NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Domingo 21 de setiembre de 2025 El Peruano / que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Alex Robin Peve Chimayco, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios; en atención al marco normativo, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 00010-2025-MP-FN-OREF-PLQC, de fecha 16 de septiembre de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar al abogado Alex Robin Peve Chimayco, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios. Artículo Segundo .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2440755-12 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Autorizan viaje de Secretario General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a Lituania, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000149-2025-JN/ ONPE Lima, 19 de setiembre de 2025VISTOS: El documento GOV/EP(2025)007 de fecha 06 de agosto de 2025, suscrito por la Sra. Elsa Pilichowski, Directora de la Dirección de Gobernanza Pública de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE, y el Sr. Donatas Tamulaitis, Director del Departamento de Relaciones Económicas Externas y de Política de Seguridad Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Lituania; el O fi cio N° 002838-2025-JN/ONPE y el Proveído N° 003067-2025-JN/ONPE, de esta Jefatura; así como el Informe N° 000478-2025-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Mediante Carta de Vistos, suscrita por la Sra. Elsa Pilichowski, Directora de la Dirección de Gobernanza Pública de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE, y el Sr. Donatas Tamulaitis, Director del Departamento de Relaciones Económicas Externas y de Política de Seguridad Económica del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Lituania, se cursó una invitación a la ONPE, para participar en el “Tercer Seminario de Capacitación para Fortalecer la Resiliencia y Combatir la Desinformación”, a realizarse en la ciudad de Vilna, República de Lituania, los días 1 al 3 de octubre de 2025. Cabe precisar el organizador del evento asumirá todos los gastos, salvo el seguro de viaje que lo asume la ONPE; Con el O fi cio N° 002838-2025-JN/ONPE se con fi rmó la participación del señor Elar Juan Bolaños Llanos, Secretario General de la ONPE, en representación de la entidad; Es preciso señalar que los artículos 2 y 3 de la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y los artículos 2 y 4 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria, establecen que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje; En ese sentido, tal como consta en la invitación cursada a la entidad, el Seminario tiene como objetivo promover el fortalecimiento de la resiliencia institucional y la lucha contra la desinformación, lo cual evidencia el interés institucional del citado evento, en tanto permitirá fortalecer las funciones constitucionales y legales de la ONPE; Por lo tanto, corresponde emitir el acto resolutivo que autorice el viaje en comisión de servicios; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; el literal r) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por la Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE y su modi fi catoria; Con el visado de la Secretaría General y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios del señor Elar Juan Bolaños Llanos, Secretario General de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, del 29 de setiembre al 5 de octubre de 2025, a la República de Lituania, para participar en el “Tercer Seminario de Capacitación para Fortalecer la Resiliencia y Combatir la Desinformación”, a realizarse en la ciudad de Vilna, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos referidos a boletos aéreos (ida y vuelta), hospedaje, traslados internos y alimentación del señor Elar Juan Bolaños Llanos serán cubiertos por el organizador del evento. El gasto correspondiente al seguro de viaje a la República de Lituania, por los días comprendidos entre el 29 de setiembre y el 5 de octubre de 2025, asciende a US$ 45 (cuarenta y cinco dólares americanos), el cual será cubierto por la ONPE. Artículo Tercero.- Precisar que el viaje en comisión de servicios señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución no concede exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos de ninguna clase o denominación. Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje en comisión de servicios citado, el funcionario señalado en el Artículo Primero de la presente Resolución deberá presentar a esta Jefatura un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, con copia a la Gerencia de Recursos Humanos. Artículo Quinto.- Poner en conocimiento de la presente Resolución al funcionario señalado en el Artículo Primero y a la Gerencia de Recursos Humanos, a fi n de que emita el acto resolutivo de encargatura por los días del 29 de setiembre al 5 de octubre de 2025.