidad Distrital de Trompeteros; q) Un/a (01) representante de la Municipalidad Distrital de Tigre; r) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nuevo Porvenir; s) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nuevo Andoas; t) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Andoas Viejo; u) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Titiyacu; v) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Alianza Topal; w) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Los Jardines; x) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Pañayacu; y) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa José Olaya; z) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Pampa Hermosa; aa) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Antioquía; bb) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nueva Nazareth; cc) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Sauki; dd) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nueva Jerusalen; ee) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa 12 de Octubre; ff ) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Vista Alegre; gg) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Andrés Avelino Cáceres; hh) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa San Juan de Bartra; ii) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nuevo Remanente; jj) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa El Salvador; kk) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Marsella; ll) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Teniente Ruiz; mm) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Betania; nn) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Centro Arenal; oo) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nuevo Canaán; pp) Un/a (01) representante de la Comunidad Nativa Nueva Alianza Capahuariyacu; qq) Un/a (01) representante de la Federación Indígena Quechua del Pastaza (FEDIQUEP); rr) Un/a (01) representante de la Federación de Comunidades Nativas de la Cuenca del Corrientes (FECONACOR); ss) Un/a (01) representante de la Federación Indígena Quechua del Alto Pastaza Andoas (FEDINAPA); tt) Un/a (01) representante de la Federación de Comunidades Nativas de Tigre (FECONAT); uu) Un/a (01) representante de la Organización de Pueblos Indígenas Kichwas, Amazónicos Fronterizos del Perú – Ecuador (OPIKAFPE); vv) Un/a (01) representante de la Organización Interétnicas del Alto Pastaza – Andoas (ORIAP); 3.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial cuentan con un representante alterno, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular.