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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (11/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Jueves 11 de setiembre de 2025 El Peruano / Que, a través de la Hoja de Ruta Nº T-323318-2025 de fecha 17 de julio de 2025, la señora CARMEN HUAMAN ESPIRITU, identi fi cada con DNI Nº 42702248, en calidad de Gerente General del CITV, solicitó se le otorgue la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. San Agustín Nº 1708-1710, distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín; Que, mediante O fi cio Nº 23936-2025-MTC/17.03 de fecha 21 de julio de 2025, la Dirección de Circulación Vial, en adelante DCV, consultó a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías – SUTRAN, entre otros puntos, si el CITV registra sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación defi nitiva para obtener nueva autorización, recaída en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-330068- 2025 de fecha 22 de julio de 2025, el CITV presentó documentación complementaria a su solicitud de renovación de autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular, incluyendo plano de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva de la infraestructura inmobiliaria; Que, mediante Informe Nº 168-2025-MTC/17.03.01/ aacr/ramp de fecha 22 de julio de 2025, que versa sobre el análisis del plano de ubicación, plano de distribución y memoria descriptiva, se concluyó que la solicitud presentada por el CITV se encuentra acorde con lo dispuesto en el Reglamento y el Anexo 2 “Infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular”, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-342801-2025 de fecha 31 de julio de 2025, SUTRAN remitió el O fi cio Nº D000659-2025-SUTRAN-GPS de la misma fecha, a través del cual señala que el CITV no registra sanción de cancelación de la autorización e inhabilitación defi nitiva para obtener nueva autorización, recaída en acto administrativo fi rme y/o que haya agotado la vía administrativa; Que, con O fi cio Nº 25308-2025-MTC/17.03, de fecha 04 de agosto de 2025, se procedió a comunicar al CITV, la programación de la inspección in situ, para el día 13 de agosto de 2025, con el objeto de veri fi car el cumplimiento de las condiciones y requisitos para acceder a la renovación de la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular; Que, conforme a lo indicado en el Acta Nº 130-2025- MTC/17.03.01 de fecha 13 de agosto de 2025, se realizó la inspección in situ en el local ubicado en Av. San Agustín Nº 1708-1710, distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, constatándose que cumple con las condiciones de equipamiento y recursos humanos e infraestructura inmobiliaria; Que, del análisis de los documentos presentados y la inspección in situ, se veri fi có que el CITV cumple con los requisitos y condiciones para acceder a la renovación de la autorización para operar como Centro de Inspección Técnica Vehicular con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. San Agustín Nº 1708-1710, distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, en el marco de lo establecido en el Procedimiento Administrativo “DCV-024: Renovación de la autorización como centro de inspección técnica vehicular - CITV” del TUPA del MTC, en concordancia con lo dispuesto en los literales e), f), g), h) y l) del numeral 37.1 del artículo 37 y el artículo 43 del Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de esta Dirección en el Informe Nº 0254- 2025-MTC/17.03.01, corresponde emitir el presente acto administrativo; De conformidad con la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y sus modi fi catorias; el Manual de inspecciones técnicas vehiculares, tabla de interpretación de defecto de inspecciones técnicas vehiculares, y las características y especi fi caciones técnicas del equipamiento para los centros de inspección técnica vehicular y la infraestructura inmobiliaria mínima requerida para los centros de inspección técnica vehicular, aprobado mediante Resolución Directoral Nº 11581-2008-MTC/15 y sus modi fi catorias; y, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2022-MTC. SE RESUELVE: Artículo 1.- RENOVAR a la empresa CORPORACION DUNNAS KOYLLORITY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, por el plazo de cinco (05) años, la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, con una (01) Línea de Inspección Técnica Tipo Mixta, en el local ubicado en Av. San Agustín Nº 1708-1710, distrito de San Agustín de Cajas, provincia de Huancayo, departamento de Junín, otorgada mediante Resolución Directoral Nº 0133-2020-MTC/17.03 de fecha 25 de junio de 2020. Artículo 2.- La empresa CORPORACION DUNNAS KOYLLORITY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, debe sujetar su actuación conforme a lo establecido en el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, sus modi fi catorias, y normas complementarias. Artículo 3.- PRECISAR que el personal técnico acreditado del CITV CORPORACION DUNNAS KOYLLORITY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, es el siguiente: NOMBRES Y APELLIDOS CARGO JOSE ANTONIO LAZO BLANCASINGENIERO SUPERVI- SOR TITULAR FREDDY MENDOZA AURISINGENIERO SUPERVI- SOR SUPLENTE JOSE LUIS GOMEZ LAPA INSPECTORES STEVEN JEAN PIERRE RODRIGO MEDINA JORDI CHUPAYO MALLQUI Artículo 4.- ESTABLECER que el CITV CORPORACION DUNNAS KOYLLORITY SOCIEDAD ANONIMA CERRADA, bajo responsabilidad, debe presentar a la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, la renovación o contratación de nueva póliza de seguro de responsabilidad civil, antes del vencimiento de los plazos que se señalan a continuación: ACTOFECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN Primera renovación o contratación de nueva póliza06 de febrero de 2026 Segunda renovación o contratación de nueva póliza06 de febrero de 2027 Tercera renovación o contratación de nueva póliza06 de febrero de 2028 Cuarta renovación o contratación de nueva póliza06 de febrero de 2029 Quinta renovación o contratación de nueva póliza06 de febrero de 2030 Artículo 5.- En virtud de lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento Nacional