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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (07/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Domingo 7 de setiembre de 2025 El Peruano / de Organización y Funciones, que contiene las Secciones Primera y Segunda del mismo. Artículo 3.- Adecuación y/o Aprobación de Documentos de Gestión La Procuraduría General del Estado adecúa y/o aprueba sus documentos de gestión, de acuerdo a lo establecido en la modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones. Artículo 4.- Financiamiento La implementación de lo dispuesto en la presente resolución se fi nancia con cargo al presupuesto institucional de la Procuraduría General del Estado, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 5.- Publicación Disponer la publicación de la presente resolución, así como de la modi fi cación de la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado y anexos en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA AURORA CARUAJULCA QUISPE Procuraduría General 2435923-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Amplían competencia territorial del 2° Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Caraz hacia la provincia de Yungay y disponen cierre de turno del Juzgado Penal Unipersonal de Yungay, Corte Superior de Justicia de Áncash Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000325-2025-CE-PJ Lima, 5 de setiembre del 2025 VISTO: El O fi cio N° 000599-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, respecto a un pedido de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash para dotar a la provincia de Yungay de un juzgado penal unipersonal subespecializado en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. CONSIDERANDO: Primero.- Que, mediante O fi cio N° 000299-2025-P-CSJAN-PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash solicitó al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que se dote a la provincia de Yungay, de manera permanente o transitoria, de un juzgado penal unipersonal subespecializado en violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar. Segundo.- Que, mediante O fi cio N° 000503-2025-RT- PPOR1002-P-PJ y O fi cio N° 000497-2025-RT- PPOR1002-P-PJ, el responsable técnico del Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, informó a este Órgano de Gobierno que ese programa presupuestal no tiene competencia para la creación de órganos jurisdiccionales permanentes y no cuenta con disponibilidad presupuestal para implementar nuevos órganos transitorios; y, como medida alternativa a lo solicitado por dicha Presidencia de Corte, la Coordinadora de Seguimiento, Monitoreo y Supervisión del citado programa presupuestal, mediante el Ofi cio N° 000090-2025-C-PPOR1002-P-PJ, con sustento en el Informe Técnico N° 000013-2025-RT-PPOR1002-P-PJ, puso a consideración las siguientes propuestas: a) Ampliar la competencia territorial de manera permanente del 2° Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Caraz, provincia de Huaylas, Corte Superior de Justicia de Ancash hacia la provincia de Yungay de la misma Corte Superior, para la atención de las denuncias por Violencia contra las Mujeres e integrantes del grupo familiar. b) Cerrar el turno de manera permanente al Juzgado Penal Unipersonal del distrito y provincia de Yungay, Corte Superior de Justicia de Ancash, para el ingreso de expedientes por Violencia contra las Mujeres e integrantes del grupo familiar, el cual deberá concluir con la carga procesal de los referidos procesos con los que cuenta. Tercero.- Que, mediante Resolución Corrida N° 000599-2025-CE-PJ se dispuso que la O fi cina de Productividad Judicial evalúe las propuestas planteadas por el Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, la cual, mediante O fi cio N° 000599-2025-OPJ-CNPJ-CE-PJ informó a este órgano de gobierno lo siguiente: a) La Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ancash, mediante el O fi cio N° 000913-2025-P-CSJAN- PJ, ha informado que el Juzgado Penal Unipersonal del distrito y provincia de Yungay, bajo el monitoreo de la Unidad de Equipo Técnico de Implementación del Código Procesal Penal y que tiene dentro de su competencia funcional los procesos de la subespecialidad de violencia familiar con la Ley N° 30364, registró entre enero y julio del presente año, un ingreso de 43 expedientes correspondientes a dicha subespecialidad, proyectándose para fi nales de este año un ingreso total aproximado de 79, en la subespecialidad de violencia familiar con la Ley N° 30364. b) El 2° Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Caraz, provincia de Huaylas, fi nanciado con los recursos del Sistema Nacional Especializado de Justicia para la protección y sanción de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, proyecta para fi nes del presente año una carga procesal de 118, cifra que al ser menor a la carga procesal mínima de 420 expedientes establecida para este juzgado, evidencia que se encontraría en situación de subcarga procesal; en ese sentido, de atender con turno abierto el ingreso de expedientes de la subespecialidad de violencia familiar provenientes de la provincia de Yungay (aproximadamente 79 expedientes anuales), este juzgado incrementaría su carga procesal a 197 expedientes anuales, optimizando su nivel de productividad. c) Que, a fi n de optimizar los recursos con los que viene funcionando el 2° Juzgado Penal Unipersonal Subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de Caraz, provincia de Huaylas; garantizando una atención especializada, célere y oportuna de los procesos de la subespecialidad de violencia familiar con la Ley N° 30364 en la provincia de Yungay, esta O fi cina concurre con las propuestas formuladas por el responsable técnico del Programa Presupuestal Orientado a Resultados para la Reducción de la Violencia contra la Mujer, indicadas en el Segundo Considerando de la presente resolución administrativa.