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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Domingo 7 de setiembre de 2025 El Peruano / EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral Nº 0009-2024-EF/50.01, y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la Entidad Prestadora de Saneamiento de Juliaca S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 497 178,00 (CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL CIENTO SETENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Saneamiento de Juliaca S.A., para el fortalecimiento de la capacidad operativa de la citada entidad, destinada a garantizar la continuidad del abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, para la población del distrito de Coata de la provincia de Puno y de los distritos de Caracoto y localidad de Chilla de la provincia de San Román, departamento de Puno, durante el periodo correspondiente de setiembre hasta diciembre de 2025. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2025 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestaria 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Categoría del Gasto 5: Gasto Corriente y Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación del uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Veri fi cación y Seguimiento El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través del Programa Nacional de Saneamiento Urbano, es responsable de la veri fi cación y seguimiento de las metas físicas y fi nancieras de los recursos, así como del cumplimiento de las acciones contenidas en el Convenio Nº 053-2025/VIVIENDA/VMCS/PNSU/DE, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DURICH FRANCISCO WHITTEMBURY TALLEDO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2435912-1 Normas Legales ActualizadasNLA NORMAS LEGALES INGRESA A NORMAS LEGALES ACTUALIZADAS https://diariooficial.elperuano.pe/normas/normasactualizadas tUtilice estas normas con la certeza de que están vigentes.MANTENTEINFORMADO CONLO ÚLTIMO EN