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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/09/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

55 NORMAS LEGALES Domingo 21 de setiembre de 2025 El Peruano / i) Tres (3) órdenes de captura de Guillermo Antonio Huamán Cruzado, Nelly Gladys Peña Poma y Adolfo Esteban Huacoto Paz. ii) Resolución del primero de agosto de dos mil veintidós, sentencia donde condenan a Nelly Gladys Peña Poma y Adolfo Esteban Huacoto Paz por siete años y Guillermo Antonio Huamán Cruzado por cinco años por la comisión de delitos monetarios. iii) Dicho usuario le envía el número de cuenta del BCP 191-01667229-0-68 a nombre de Arana Cotrina Edgar Enrique, a efectos que la persona de Huamán Cruzado le haga un depósito. iv) Se advierte comunicaciones entre Huamán Cruzado y presuntamente Arana Cotrina. 7. Respecto a las comunicaciones entre Huamán Cruzado y presuntamente Arana Cotrina, se tiene el audio del veintinueve de agosto de 2022, el cual se procedió a escuchar teniendo como resultado: “AHÍ ESTOY LLEGANDO AHÍ YA”, así como los mensajes de WhatsApp del mes de setiembre de 2022, en donde se aprecia la solicitud del bene fi cio patrimonial de parte de Arana Cotrina hacia Huamán Cruzado, señalando que con Adolfo Esteban Huacoto Paz ya coordinó el depósito. 8. Indica que se cuenta con audio del diecinueve de octubre de 2022, del que se desprende el siguiente contenido: “DOCTORCITO A LA FIRME TENGO UNOS PROBLEMAS GRANDES PE DOCTOR, YA PE MIRA A LA FIRME SI QUIERES MANDAR EL PAPEL MÁNDALO LA FIRME, TA QUE ESTOY AJUSTADO CON UN MONTÓN DE PLATA QUE LE DEBO A TODO EL MUNDO (…), SI USTED YA NO PUEDE O NO QUIERE NO SÉ YA, A LA FIRME MÁNDELO DOCTOR PORQUE PREFIERO IRME EN CANA DE UNA VEZ, QUIERO TERMINAR CON TODO Y NO LE PAGO A NADIE’ (página 12 del requerimiento). 9. En dichas circunstancias, se advierte que el investigado Arana Cotrina, en su condición de servidor público, conforme a las conversaciones presentadas, solicita directamente un bene fi cio económico (dinero) a la persona de Huamán Cruzado y Huacoto Paz, para omitir un acto en violación de sus obligaciones, en este caso, solicita dinero vía WhatsApp, desde el mes de agosto hasta diciembre de 2022, a fi n de omitir o retrasar la emisión y/o remisión de los o fi cios para que se registre la requisitoria de Huamán Cruzado y Huacoto Paz. 10. Además, se tiene que el usuario del teléfono móvil número 997-607-870 (que al parecer estaría siendo utilizado por el investigado Arana Cotrina) le envía vía WhatsApp al abonado 963-266-045 (incautado a Guillermo Antonio Huamán Cruzado) un mensaje precisando el nombre de “ARANA COTRINA EDGAR”, así como la cuenta del “Banco BCP 191-01667229-0-68”, “moneda soles”; de lo cual se desprende que, al parecer el dinero solicitado habría estado siendo depositado en dicha cuenta bancaria a favor del investigado Arana Cotrina. 11. De acuerdo a las conversaciones “pantallazos”, se constata que el investigado Arana Cotrina solicita dinero a Huamán Cruzado y Huacoto Paz; siendo estos últimos quienes al parecer habrían efectuado depósitos de dinero a favor del primero de los nombrados, así como el haber realizado entregas de dinero de manera directa, a fi n de que dicho servidor público omita actos propios de su cargo o empleo. 12. En ese sentido, se imputa a Arana Cotrina, la presunta comisión del delito contra la administración pública en la modalidad de cohecho pasivo propio, previsto en el segundo párrafo del artículo 393 del Código Penal, quien en su condición de auxiliar administrativo I (servidor público) del 38 Juzgado Penal Liquidador, habría solicitado directamente a Huamán Cruzado un bene fi cio económico para omitir un acto en violación de sus obligaciones, como lo es en este caso no remitir los ofi cios que disponen la orden de captura de i) Huamán Cruzado, ii) Huacoto Paz, y iii) Cruzado Juárez. 13. En el caso de Huamán Cruzado y Huacoto Paz, se cuenta con indicios de entrega de dinero de manera directa vía interbancaria, a favor de Arana Cotrina en una cuenta del Banco BCP cuyo número es “191-01667229- 0-68” en diversas oportunidades, desde el mes de agosto hasta el mes de diciembre de 2022.(…) 40. De esta forma se concluye que la línea 51- 997607870 vendría siendo usada por el investigado Arana Cotrina, quien viene laborando 38 Juzgado Penal Liquidador y estuvo solicitando dinero con la fi nalidad de omitir o retrasar la emisión y/o remisión de los o fi cios para que se registre las órdenes de ubicación y captura de Huamán Cruzado, Huacoto Paz y Peña Poma (…)”. 2.3. En el desarrollo de la investigación penal seguida en el Expediente judicial número cero cero ciento setenta y nueve guion dos mil veintitrés guion uno guion mil ochocientos veintiséis guion JR guion PE guion cero dos, contra el servidor judicial investigado Edgar Enrique Arana Cotrina se pudo establecer lo siguiente: a) Conforme al Acta de Registro Personal del veinticuatro de marzo de dos mil veintitrés, de fojas quinientos noventa y ocho vuelta, el servidor judicial hizo entrega de voluntaria de un celular marca “Alcatel”, color negro, modelo 503314, IMEI 35854106426252, del operador la empresa de telecomunicaciones Claro, con número de abonado 997607870, con lo que se veri fi có que se trata del mismo número telefónico con el cual Guillermo Antonio Huamán Cruzado mantuvo comunicación. b) El investigado Edgar Enrique Arana Cotrina en su ampliación de declaración testimonial, de fecha veintidós de junio de dos mil veintitrés, cuya acta obra de fojas setecientos veintiocho a setecientos treinta, manifestó lo siguiente: “3. Conforme a lo expresado en la respuesta a la pregunta anterior: ¿PUEDE PRECISAR QUÉ DEPÓSITOS LE HICIERON SUS COINVESTIGADOS DURANTE EL AÑO 2022 EN SU CUENTA DE AHORRO BCP? Dijo: El señor Cruzado Huamán Guillermo me depositó desde un agente sumas de dinero, en este caso el 17/02/2022 me depositó la suma de S/ 150.00 soles, también recuerdo que me depositó en mi cuenta el 08/04/2022 el monto de 100.00 soles, y uno o dos depósitos más que no recuerdo el monto ni las fechas, además que me dio dinero en efectivo, recuerdo que en el mes de Febrero de 2022, en Puente Nuevo el señor Huamán Cruzado me dio en efectivo la suma de S/. 150.00 soles más y entre el mes de junio y julio de 2022, en Hirahoka, cuando estaba junto a Huacoto el señor Huamán Cruzado me dio a la mano la suma de S/. 200.00 soles. De Adolfo Esteban Huacoto Paz recuerdo que me hizo una entrega de dinero en efectivo en el mes de marzo de 2022, por la suma de S/ 750.00 soles, eso fue en una de las galerías que está en el segundo piso de una juguería del Jr. Cuzco que esta al costado del IPNA en el centro de Lima, también recuerdo que cuando me encontré con Huacoto Paz y Huamán Cruzado en Hirahoka entre el mes de junio y julio de 2022, Huacoto me dio en efectivo las suma de S/ 200.00 soles; y vía agente BCP recuerdo que Huacoto Paz el 08/07/2022 me depositó la suma de S/ 200.00; recuerdo que Huacoto me hizo otros depósitos, pero no recuerdo los montos ni las fechas. (…)”:c) En el acta del Acuerdo complementario provisional de terminación anticipada del proceso, de fecha dieciocho de julio de dos mil veintitrés, de fojas seiscientos ochenta y seis vuelta a setecientos trece, se consignó lo siguiente: “5.2. Así se tiene que el imputado Edgar Enrique ARANA COTRINA al rendir su declaración indagatoria, la misma que obra de fojas 682 a 686 CF, en presencia de su abogado defensor, reconoció que, en su condición de servidor público solicitó dinero solicitó directa e indirectamente dinero (bene fi cio) para omitir un acto en violación de sus obligaciones; asimismo señala estar muy arrepentida de su accionar y solicita acogerse a una Terminación anticipada. (…)8.2. Hecho reconocido y admitido:8.2.1. El imputado Edgar Enrique ARANA COTRINA, identi fi cado con DNI 08651697, reconoce y admite que en su condición de servidor público, incurrió en el delito de cohecho pasivo propio previsto en el artículo 393 del Código Penal, segundo párrafo, al solicitar directamente