NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/09/2025)
CANTIDAD DE PAGINAS: 72
TEXTO PAGINA: 58
58 NORMAS LEGALES Domingo 21 de setiembre de 2025 El Peruano / de Varsovia, Polonia, y el pago de los gastos, a fi n de que realice la supervisión indicada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 2068,82 Viáticos US$ 1090,00TOTAL US$ 3158,82 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2439444-1 Autorizan modificación de la Resolución de Directorio N° 0043-2025-BCRP, ampliando autorización de viaje al exterior del Gerente General y pago de gastos adicionales RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0054-2025- BCRP-N Lima, 19 de setiembre de 2025CONSIDERANDO QUE: Mediante Resolución de Directorio N° 0043-2025- BCRP-N, se autorizó la misión en el exterior del señor Paul Gonzalo Castillo Bardalez, Gerente General, los días 2 y 3 de setiembre de 2025, a Ciudad de México, México, y el pago de los gastos, a fi n de que participe en una reunión organizada por el Bank for International Settlements (BIS), Representative O ffi ce for the Americas; Según lo indicado por la Gerencia de Comunicaciones, ha sobrevenido un evento de fuerza mayor debidamente sustentado, situación que determina la necesidad de modi fi car, con e fi cacia anticipada, la mencionada Resolución de Directorio a efectos de ampliar la correspondiente autorización de viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, sus normas modi fi catorias, así como lo previsto en el artículo 17 del Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y, estando a lo acordado por Directorio en su sesión del 11 de setiembre de 2025; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la modi fi cación, con e fi cacia anticipada, de la Resolución de Directorio N° 0043-2025-BCRP, ampliando la autorización de permanencia en el exterior del señor Paul Gonzalo Castillo Bardález, Gerente General, del 4 al 13 de setiembre de 2025, a Ciudad de México, México, y el pago de los gastos adicionales que irrogue dicho viaje. Artículo 2°.- Modi fi car el gasto autorizado para dicho viaje en el artículo 2 de la Resolución de Directorio N° 0043-2025-BCRP, adicionando lo siguiente: Pasajes US$ 601,24 Viáticos US$ 1500,00 -------------------TOTAL US$ 2101,24 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese. JULIO VELARDE Presidente 2440616-1INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de diploma de grado académico de Bachiller en Enfermería de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1245-2025-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 26 de agosto de 2025Visto, el expediente 59314-2025 de fecha 07.08.2025, seguido por doña FANNY ASTRID HINOSTROZA YUPANQUI, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN ENFERMERIA, por pérdida. CONSIDERANDO:De conformidad a los artículos 13º y 14º de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nº 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria - SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú, aprueba la “Directiva Nº 001-2018-SG-UNCP, Directiva Interna para adaptar las modi fi caciones al Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos - SUNEDU”; Que, doña FANNY ASTRID HINOSTROZA YUPANQUI, solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN ENFERMERIA, por perdida, el mismo que fue expedido por esta Universidad. Se encuentra asentado en el Tomo Nº 025-B, Fojas Nº 493, Registro Nº 1250 y fecha de expedición 09.09.1998, el cual obra en la Unidad de Grados y Títulos de Secretaría General. De conformidad al acuerdo de Consejo Universitario de fecha 26 de agosto de 2025. RESUELVE:1º ANULAR el DIPLOMA DE GRADO ACADEMICO DE BACHILLER EN ENFERMERIA, de doña FANNY ASTRID HINOSTROZA YUPANQUI, de fecha primigenio 09.09.1998, por motivo de perdida.