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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Domingo 21 de setiembre de 2025 El Peruano / a la realidad, capacitándose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones”; lo que constituiría falta muy grave contemplada en los numerales 1) y 8) del artículo 10° del Reglamento del Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa N.° 227-2009-CE-PJ, que establecen: “1. Aceptar de los litigantes o sus abogados o por cuenta de ellos donaciones, obsequios, atenciones, agasajos, sucesión testamentaria o cualquier tipo de bene fi cio a su favor o a favor de su cónyuge, concubino, ascendiente o descendente o hermanos hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo a fi nidad (…)”, y “8) Establecer relaciones extraprocesales con las partes o terceros, que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales”. 4.2. Puntualizando que mediante resolución número siete de fecha veintiséis de junio de dos mil veinticinco, de doscientos cincuenta cuatro a doscientos cincuenta y cinco, se declaró consentida la resolución número seis de fecha veinticuatro de abril de dos mil veinticinco, en el extremo que resolvió absolver al servidor judicial Manuel Mujica Guerra, en su actuación como asistente judicial de la Sala Civil Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Loreto, por el cargo atribuido en su contra, referido a establecer relaciones extraprocesales con las partes. Quinto. Argumentos de defensa del investigado.El servidor judicial Manuel Mujica Guerra en su escrito de descargo de fecha ocho de julio dedos mil veinticuatro, de fojas ciento veintidós a ciento veinticinco, señala lo siguiente: i) Es cierto que la quejosa Katerine Estefanía Ramírez Moura se ha contactado con el investigado a través de las redes sociales, en especí fi co Facebook, con el fi n de que apoyara en su demanda de régimen de visitas. La referida quejosa lo llamaba constantemente a su celular, señalando que quería entregarle la suma de doscientos cincuenta soles, como parte de sus servicios; a que lo que investigado le señaló que no está permitido el asesoramiento particular. Sin embargo, la quejosa fue a su domicilio; y, entregó el dinero a la madre del investigado, causándole sorpresa el actuar de la quejosa, no siendo como alega ésta, que le entregó el dinero en la puerta de calle Moore. ii) Asimismo, cuando el investigado llegó a su casa, su madre le comentó respecto de lo sucedido, que la quejosa dejó la suma de doscientos cincuenta soles, sin explicarle el motivo de la entrega del dinero; en ese momento, se comunicó con la quejosa, para indicarle que la iría a verle un amigo abogado para que viera su caso, entregándole la suma dinero antes mencionado quien a su vez se pondría en contacto con ella. iii) Durante las conversaciones de chats, se puede verifi car que, en ningún momento, realizó cobro indebido para su persona. iv) No mantuvo relaciones extraprocesales con las partes o terceros que afecten el normal desarrollo de los procesos judiciales, debido a que la quejosa no tiene ningún proceso de giro en el área donde labora, y peor aún, en ningún momento, ha manifestado apoyo en algún proceso judicial dentro de su jurisdicción, pues la quejosa recién deseaba iniciar un proceso de régimen de visitas y el investigado simplemente manifestó que un amigo abogado podía ayudar. Sexto. Fundamentos de la decisión.6.1. Sobre la determinación de responsabilidad funcional del investigado. 6.1.1. En presente caso, se imputa al servidor judicial investigado haber vulnerado sus deberes funcionales al solicitar y aceptar sumas de dinero a su favor, para efectos de realizar un escrito de demanda de régimen de visitas a favor de la quejosa Katerine Estefanía Ramírez Moura. De las capturas de pantalla del aplicativo WhatsApp, de fojas cuatro a veinticinco, se advierte lo siguiente:“Fecha 7 de diciembre de 2021 Quejosa: Sigo esperando respuesta me puede decir algo Investigado: Esta semana va a ver novedades buenas amiga Si te pondré al tanto Quejosa: Xfvr Le denuncie al padre de mi hija y me piden lo último k estuve haciendo con ustd Al menos él escrito necesitoSi no lo hciste igual dimeIgual mañana me acercare a mesa de parte me urge amigo Investigado: Si te enviare La demanda(…)”. “Fecha 15 de diciembre de 2021 Quejosa: Buenos días sr Mujica cómo es?? Sigo esperando Me dijiste 5 de la tarde Y ndaNecesito mi dineroStoi k te llamoNecesito para mañana mí dinero xfvrInvestigado: Imposible amiga, el pata se comprometio en devolver su dinero si por” “Fecha 20 de diciembre de 2021 Quejosa: Me canse de esperar k me llame Mñana x la mañana iré a su trabajo a recoger mí encargo Fecha 21 de diciembre de 2021 Investigado: A ver amiga, estoy de vacaciones y no estoy en Iquitos, si me puede pasar un número de cuenta para hacer la transferencia de su dinero y punto. (…)Quejosa: Hasta cuando sr Investigado: Este lunes sin falta te estare dando su dinero y punto. Quejosa: O k kieres k nos entendamos x otros medios ok así será Se equivocó de persona srYo el trato hize (sic) con usted a usted le entregué el dinero así k no me venga con disco rallado (sic). Investigado: Tranquila amiga Por que se molesta Acaso me estoy corriendoNoQuejosa: 39097616607004 celular Quedamos k usted me iba entregar el dinero yo no tngo xk atrás escribiéndole Investigado: Que banco es disculpe? Quejosa: Bcp En cuanto tiempo Stara el depositoInvestigado: Estoy de vacaciones, te hare la transferencia la transferencia interbancaria Quejosa: En cuanto tiempo señor Fecha 22 de diciembre de 2021 Investigado: Dígame señora Buenos díasQuejosa: Sal a darme la cara SrStoi acá en su trabajoInvestigado: Tranquila Nadie piensa eso Quejosa: Salga y aga me ver Investigado: Amiga Hoy en el transcurso de hoyEstara su dineroPacienciaQuejosa: Xk mi madre esta AKI Buscándolo Investigado: Amiga Quejosa: Yo el dinero le di en su mano