NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (19/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 124
TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Viernes 19 de setiembre de 2025 El Peruano / 8. Bene fi cios y cobene fi cios Se describe de manera breve los impactos positivos derivados de la implementación de la medida de mitigación, relacionado con los objetivos de desarrollo, sostenibilidad y equidad, considerando como cobene fi cios la potencial reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y ahorros económicos. Se describe de manera breve los cobene fi cios ambientales, sociales y económicos ligados a la medida de mitigación. 9. Actores involucrados y arreglos institucionales para la implementación, monitoreo y reporte Se describe de manera resumida a los actores clave, responsables de la implementación de la medida; así como los arreglos institucionales que garanticen la implementación de la medida de mitigación. 2440259-3 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALESENERGÍA Y MINAS Aprueban la tercera modificación de la concesión definitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 289-2025- MINEM/DM Lima, 5 de setiembre de 2025 VISTOS: El Expediente Nº 18359215 sobre la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica para la “Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I”, cuyo titular es la Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C.; la solicitud de tercera modi fi cación de dicha concesión de fi nitiva, presentada mediante documento con Registro Nº 3951027, por la citada empresa; el Informe Nº 305-2025-MINEM/DGE- DCE, de la Dirección General de Electricidad; el Informe Nº 0729-2025-MINEM/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Ministerial Nº 414-2015- MEM/DM, publicada el 23 de setiembre de 2015, en el diario o fi cial El Peruano, se otorgó a favor de la Empresa de Generación Eléctrica Santa Lorenza S.A.C. (en adelante, SANTA LORENZA) la concesión de fi nitiva para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica con Recursos Energéticos Renovables en la futura Central Hidroeléctrica Santa Lorenza I (en adelante, la CONCESIÓN), ubicada en los distritos de Ambo y San Rafael, provincia de Ambo, departamento de Huánuco, aprobándose el contrato de Concesión Nº 473-2015 (en adelante, el CONTRATO); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 018-2021-MINEM/DM, publicada el 05 de febrero de 2021, en el diario o fi cial El Peruano, se aprobó la primera modi fi cación a la CONCESIÓN y al CONTRATO, prorrogándose la fecha de la Puesta en Operación Comercial (en adelante, POC) hasta el 20 de agosto de 2023, sobre la base de los eventos cali fi cados como fuerza mayor a través de la Resolución Ministerial Nº 357-2020-MINEM/DM; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 443-2022-MINEM/DM, publicada el 04 de enero de 2023, en el diario o fi cial El Peruano, se aprobó la segunda modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, prorrogándose la fecha de la POC hasta el 03 de enero de 2026, sobre la base de los eventos cali fi cados como fuerza mayor a través de la Resolución Ministerial Nº 346-2022-MINEM/DM; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 464-2024-MINEM/DM, de fecha 17 de diciembre de 2024, se cali fi có como fuerza mayor el evento invocado por SANTA LORENZA referido a la “Problemática con el Anexo de Huaracalla”; teniendo una duración de 698 días calendario; Que, mediante documento con Registro Nº 3951027, de fecha 11 de marzo de 2025, SANTA LORENZA solicitó la tercera modi fi cación de la CONCESIÓN, con la fi nalidad de modi fi car las fechas de las actividades del Calendario de Ejecución de Obras y, de esta manera, prorrogar la fecha de la POC hasta el 2 de diciembre de 2027, sobre la base del evento de fuerza mayor cali fi cado como tal a través de la Resolución Ministerial Nº 464-2024-MINEM/ DM; Que, conforme a los Informes de Vistos, la Dirección General de Electricidad y la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, han verifi cado que la solicitud de SANTA LORENZA cumple con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, así como en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2014-EM; Que, en consecuencia, corresponde aprobar la tercera modi fi cación de la CONCESIÓN y del CONTRATO, en los términos y condiciones que se encuentran contenidas en la Minuta correspondiente, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución Ministerial, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, según lo