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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (13/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 94

94 NORMAS LEGALES Sábado 13 de setiembre de 2025 El Peruano / con la dimensión ambiental del PDRC de San Martín. Sin perjuicio de sus demás funciones, el ejercicio de la Autoridad Ambiental Regional encargado a la Autoridad Regional Ambiental (ARA) del Gobierno Regional de San Martín”; y en el artículo 11° establece que la Comisión Ambiental Regional de San Martín (CAR - SM) “ (…) es la instancia de gestión ambiental de carácter multisectorial encargada de la coordinación y la concertación de las acciones dirigidas a la implementación de la Política Nacional del Ambiente en el ámbito regional. Promueve el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y la sociedad civil para orientar la gestión ambiental a un nivel de e fi cacia real, que resuelva los problemas ambientales que sólo pueden ser enfrentados bajo mecanismos transectoriales y participativos. La CAR-SM está conformada por las instituciones públicas, privadas, organizaciones representativas de sectores económicos o sociales con responsabilidades e intereses en la gestión ambiental regional (…)”; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional N° 148-2025/GR de fecha 18 de junio de 2025, se aprobó la Junta Directiva de la Comisión Ambiental Regional – CAR por el periodo comprendido de 2025-2026, conforme a la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, que aprobó el Reglamento de la Ley N° 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, que precisa: “Las CAR y CAM, creadas con anterioridad a la vigencia del presente Reglamento, continúan con el ejercicio de sus funciones, conforme al marco legal con el que fueron creadas, hasta que se adecuen a las disposiciones establecidas en la presente norma en el plazo máximo de dos (2) años, contados desde la entrada en vigencia de la misma. El Ministerio del Ambiente brinda el apoyo técnico у асоmpañamiento correspondiente”; Que, en ese marco de competencias, mediante Informe Técnico N° 002-2025-GRSM/ARA-SM/DGA/ ADGA de fecha 31 de marzo de 2025, emitido por el profesional responsable del Área de Desarrollo y Gobernanza Ambiental – ADGA de la Dirección de Gestión Ambiental – Autoridad Regional Ambiental – ARA SAN MARTIN, establece entre sus análisis, relacionado a la Hoja de ruta de implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de San Martin; lo siguiente: “(…) 4.11. El SRGA comprende la organización territorial a nivel regional del SNGA, está liderado por el gobierno regional quien a través de este sistema promueve la articulación de las acciones o intervenciones de las entidades públicas, organizaciones del sector privado y de la sociedad civil para atender la problemática ambiental regional. 4.12. En marco a ello, y de acuerdo a la guía para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental, aprobado con Resolución Ministerial N° 00033-2025-MINAM de fecha 06 de febrero del 2025, establece que la implementación del SRGA a cargo del gobierno regional inicia como actividad previa la elaboración y aprobación de la Hoja de ruta de la implementación del SRGA, a cargo de la Gerencia Regional Ambiental, el mismo que debe ser aprobado con ordenanza regional conforme al Anexo 1 y 2 de la guía antes mencionada. 4.13. Mediante enlace virtual, el MINAM llevo a cabo una reunión con el equipo técnico de la Dirección de Gestión Ambiental, con la fi nalidad de socializar el nuevo reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobado mediante Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, de fecha 03 de diciembre de 2024. 4.14. Posterior a ello, y mediante correo electrónico de fecha 18 de marzo, se remite al MINAM la propuesta de hoja de ruta para la implementación del SRGA de San Martin para su revisión, teniendo como respuesta la conformidad de acuerdo al nuevo marco legal. 4.15. La Hoja de Ruta establece acciones programadas, en periodos de fi nidos para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de San Martin, respecto a (i) Elaboración de la matriz de identi fi cación de los actores que integran el SRGA, sus funciones y marco legal; (ii) Creación y funcionamiento de las Comisiones Ambientales Regionales (CAR); (iii) Elaboración y aprobación de la Matriz Regional de Prioridades Ambientales y Climáticas; (iv) Aprobación de la política ambiental regional y de otros instrumentos en el marco de las competencias del gobierno regional; y, (v) Establecimiento de mecanismos de coordinación con las entidades públicas, sociedad civil y actores privados (…). Que, es así, mediante el precitado Informe Técnico N° 002-2025-GRSM/ARA-SM/DGA/ADGA de fecha 31 de marzo de 2025, el profesional a cargo de la Dirección de Gestión Ambiental – ARA, concluyó: “- “La propuesta de Hoja de Ruta para la implementación del SRGA de la región San Martin estipula acciones a desarrollarse en un periodo de 02 años. - El nuevo Reglamento de la Ley N° 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N°014- 2024-MINAM, de fecha 03 de diciembre de 2024, establece que cada Gobierno Regional encarga a la Gerencia Regional Ambiental o la que haga sus veces la implementación del SRGA y aprueba, mediante ordenanza regional, una hoja de ruta que permita reportar semestralmente los avances del proceso de implementación al Consejo Regional y al Ministerio del Ambiente”; de tal manera procedió a recomendar que: “- Aprobar la Hoja de Ruta para la implementación del SRGA de la región San Martin mediante Ordenanza Regional. - Remitir el presente sustento técnico a la O fi cina de Asesoría Legal de la Autoridad Regional Ambiental para su opinión e informe legal respecto a la aprobación de la Hoja de Ruta de implementación del SRGA de la región San Martin, en marco a lo estipulado en el nuevo reglamento de la Ley N° 28245, Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental”; Que, la O fi cina de Asesoría Legal de la Autoridad Regional Ambiental San Martín, a través del Informe Legal N° 24-2025-GRSM/ARASM/OAL de fecha 13 de mayo de 2025, emitió la siguiente opinión legal: “Por las razones expuestas, la O fi cina de Asesoría Legal de la Autoridad Regional Ambiental, OPINA: 5.1. Es viable la aprobación de la Hoja de Ruta para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de San Martín-SRGA, mediante Ordenanza Regional, conforme lo establece el numeral 26.2 del artículo 26 del Reglamento de la Ley Nº 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental aprobado con Decreto Supremo N°014-2024-MINAM (…)”; Que, mediante Informe Legal N° 343-2025-GRSM/ ORAL de fecha 18 de julio del 2025, la O fi cina Regional de Asesoría Legal del Gobierno Regional San Martín, OPINA FAVORABLEMENTE por la emisión de la ordenanza regional que apruebe la Hoja de Ruta para la Implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de San Martín; ya que, será de alcance Regional y, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de la Ley N° 28245 - Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado con Decreto Supremo N° 014-2024-MINAM, y la Guía para la Implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental, aprobada por Resolución Ministerial N° 00033-2025-MINAM de fecha 06 de febrero de 2025; Que, el Consejo Regional de San Martin, en Sesión ordinaria desarrollada el 03 de setiembre de 2025, en las instalaciones del Auditorio del Consejo Regional - Moyobamba, y en uso de sus facultades conferidas en la Constitución Política de Estado, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y el Reglamento Interno del Consejo Regional, APROBÓ por UNANIMIDAD de los consejeros regionales asistentes, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR la HOJA DE RUTA para la implementación del Sistema Regional de Gestión Ambiental de San Martin, conforme a la Ley N° 28245 Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 0014-2024-MINAM. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento e implementación de la presente Ordenanza al Gobernador Regional de San Martin en coordinación con la Gerencia